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Factor De Ajuste Y Resultado Fiscal


Enviado por   •  20 de Agosto de 2014  •  1.102 Palabras (5 Páginas)  •  389 Visitas

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FACTOR DE AJUSTE

Artículo 6. Cuando esta Ley prevenga el ajuste o la actualización de los valores de bienes o de operaciones, que por el transcurso del tiempo y con motivo de los cambios de precios en el país han variado, se estará a lo siguiente:

El factor de ajuste se utiliza únicamente para determinar el ajuste anual por inflación acumulable o deducible. Se le resta la unidad

El factor de actualización se utiliza para la actualización de la depreciación (Art. 31 LISR)

No se le resta la unidad.

TASA APLICABLE A LA LISR (personas morales)

Artículo 9. Las personas morales deberán calcular el impuesto sobre la renta, aplicando al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 30%.

Como se determina el RESULTADO FISCAL

Artículo 10. Las personas morales que distribuyan dividendos o utilidades deberán calcular y enterar el impuesto que corresponda a los mismos, aplicando la tasa establecida en el artículo 9 de la presente Ley. Para estos efectos, los dividendos o utilidades distribuidos se adicionarán con el impuesto sobre la renta que se deba pagar en los términos de este artículo. Para determinar el impuesto que se debe adicionar a los dividendos o utilidades, éstos se deberán multiplicar por el factor de 1.4286 y al resultado se le aplicará la tasa establecida en el citado artículo 9 de esta Ley. El impuesto correspondiente a las utilidades distribuidas a que se refiere el artículo 78 de la presente Ley, se calculará en los términos de dicho precepto.

Artículo que menciona el fundamento Y las deducciones autorizadas.

Artículo 25 de la LISR. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones:

INGRESO ACUMULABLE

Artículo 16. Las personas morales residentes en el país, incluida la asociación en participación, acumularán la totalidad de los ingresos en efectivo, en bienes, en servicio, en crédito o de cualquier otro tipo, que obtengan en el ejercicio, inclusive los provenientes de sus establecimientos en el extranjero. El ajuste anual por inflación acumulable es el ingreso que obtienen los contribuyentes por la disminución real de sus deudas.

Artículo que menciona el fundamento Y los gastos no deducibles.

Artículo 28 de la LISR. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:

Actualización de las pérdidas (Art. 57 y 109 de LISR)

Artículo 57. La pérdida fiscal se obtendrá de la diferencia entre los ingresos acumulables del ejercicio y las deducciones autorizadas por esta Ley, cuando el monto de estas últimas sea mayor que los ingresos.

Artículo 109. Los contribuyentes a que se refiere esta Sección, deberán calcular el impuesto del ejercicio a su cargo en los términos del artículo 152 de esta Ley.

Actualización de la Cuenta de la utilidad fiscal Neta (CUFIN)

Artículo 77. Las personas morales llevarán una cuenta de utilidad fiscal neta. Esta cuenta se adicionará con la utilidad fiscal neta de cada ejercicio,

Actualización de la Cuenta de capital de aportación (CUCA)

Artículo 78. Las personas morales residentes en México que reduzcan su capital determinarán la utilidad distribuida

Actualización de tarifas mensuales y anuales de impuestos

Artículo 152. Las personas físicas calcularán el impuesto del ejercicio sumando, a los ingresos obtenidos conforme a los Capítulos I, III, IV, V, VI, VIII y IX de este Título, después de efectuar las deducciones autorizadas en dichos Capítulos, la utilidad gravable determinada conforme a las Secciones I o II del Capítulo II de este Título, al resultado obtenido

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