HONORABLES MAGISTRADOS DE LA SALA TERCERA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL RAMO PENAL, NARCOACTIVIDAD Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE, DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA....
Enviado por carmen1214 • 29 de Marzo de 2016 • Ensayo • 502 Palabras (3 Páginas) • 232 Visitas
Apelación 01001-97764554 M0001-2014-123
HONORABLES MAGISTRADOS DE LA SALA TERCERA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL RAMO PENAL, NARCOACTIVIDAD Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE, DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA....
DEL SOLICITANTE:
El ministerio público, en ejercicio de las facultades que otorga la ley, representado por CARMELITA CHUTA APEN, Agente fiscal de la fiscalía de sección contra la corrupción, calidad que se acredita con el documento que se adjunta al presente memorial.
Del lugar para recibir notificaciones:
La sede de la agencia veinte de la fiscalía contra la corrupción, ubicada en la octava avenida y cuarta calle zona 3 decimo nivel, de esta ciudad.
DEL OBJETO DE LA COMPARECENCIA:
Respetuosamente comparecemos a presentar una ACTIVIDAD PROCESAL DEFECTUOSA, de conformidad con la siguiente:
Relación de hechos.
- ANTECEDENTES:
En memorial de fecha 10 de junio del presente año dos mil catorce, firmado por el licenciada Danna Alejandra Rosales Apen, el ministerio público presento RECURSO DE REPOSICION, en contra de la resolución de fecha 1 de enero del dos mil catorce, demanda de la honorable sala a quien me dirijo.
- El día de hoy doce de junio del año dos mil catorce, esta agencia fiscal fue notificadda a las once horas con tres minutos, de la resolución de fecha diez de junio de dos mil catorce, en la que los honorables Magistrados resolvieron el RECURSO DE REPOSICION planteado, sin embargo en la parte resolutiva inciso I) de dicha resolución, consignaron lo siguiente: “sin lugar el recurso de apelación interpuesto” ; (la negrilla, las comillas y el subrayado es nuestro)…
- PROCEDENCIA DEM LA ACTIVIDAD PROCESAL DEFECTUOSA: En virtud que esta institución presento RECURSO DE REPOSICION, y no RECURSO DE APELACION, es evidente el error qu debe ser rectificado.
- CONCLUSION: Queda claro entonces que SI PROCEDE solicitar la actividad procesal defectuosa, ya que en el presente caso resolvió sobre un RECURSO DE APELACION, y el Ministerio público planteo un RECURSO DE REPOSICION.
Por lo tanto: El ministerio Publico, respetuosamente solicita que se resuelva sobre el RECURSO DE REPOSICION planteado por esta institución.
FUNDAMENTO DE DERECHO:
El artículo 281 del código procesal penal, establece: “Principio. No podrán ser valorados para fundar una decisión judicial, ni utilizados como presupuestos de ella, los actos cumplidos con inobservancia de las formas y condiciones previstas en este código…….”
El Ministerio Publico y las demás partes solo podrán impugnar las decisiones judiciales que les causen gravamen…..
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