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Fundamentos Teoricos De La Republica Bolivariana De Venezuela


Enviado por   •  30 de Octubre de 2014  •  5.157 Palabras (21 Páginas)  •  458 Visitas

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ofundamentos teoricos de la republica bolivariana de venezuelaUTOR: ECONOMISTA RAFAEL E. FEBLES FAJARDO

CEDULA DE IDENTIDAD N° 2.941.028

CORREO ELECTRONICO: rafael_febles@cantv.net

rafaelfeblesf@hotmail.com

rafaelfebles@yahoo.com

INDICE

I.- MANDATO CONSTITUCIONAL

II.- ESTADO DE CONCIENCIA

III.- LA NUEVA ECONOMIA

IV.- CENTRO DE DIFUSION Y PROMOCION

V.- PODER DEL PUEBLO

VI.- CONSOLIDACION DEL PROCESO REVOLUCIONARIO

BOLIVARIANO NACIONAL

VI.- CONCIENCIA Y PODER

VII.- LA ECONOMIA AL SERVICIO DE LA

TRANSFORMACION POLITICO-SOCIAL

VII.- RELACION ENTRE LA CONCIENCIA

REVOLUCIONARIA Y LA NUEVA ECONOMIA

Relación entre la Conciencia Revolucionaria

y la Nueva Economía

INTRODUCCION

Para hablar, escribir, analizar, criticar, exponer ideas, utilizar la creatividad en cuanto a lo que está pasando en Venezuela en el cognomento político, económico y social; creemos necesario ubicarnos en el mandato constitucional, en el texto amplio y definitorio del contenido expresado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y las leyes que amparan la lucha ideológica y el marco de dirección de la política económica en general. En nuestro concepto, los lineamientos de discusión giran alrededor de una filosofía de vida, del comportamiento ético en la sociedad, de búsqueda del mejoramiento social, de la incorporación de los ciudadanos a la solución de sus propios problemas, de la definición de política económica enmarcada en el plano social y de mercado, en función de incorporar a los sectores excluidos al devenir económico y por ende a la movilidad económica. La apertura constitucional a la participación social se erige en el paradigma realizable y concreto que abre nuevos sentimientos de esperanza, mejor forma de vida y la oportunidad histórica de participación social y política, que a su vez, abre los espacios para elevar la conciencia de país, de existencia social autogestionaria, de conciencia revolucionaria e ideológica. En cuanto a lo económico la democratización social y política, se erige no solo para las oportunidades de negocios de gran magnitud a través de inversiones nacionales y extranjeras, sino la creación y consolidación del espectro de participación y el otorgamiento de tierras para el trabajo productivo, la propiedad bajo titularización de las posesiones urbanas, la realidad de la participación social colectiva a través de cooperativas, asociaciones civiles u otra forma de organización para la producción, garantizándose la democratización crediticia en el otorgamiento, en fin, el otorgamiento de poder a quienes nunca lo tuvieron y menos disfrutaron.

En referencia al texto constitucional, nos permitimos, lo que creemos debe orientar la expresión llana y sencilla de cualquier opinión que gire o considere la conciencia revolucionaria en el marco de una economía social y de mercado, sui géneris, propia y si se quiere de nuevo cuño, que es objeto de estudio en muchos lugares académicos y de análisis permanente en centros económicos, una economía que tome en primer lugar, el derecho inalienable de los pobres sociales-económicos y le ofrezca conjuntamente con el acceso a una educación para el país y no para el individuo exclusivamente, posibilidades reales y tangibles de ascenso social, una economía que explore las necesidades universales y ofrezca luego la oportunidad individual de inserción en los planes estratégicos de mediano y largo plazo. He allí, entonces, que la Constitución del 99, nos ofrece una plataforma referencial extraordinaria para evaluar, analizar e implementar la necesaria conciencia revolucionaria en el marco de una economía propia, quizás mas allá de la denominada Tercera Vía o cualquier otra conceptualización de las que se maneja en la actualidad, con características endógenas y de carácter reivindicativa, solidaria y sin exclusiones. Características específicas de desarrollo endógeno como alternativa de diversificación de otras áreas potenciales que han estado allí y no han sido reivindicadas en un plan general que asuma el corto, mediano y largo plazo en un proyecto de país.

I.- MANDATO CONSTITUCIONAL

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en sus principios fundamentales define la organización jurídico-política que adopta la nación venezolana como un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia. De acuerdo con esto, el Estado propugna el bienestar de los venezolanos, creando las condiciones necesarias para su desarrollo social y espiritual, y procurando la igualdad de oportunidades para que todos los ciudadanos puedan desarrollar libremente su personalidad, dirigir su destino, disfrutar los derechos humanos y buscar su felicidad.

Los principios de la solidaridad social y del bien común conducen al establecimiento de ese Estado social, sometido al imperio de la Constitución y de la ley, convirtiéndolo entonces en un Estado de Derecho. Estado social de Derecho que se nutre de la voluntad de los ciudadanos, expresada libremente por los medios de participación política y social para conformar el Estado democrático. Estado social y democrático de Derecho comprometido en el progreso integral que los venezolanos aspiran con el desarrollo humano que permita una calidad de vida digna, aspectos que configuran el concepto de Estado de Justicia.

Se corresponde esta definición con una de las principales motivaciones expresadas en el preámbulo de la Constitución, es decir, el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad verdaderamente democrática. Ya no solo es el Estado el que debe ser democrático, sino también la sociedad. Siendo democrática la sociedad, todos los elementos que la integran deben estar signados por los principios democráticos y someterse a ellos.

Se incorporan al texto constitucional, valores superiores del ordenamiento jurídico del Estado y de su actuación, la vida, la libertad, la Justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad individual y social, la preeminencia de los derechos humanos, la ética pública y el pluralismo político.

En cuanto a la estructura del Estado venezolano, el diseño constitucional consagra su Estado Federal que se define como descentralizado y se regirá por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad que son características de un modelo federal corporativo.

En cuanto al territorio, se adoptó cambios importantes en la definición

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