Guia Estados Financieros Parte B
Enviado por sandrasuarez94 • 3 de Mayo de 2015 • 1.404 Palabras (6 Páginas) • 1.074 Visitas
3.3 Actividades de contextualización e identificación de conocimientos necesarios para el aprendizaje.)
3.3.1 Reúnase con su GAES y socialicen el trabajo realizado, en el punto anterior, comparen la información obtenida y construyan de manera colaborativa una presentación que contenga la información del grupo.
CATEGORIAS DEL BPO
ACTIVIDAD DEL BPO
ADMINISTRACIÓN DE RELACIONES CON EL CLIENTE VENTAS
MERCADEO
CALL CENTER
ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS
EMPRESARIALES FINANZAS
LOGISTICA
PROVEEDORES
ARCHIVO FINANCIAMIENTO
ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS
HUMANOS NOMINA
ENTRANAMIENTO
Perfiles Ocupacionales Detectados
En el sector BPO se han identificado las siguientes ocupaciones de alta demanda:
• Supervisores, Empleados de Información
• Auxiliares de Información y Servicio al Cliente
• Técnicos de Sistemas
• Vendedores de Ventas Técnicas
• Vendedores de Ventas no Técnicas
• Mercaderistas
• Impulsadores
Las personas que pueden ocupar algunas de estas ocupaciones, son vistas por los empresarios desde una perspectiva que apuntan principalmente al buen funcionamiento de la empresa y requieren las siguientes competencias:
• Ingles 100%
• Digitación
• Redacción
• Ortografía
• Ofimática
• Servicio al cliente
3.4.1 Consulte la NIC 1 en lo referente al el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, y Revelaciones.
Elabore un mapa conceptual que contenga: Objetivo; el Alcance, relación de transacciones que afectan el Patrimonio; información clave que se debe conocer para su elaboración; modelo de presentación.
3.4.2 Consulte la NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores. Elabore un cuadro sinóptico que contenga: Objetivo, Alcance, selección y aplicación de Políticas Contables, Cambios en las Políticas Contables, Información a revelar por Cambios en las Políticas Contables, concepto y tratamiento Contable, Información a revelar por cambios en las Estimaciones Contables, Errores, concepto y tratamientos Contable, Información a revelar sobre errores de periodos anteriores.
Prescribir los criterios para modificar las politicas contables y la informacion a revelar, de los cambios en las estimaciones contables. Esta norma trata de resalta la fiabilidad de los estados financieros en una entidad han sido establecidos en la NIC 1.
Esta norma se aplica en la aplicación de políticas contables, así como en la contabilización, estimación y errores contables.
Así como de los ajustes retroactivos efectuados al realizar cambios en las políticas contables, se contabilizará de acuerdo con la NIC 12.
En las NIIF se establecen políticas contables sobre las que el IASB ha llegado a la conclusión de que dan lugar a estados financieros que contienen información relevante y fiable sobre las transacciones, otros eventos y condiciones a las que son aplicables. Las Guías de Implementación de la Normas emitidas por el IASB no forman parte de dichas Normas y, por tanto, no contienen requerimientos para la elaboración de los estados financieros.
La entidad cambiara la política contable si es requerido por una norma o lleva a que los estados financieros sean más fiables y relevantes sobre relevantes sobre los efectos de las transacciones.
Los usuarios necesitan ser capaces de comparar los estados financieros de una entidad a largo del tiempo a fin de identificar tendencias, rendimientos y flujos de efectivo, En consecuencia, se aplicarán las mismas políticas contables dentro de cada ejercicio, así como de un ejercicio a otro.
La entidad revelara: Titulo de la norma, naturaleza del cambio de política contable, descripción, el importe del ajuste relativo a ejercicios anteriores presentados. En los estados financieros de los ejercicios posteriores no será necesario repetir tales revelaciones, cuando un cambio voluntario en una política contable tenga efecto en el ejercicio corriente o en algún ejercicio anterior, la empresa revelara: la naturaleza, las razones por la cual debe aplicar la nueva política, el importe del ajuste relativo a ejercicios anteriores presentados, hasta el extremo en que sea practicable; y si la aplicación retroactiva fuera impracticable para un ejercicio anterior en particular, o para ejercicios anteriores presentados, las circunstancias que conducen a esa situación, junto con una descripción de cómo y desde
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