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Fundamentos De Bienestar Social


Enviado por   •  11 de Abril de 2014  •  3.304 Palabras (14 Páginas)  •  442 Visitas

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FUNDAMENTOS DEL BIENESTAR SOCIAL

EVOLUCIÓN DE LA ACCIÓN SOCIAL PÚBLICA EN ESPAÑA

La acción social se entiende como todo el esfuerzo consciente, organizado y dirigido, individual o colectivo, que de modo expreso tiene por finalidad actuar sobre el medio social, para mantener una situación, mejorarla o transformarla. Existen múltiples modalidades que se han sucedido para hacer frente a las necesidades, la aparición de una nueva modalidad no significa la eliminación de las otras. Todas las modalidades están bajo el termino acción social. La generalidad de este termino, provoca un desaconsejamiento de su uso. Y se superpone por asistencia social.

LA CARIDAD

Es hoy día una forma residual de acción social, pero durante la edad media fue el 1º medio de actuación ante las necesidades de las personas. Teniendo una raíz religiosa. La conducta humanitaria se convertirá con el tiempo en obligatoria, como requisito para alcanzar la salvación.

Durante la edad media el concepto de asistencia social se desconocía, predominaba la beneficencia privada. La caridad era practicada por los mejores, pero con carácter individual. Por tanto la caridad es un comportamiento de raíz religiosa impulsado por el cristianismo que hizo de la caridad, su principal virtud.

La caridad tiene como modalidad la limosna.

Sin embargo, junto a la iglesia, existían actuaciones de diversos agentes sociales y económicos.

Según Casado y Guillen, señala que junto a la caridad por parte de las instituciones eclesiásticas, destaca la acción de los grupos primarios como la familia y la comunidad vecinal. La caridad aparece como una serie de actuaciones cuyos beneficiarios no son los sujetos en tanto miembros de una familia, una vecindad, un gremio, sino aquellos sujetos, q en una época de crisis social se ven sometidos a profundas fracturas.

Siendo la caridad una acción sobre pobres sin atender a la capacidad de auto-mantenerse, se distingue entre los que eran incapaces de mantenerse y los que podían valerse por sin mismos.

BENEFICENCIA PÚBLICA

El aumento de las necesidades, el influyo de protestantismos para q el estado asumiera tareas asistenciales, la secularización y la influencia del movimiento racionalizado fueron incrementando la intervención del estado.

La beneficencia pública, es la organización y actividad q se concreta en la realización de prestaciones graciables, de mera subsistencia. No comporta derechos, depende de la voluntad del agente público.

La beneficencia fue tomando protagonismo a lo largo del siglo XIX. Aparece recogido en la constitución de 1812. Art. 321( se establece competencias propias de los ayuntamientos entre los q se recogen los de cuidar de los hospitales, hospicios, casas de expósito y demás establecimientos de beneficencia.

La beneficencia se caracteriza por los siguientes caracteres (según Beltrán Aguirre):

•Progresiva estabilización, recayendo la responsabilidad sobre las corporaciones locales.

•El individuo es autosuficiente( propio del pensamiento liberal)

•Perdida del carácter graciable, aunque no de la gratuidad

•Los sujetos pasivos se encuadran en los pobres verdaderos, aquellos cuya situación de indigencia es voluntaria.

•Objetivo: cubrir prestaciones sanitarias y socio asistenciales.

•Posee organización administrativa.

ASISTENCIA SOCIAL

Surge por el aumento de necesidades y el aumento de demandas dirigidas al estado intervencionista. Se centra no solo en los pobres, aisladamente considerados, sino en la necesidad, fundamentándose en la justicia.

Uno de sus rasgos primordiales es la asunción por parte de los deberes públicos, de la responsabilidad sobre la satisfacción de las necesidades de los ciudadanos, reconociendo el origen de los mismos en el sistema económico y social.

Rubio Nombepa, lo describe como la actividad de carácter público, financiado con ingresos públicos , basada en principios de solidaridad que se realiza a favor de necesidades básicas.

Martín Mateo, lo describe como el conjunto de actividades administrativas encaminadas a auxiliar , con cargos a fondos generales del estado, a aquellas personas que no se encuentran en condiciones económicas y atender por si mismos, necesidades básicas.

Características según M.Mateo:

•Atención a necesidades básicas

•Insuficiencia de recursos en los asistidos

•Residualidad y complementariedad

•Gratuidad de las prestaciones

•Voluntariedad en el acceso a sus prestaciones

Con respecto a la cuestión de que si la asistencia social comporta o no exigencias jurídicas. Alonso les recuerda la asistencia de una línea de jurisprudencia del tribunal supremo que reconoce el derecho a demandar determinadas prestaciones. Por consiguiente con la consolidación de la asistencia social y al extenderse las peticiones se ve articulado.

También un cierto derecho a obtenerlos. Dichas prestaciones son individuales, cubren necesidades de personas sin recursos.

La actuación en la asistencia social va dirigida a las que se encuentran en situación económica débil. Una vez acreditado la necesidad se concede las prestaciones.

Las referencias en el ámbito normativo y jurisdiccional, han sido escasas, pero contamos con demarcación internacional y en el marco de la CE.

En el ámbito internacional la carta social europea ratificada por el estado español, el 19 de abril de 1980, en la q, en los artículos 13 y 14 se ofrece los límites de la asistencia social.

Art.13:

Derecho a la asistencia social y médica, para garantizar el ejercicio efectivo de este derecho, las partes contratantes se comprometen:

•A velar por toda persona que no tenga recursos suficientes y no pueda conseguirlo por sus propios medios o recibirlos de otras fuentes, puede obtener asistencia adecuada y en caso de enfermedad, los ciudadanos que exija su estado.

•A velar por las personas que se beneficien de tal asistencia, no sufran disminución alguna de sus derechos políticos y sociales

•A disponer lo preciso para que todas las personas puedan obtener los servicios adecuados, públicos o privados, el asesoramiento y ayuda personal necesaria para prevenir, eliminar o aliviar el estado de necesidad.

• El tribunal constitucional( sentencia 9 de junio

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