Homicidio
Enviado por stef • 4 de Septiembre de 2011 • 3.158 Palabras (13 Páginas) • 1.536 Visitas
1. Concepto
A) Gramatical: Homicidio es la muerte causada a una persona por otra. Es decir la acción de matar a un ser humano
B) Jurídico: Carrara cita que varios representantes lo definen como “la muerte de un hombre cometida por otro hombre”. Asimismo apunta que el homicidio se define: la muerte de un hombre cometida injustamente por otro hombre.
Ramón palacios lo define como: “La privación de la vida de un hombre a otro”
2. Naturaleza Jurídica
Definido en el artículo 302 del Código Penal Federal de la siguiente manera:
“Comete el delito de homicidio: el que priva de la vida a otro”. Dentro del título décimo noveno “Delitos contra la vida y la integridad corporal” Capitulo II”
El objeto de éste ilícito es la privación de la vida y en su realización va a existir una conducta de acción o de omisión, siendo para ésta última por comisión de omisión. EL Resultado siempre será material, siendo éste la privación de la vida humana y la existencia del nexo causal entre la conducta y el resultado producido
3. Historia
A) Universal
Se ha dicho que el homicidio es tan antiguo como la humanidad; algunos autores lo consideran que desde el hombre empezó a actuar en grupos.
El delito de homicidio siempre ha sido castigado severamente.
En el antiguo oriente a la persona que cometiera este crimen, se le imponía la ley del Talión “vida por vida, ojo por ojo, diente por diente”.
En el Derecho Romano Primitivo, se estimó al homicidio como un sacrilegio, castigándolo con la expiación religiosa. La Ley Numa, lo castigaba con la pena de muerte, pero esta sanción solo era para el homicida de un hombre libre o ciudadano.
En el tiempo de la ley de las Doce Tablas, existieron jueces especiales para los procesos del homicidio a quienes se les denominaba “quaestores parricidi”
Con Justiniano se amplió la pena de muerte para todos los homicidas.
En la Edad Media, con el derecho germánico, se castigó al homicidio con penas de privadas, posteriormente con el derecho canónico se hizo la distinción entre el homicidio culposo y doloso, dividiéndose a su vez en delito de homicidio calificado y simple; castigándose con penas pecuniarias al homicidio simple y con la pena de muerte al homicidio calificado.
B) Historia Nacional.
En nuestro país, en el periodo prehispánico, el homicidio se castigaba con la pena de muerte. En esta época se establecía; se establecía que los individuos no podían hacerse justicia por sí mismos, porque eso equivalía a usurpar el lugar del rey.
El que envenenaba a otro se le castigaba con pena de muerte, aplicable también a quien había proporcionado el veneno.
Posteriormente en la época colonial se establecieron las legislaciones de España; caracterizándose por la preocupación por saber la intención del agente.
4. Código penal
a) 1871
En nuestra practica esta admitida la clasificación de heridas mortales por esencia o mortales por accidente; y s entiende por herida mortal a la que es capaz de causar la muerte. De ahí resulta que el que la ha recibido muere por otra causa diversa, el heridor es tenido y castigado como homicida, contra toda razón y justicia.
Es importante mencionar que este código divide por primera vez al delito en simple y calificado
b) 1929
Considero al delito en tres capítulos: IV del Homicidio Reglas Generales, V Del homicidio simple; VI Del homicidio calificado
Art. 964: Todo homicidio excepto del casual es sancionable cuando se ejecuta sin derecho
Art 965: homicidio casual es el que resulta de un hecho o de una omisión, que causa la muerte sin intención ni imprudencia punible alguna del homicida.
C) 1921
Se fusiono el delito de homicidio en un solo capitulo que lo encontramos dentro del título Decimonoveno “Delitos Contra la Vida y la Integridad Corporal” capítulo II, del articulo 302 al 309
Artículo 302: Comete el delito de homicidio: el que priva de la vida a otro
Artículo 307: Al responsable de cualquier homicidio simple intencional y que no tenga señalada una sanción especial en este código, se le impondrán de ocho a trece años de prisión.
5. Estudio Dogmatico
I. Clasificación del delito
A) En función de su gravedad.
Atenta contra el bien jurídico tutelado: la vida y su persecución corresponde a la autoridad judicial
B) Por conducta del agente: de acción y comisión por omisión
1. Puede ser por acción; cuando el agente realiza los movimientos materiales o corporales para cometer el ilícito.
2. Sera de comisión por omisión; cuando el sujeto activo deja de efectuar lo que está obligado a hacer y se produce un resultado material.
C) Por su resultado
Es un delito material ya que consiste en privar de la vida a una persona. Maggiore manifiesta que material por cuanto hay perfecta coincidencia en el resultado jurídico y el resultado material.
D) Por el daño que causan:
Es de lesión ya que su propia definición dice que homicidio es privar de la vida a un ser humano, al realizarlo se está dañando, acabando con el bien jurídicamente tutelado: la vida.
E) Por su duración
Es delito instantáneo ya que la acción se consuma en el momento mismo de ejecutarse
F) Por el elemento interno
El homicidio puede cometerse de manera culposa, dolosa o preterintencional.
Sera doloso cuando el agente tenga la consciente y voluntaria intención de matar, y quiera el resultado delictivo.
El homicidio será culposo cuando el agente por imprudencia, negligencia, descuido o torpeza, comete el delito.
El homicidio preterintencional, se presenta cuando el agente tiene la idea de ocasionar un mal en otra persona, pero no tiene el fin de privarlo de su vida; no obstante en la realización, el resultado excede a la intención y se provoca la muerte de la víctima.
Los requisitos de éste son:
a. Animus dañandi, menor que la muerte
b. un hecho de muerte
c. Que la muerte se haya previsto, teniendo la esperanza que no se realizara, o bien, que no siendo prevista haya sido previsible
G) Por su estructura:
El homicidio es un delito simple ya que su realización daña únicamente un bien jurídico protegido, la vida.
H) En relación con el número de actos integrantes de la acción típica.
Es unisubsistente, ya que no se requiere la concurrencia de dos o más actos en su realización
I) En relación con números de sujetos que intervienen en el hecho típico
Es unisubjetivo, porque ninguno de
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