Gilmar Emmanuel Muñoz Torres
Enviado por z400 • 12 de Abril de 2013 • Informe • 537 Palabras (3 Páginas) • 265 Visitas
Gilmar Emmanuel Muñoz Torres
El Amparo
La Amparo, como medio de control de la constitucionalidad dentro de nuestro sistema jurídico, representa el más efectivo medio de defensa del ciudadano en contra de las posibles arbitrariedades que pudiera sufrir en manos de una autoridad, de la misma forma, se convierte en el máximo freno para el accionar de las autoridades en relación con el ciudadano.
Siendo el Amparo de tan enorme importancia para nuestro sistema legal, resulta vital contar con una serie de lineamientos que lo rijan, que restrinjan su función, y que a la vez le den la prontitud que requiere un proceso legal de esta naturaleza para que sea realmente efectivo.
El amparo es el recurso esencial para proteger los derechos del ciudadano y defenderlo contra los actos del poder público. El amparo es el recurso esencial para proteger los derechos del ciudadano y defenderlo contra los actos del poder público.
El amparo tiene su partida de nacimiento en México. En lo jurídico y político influye la organización de Estados Unidos.
También fue factor concurrente la difusión del individualismo difundido por la Revolución Francesa y el advenimiento de catálogos de derechos, como el que precede la Constitución de Virginia en Norteamérica, sancionada el 12 de junio de 1776 y, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano el 26 de agosto de 1789 en Francia.
En México, existen 2 tipos de Juicio de Amparo, el Directo y el Indirecto, de forma sencilla el directo es contra resoluciones definitivas por ejemplo sentencias, y el indirecto es contra resoluciones no definitivas, como por ejemplo ordenes de aprehensión, etc... Constitución de 1857 se decreta la nueva constitución de carácter federal, liberal, liberal, individualista y democrática.
En el periodo de gobierno de Valentín Gómez Farías, quien reorganizo la estructura territorial compuesta de 23 estados libres y soberanos en su régimen y unidos además de reconocer sus garantías y demás.
Leyes vigentes de la constitución de 1857.
La Ley Juárez, de 1855, que suprimía los fueros del clero y del ejército y declaraba a todos los ciudadanos iguales ante la ley. Esta ley fue promulgada por Benito Juárez.
La Ley Lerdo, de 1856, obligaba a las corporaciones civiles y eclesiásticas a vender casas y terrenos y fue creada por Miguel Lerdo de Tejada.
La Ley Iglesias, de 1857, prohibió el cobreo de derechos y obvenciones parroquiales –el diezmo-, y fue promulgada por José María Iglesias.
La Ley de la nacionalización de los bienes eclesiásticos: Esta ley complementa la ley de Lerdo con un cambio importante: los bienes ya no pasaban a manos de los rentistas (1859).
La Ley del matrimonio civil: Establece que el matrimonio religioso no tiene validez oficial y establece el matrimonio como un contrato
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