GUIA DE EXAMEN RECURSOS NSJP
Enviado por BRENDITA_J • 10 de Febrero de 2014 • 807 Palabras (4 Páginas) • 322 Visitas
1.- ¿Que son los medios de impugnación?
R. Es el acto de combatir, contradecir o refutar una actuación judicial; Todos los recursos que se interponen contra las resoluciones judiciales constituyen actos impugnación procesal.
2.- ¿Cuál es el concepto de agravio y motivo?
R.- Agravio: Es la causación de un perjuicio derivado de la inaplicación de la ley. Motivo: Es la indicación precisa de la norma violada, el reproche de los defectos que afectaron la pretensión del recurrente, el perjuicio que causa y la pretensión.
3.- ¿Cuáles son los recursos que reconoce la legislación procesal penal de Michoacán?
R. Revocación, apelación, casación y revisión.
4.- ¿Cuál es el concepto del recurso de revisión?
R. Es aquel que tiene por objeto impugnar una resolución, a fin de obtener que sea reformada o substituida por el mismo juez que la dictó retrotrayendo la causa al estado anterior a su dictado.
5.- ¿Cuál es la procedencia y trámite del recurso de revocación con su fundamento?
R. Procedencia: El recurso de revocación procederá solamente contra las resoluciones que decidan sin sustanciación un trámite del proceso, a fin de que el mismo juzgador o tribunal que los dictó examine nuevamente la cuestión y dicte la resolución que corresponda. (Artículo 359). Tramite: El recurso se deberá promover de manera inmediata, tan pronto se dicte la resolución, se escuchará a las partes y de la misma manera se resolverá. Tratándose de resoluciones dictadas fuera de audiencia el recurso se interpondrá por escrito, dentro de los tres días siguientes a la notificación. El juez resolverá de plano, o bien, citará a las partes a audiencia dependiendo del asunto. (Artículo 360).
6.- ¿En qué consiste la reserva del recurso de revocación y cuál es su fundamento?
R. En dejar constancia para recurrir en apelación o casación. (Artículo 362).
7.- ¿Cuál es el recurso innominado, su procedencia, trámite y fundamento?
R. consiste en la revisión judicial por decisiones del ministerio público. Procedencia: Contra omisiones y determinaciones del Ministerio Público sobre abstención de investigación (articulo 179) y no ejercicio de la acción penal (artículo 180). Por actos y omisiones reclamables del ministerio público. Por el rechazo definitivo de las diligencias de investigación solicitadas por la víctima u ofendido tendientes a esclarecer los hechos. Por la decisión ministerial en la que se decrete la reserva de la investigación preliminar (artículo 165). Por la aplicación de un criterio de oportunidad. Por la solicitud de sobreseimiento, artículo 256, revisión por el Procurador y oportunidad de presentarse acusador particular. Tramite: Se presenta el escrito ante el Juez de Control con agravios, el Juez cita a una audiencia a las partes; El juez calificará la admisión, tomando en cuenta: si contiene
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