¿Garantías personales o reales?
Enviado por yitzari • 21 de Marzo de 2013 • 507 Palabras (3 Páginas) • 527 Visitas
¿Garantías personales o reales?
Seleccionar entre estas dos opciones es una decisión importante, sobretodo pensando en una posterior venta del inmueble. Muchas personas que entregaron su vivienda como aval para respaldar una hipoteca propia o de un familiar se preguntan luego si pueden o no comercializar libremente su patrimonio.
Es indudable que la figura del avalista ganó mayor trascendencia en los últimos años, teniendo en cuenta el boom inmobiliario registrado hasta hace unos meses. En ese marco, la mayoría de las ventas se concretaron a través de hipotecas, muchas de las cuales a su vez requirieron de un aval para concretarse. Personas jóvenes, algunas clases de autónomos, trabajadores con salarios bajos y otros casos fueron paradigmáticos al respecto.
Sin embargo, aquellos propietarios que firmaron como avalistas se preguntan posteriormente si pueden vender o no su propiedad. Es así que muchas personas piensan todo lo contrario, que probablemente no puedan acceder a la venta ni disponer con total libertad de su patrimonio personal o familiar.
Las diferencias
Ante esto, es vital conocer algunas características de las garantías personales y reales. En el caso de los primeros, el avalista responde con todo su patrimonio presente y futuro de la deuda contraída por el titular de la hipoteca. En otras palabras, garantiza de forma personal que el prestatario se hará cargo de las cuotas de la hipoteca. Sin embargo, no deja en garantía un bien concreto.
Si el titular de la hipoteca incumple, la entidad podrá reclamar sobre el patrimonio del garante o avalista. Sin embargo, como no existe un bien específico que haya servido como garantía de pago, el fiador es libre de vender su patrimonio y, en consecuencia, hacer con él lo que estime más conveniente. Seguirá manteniendo una deuda personal, pero no tendrá inconvenientes en cuanto a poder disponer de su patrimonio.
Por otro lado, si se avala una hipoteca con una vivienda en concreto, la misma incluye cargas que dificultan en gran manera su venta. Aunque tiene la ventaja de no responder con todos sus bienes sino en concreto con uno, el avalista ve más comprometida su posibilidad de venta.
Las salidas
En esta situación, una posibilidad es que el inmueble utilizado para asegurar el pago de la hipoteca sea propiedad del prestatario, o sea una persona que toma una hipoteca para adquirir su segunda vivienda, algo muy similar a la llamada hipoteca puente. Otra opción es que el avalista utilice su vivienda para asegurar el pago de las cuotas de un tercero. Este caso se denomina del hipotecante no deudor.
Se trata de una persona que, sin ser titular del crédito, pone como garantía su propio inmueble para que al solicitante se le otorgue la hipoteca. Si el prestatario no paga, el hipotecante no deudor responderá con su vivienda hasta el límite que se establezca en el acuerdo.
La ventaja aquí
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