Fuentes de las inversiones
Enviado por J MV • 4 de Septiembre de 2018 • Ensayo • 873 Palabras (4 Páginas) • 156 Visitas
FUENTES DE LAS OBLIGACIONES
Primero que nada, es pertinente explicar lo que es un ‘acto jurídico’ y ‘deber jurídico’, pues estos como consecuencia de derecho producen obligaciones.
Hecho jurídico es aquel acaecimiento que produce consecuencias de derecho, que pueden ser crear, conservar, modificar, transmitir o extinguir obligaciones y derechos, o situaciones jurídicas concretas, las cuales pueden realizarse con o sin la participación del hombre. Los realizados por el hombre pueden ser voluntarios, involuntarios o contra su voluntad.
Acto jurídico es la declaración de voluntad, hecha con el objeto de producir una o más de las consecuencias de derecho.
Ya habiendo definido estos dos conceptos, podemos decir que tanto un hecho como un acto jurídico, al igual que la ley son fuentes de las obligaciones.
Los actos jurídicos fuentes de obligaciones pueden ser de los particulares, en ejercicio de la autonomía de la voluntad que la ley reconoce a estos; y también pueden ser de las autoridades en ejercicio de las facultades que la ley les confiere.
El Código Civil del Estado Libre y Soberano de Puebla menciona puntualmente las fuentes de las obligaciones, las cuales son:
- Contrato (Art. 1436)
Es el acuerdo de dos o más personas para crear, conservar, transferir, modificar o extinguir obligaciones o derechos. Este puede tener ciertas características:
- Unilateral: Aquel en el que solo una de las partes se obliga.
- Bilateral: Cuando las partes se obligan recíprocamente.
- Oneroso: Aquel en el que se estipulan provechos y gravámenes recíprocos. Este puede ser:
- Conmutativo: Cuando las prestaciones que se deben a las partes son ciertas en cuanto a su existencia y cuantía.
- Aleatorio: Cuando una de las partes o todas ellas desconocen la existencia o cuantía de las prestaciones.
- Gratuito: Aquel en el que el provecho es de una sola de las partes.
- Consensuales: Los que se perfeccionan por el mero consentimiento de las partes, sin que la ley exija que se prueben por escrito.
- Formales: Aquellos que se perfeccionan por el mero consentimiento de las partes pero que si debe probarse mediante documento según determine la ley.
- Real: Cuando se dé el caso de que para su validez sea necesario la entrega de material o en dado caso, del objeto de las obligaciones.
- Tracto sucesivo: Su vigencia no se agota en un solo acto; ambas partes van cumpliendo la obligación a través de cierto tiempo.
- Instantáneo: Las prestaciones se realizan inmediatamente.
- Declaración unilateral de voluntad (Art. 1505)
A través de esta, las personas capaces pueden obligarse. Este puede ser:
- Acto dispositivo a título gratuito: Cuando una persona en vida transmite a otra bienes corpóreos o valores entregando los mismos sin esperar nada a cambio.
- Oferta para contratar hecha a una persona indeterminada: Deben determinarse las obligaciones que se pretendan contraer o el contrato que se propone, sus elementos esenciales y el objeto de los mismos.
- Promesa abstracta de deuda: El promitente puede reconocer una obligación preexistente.
- Promesa de recompensa: El que por anuncios u ofrecimientos hechos al público, se comprometa a alguna prestación en favor de quien realice determinada obra, contrae la obligación de cumplir con lo prometido.
- Enriquecimiento sin causa (Art. 1538)
También conocido como enriquecimiento ilegal, es el que sin causa se enriquece en detrimento de otro, estando obligado a indemnizarlo de su empobrecimiento. Para tal efecto, existen enriquecimiento y empobrecimiento, cuando: se opere el aumento de un patrimonio en detrimento de otro, sin que haya una fuente jurídica de obligaciones o derechos a través de los cuales pueda fundarse dicho aumento; cuando sin fuente o causa legitima un deudor se libere de una obligación; y cuando una persona deje de percibir sin causa aquello a lo que legalmente tenía derecho.
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