GUIA 6 SENA CONTABILIDAD Y FINANZAS
Enviado por CRIDPOSP • 24 de Noviembre de 2013 • 9.598 Palabras (39 Páginas) • 5.014 Visitas
Solución Guía N° 8
1.1 Elabore un cuadro sinóptico sobre las normas técnicas relativas a los DEUDORES. Para desarrollar esta actividad, consulte el TITULO II CAPÍTULO II - SECCIÓN I - Artículo 62, del Decreto 2649 de 1993.
Antes de conocer las normas técnicas específicas, se debe tener en cuenta que son las normas técnicas generales y como se clasifican dichas normas así:
• Normas técnicas generales:
Son aquellas normas técnicas que regulan el ciclo contable, el ciclo contable es el proceso que debe sugerirse para garantizar que todos los hechos económicos se reconocen y se transmiten correctamente a los usuarios de la información.
Para las normas técnicas generales se debe tener en cuenta:
• Artículo 47. Reconocimiento de los hechos económicos.
• Artículo 48. Contabilidad de causación o por acumulación.
• Artículo 49. Mediación al valor histórico.
• Artículo 50. Moneda funcional.
• Artículo 51. Ajuste de la unidad de medida.
• Artículo 52. Provisiones y contingencias.
• Artículo 53. Clasificación
• Artículo 54. Asignación.
• Artículo 55. Diferidos.
• Artículo 56. Asientos.
• Artículo 57. Verificación de las afirmaciones.
• Artículo 58. Ajustes.
• Artículo 59. Tratamiento de informaciones conocidas después de la fecha de cierre.
• Artículo 60. Cierre contable.
Nomás técnicas específicas sobre los activos:
ARTICULO 62. CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR. Las cuentas y documentos por cobrar representan derechos a reclamar efectivo u otros bienes y servicios, como consecuencia de préstamos y otras operaciones a crédito.
Las cuentas y documentos por cobrar a clientes, empleados vinculados económicos, propietarios, directores, las relativas a impuestos, las originadas en transacciones efectuadas fuera del curso ordinario del negocio y otros conceptos importantes, se deben registrar por separado.
Al menos al cierre del período, debe evaluarse técnicamente su recuperabilidad y reconocer las contingencias de pérdida de su valor.
Teniendo en cuenta la naturaleza de la partida y la actividad del ente económico, normas especiales pueden autorizar o exigir que estos activos se reconozcan o valúen a su valor presente.
Sin perjuicio de lo dispuesto por normas especiales, para la preparación de estados financieros de períodos intermedios es admisible el reconocimiento de las contingencias de pérdida con base en estimaciones estadísticas.
1.2 Identifique el grupo 13 del PUC y en la siguiente matriz, relacione las cuentas mayores (4 dígitos) de los mismos. Para realizar esta actividad, consulte el Decreto 2650 de 1993 y ubique en el CAPÍTULO II Artículo 14, el grupo 13 Deudores.
Código Cuenta Denominación
1305 Clientes
1310 Cuentas corrientes comerciales
1315 Cuentas por cobrar a casa matriz
1320 Cuentas por cobrar a vinculados económicos
1323 Cuentas por cobrar a directores
1325 Cuentas por cobrar a socios y accionistas
1328 Aportes por cobrar
1330 Anticipos y avances
1332 Cuentas de operación conjunta
1335 Depósitos
1340 Promesas de compraventa
1345 Ingresos por cobrar
1350 Retención sobre contratos
1355 Anticipo de impuestos y contribuciones o saldos a favor
1360 Reclamaciones
1365 Cuentas por cobrar a trabajadores
1370 Préstamos a particulares
1380 Deudores varios
1385 Derechos de recompra de cartera negociada
1390 Deudas de difícil cobro
1399 Provisiones
1.2 Elabore un diagrama que muestre las descripciones y dinámicas de las cuentas mayores de deudores. Para hacer esta actividad, consulte el CAPÍTULO III Descripciones y Dinámicas Artículo 15 GRUPO 13 DEUDORES del Decreto 2650 de 1993.
CLASE GRUPO CUENTA
1. ACTIVO 13 DEUDORES
D E S C R I P C I O N
Comprende el valor de las deudas a cargo de terceros y a favor del ente económico, incluidas las comerciales y no comerciales.
En este grupo también se incluye el valor de la provisión pertinente, de naturaleza crédito, constituida para cubrir las contingencias de pérdida la cual debe ser justificada, cuantificable y verificable.
CLASE GRUPO CUENTA
1. ACTIVO 13 DEUDORES 1305 CLIENTES
D E S C R I P C I O N
Registra los valores a favor del ente económico y a cargo de clientes nacionales y/o extranjeros de cualquier naturaleza, por concepto de ventas de mercancías, productos terminados, servicios y contratos realizados en desarrollo del objeto social principal así como la financiación de los mismos.
Los valores representados en moneda extranjera se deberán ajustar a la tasa de cambio representativa del mercado.
Debe presentarse por separado cada uno de los rubros que conforman la subcuenta 130515 Deudores del sistema en: Cuota Neta, Administración y Fondo de Reserva, por grupo.
D I N A M I C A
DEBITOS CREDITOS
a. Por el valor de los productos, mercancías o servicios vendidos a crédito. a. Por el valor de los pagos efectuados por los clientes.
b. Por las notas débito por cheques devueltos por los bancos b. Por el valor de las devoluciones de productos, mercancías o servicios no aceptados.
c. Por el ajuste por diferencia en cambio que resulte al cierre del período de la cartera expresada en moneda extranjera. c. Por el valor de los descuentos o bonificaciones por cualquier concepto.
d. Por el valor adjudicado y recibido por el suscriptor favorecido de acuerdo con el plan previsto en el contrato, ya sea por sorteo o por oferta. d. Por los traslados a cuentas de difícil cobro.
e. Por el reajuste de las cuotas netas adeudadas por el suscriptor favorecido, en la misma proporción en que varíe el precio del bien o servicio objeto del contrato. El reajuste no opera para aquellas cuotas en mora. e. Por el valor de las Notas Crédito que origine el ente económico a favor de sus clientes.
f. Por el valor de la causación periódica y sistemática de las cuotas de administración en mora no recaudadas. f. Por el ajuste por diferencia en cambio que resulte al cierre del período de la cartera expresada en moneda extranjera.
g. Por la cesión de derechos de acuerdo con las normas establecidas. g. Por el saldo a favor que tenga el suscriptor favorecido en la cuenta Acreedores del Sistema, al momento de hacerse la entrega del bien
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