INAMOVILIDAD LABORAL
Enviado por deyacasquin • 1 de Febrero de 2015 • 5.940 Palabras (24 Páginas) • 673 Visitas
CAPITULO I
PROBLEMA
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
De conformidad con la Ley Orgánica del Trabajo en Venezuela, se considera que existen dos clases de estabilidad, la absoluta y la relativa. la estabilidad relativa se establece como el régimen general aplicable al trabajo subordinado o dependiente (Artículo 112 LOT), mientras que la estabilidad absoluta se muestra como una limitada especie de excepción, reservada a contingentes específicos de trabajadores expresamente contemplados en la norma (LOT y LOPCYMAT).
Sin embargo, en la actualidad existe una marcada tendencia en la legislación venezolana hacia una estabilidad absoluta, lo cual se pone de manifiesto con la promulgación de Decretos Presidenciales de Inamovilidad Laboral Especial, vigentes desde abril del año 2002 abarcando la última de sus prórrogas hasta el 31 de Diciembre de 2010, los cuales comprenden a los trabajadores que devenguen hasta tres (3) salarios mínimos.
Mediante decretos como éste, el gobierno pretende preservar el empleo, prohibiéndoles a los empresarios que despidan a cierta clase de trabajadores, usualmente los de la base de la escala salarial, es decir, los que ganan menos. De esta forma, el gobierno intenta proteger a los trabajadores más necesitados, aquellos a quienes la pérdida del empleo afectaría más intensamente. Sin embargo, con cada intervención del gobierno en la economía y en la inamovilidad laboral es contraproducente desde el punto de vista de los trabajadores que supuestamente intenta beneficiar.
No es una novedad que en Venezuela existen distintos tipos de inamovilidad laboral, en efecto, esa característica de nuestra legislación se ha radicalizado en los últimos 5 años, existiendo en la actualidad 8 tipos de inamovilidad que impiden al patrono prescindir de los servicios de un trabajador que tenga las características indicadas por las normas sin la previa autorización de un Inspector del Trabajo.
En la presente Investigación se presenta de manera sencilla lo qué significa estar amparado por alguno de los tipos de inamovilidad, cuál es la consecuencia inmediata y las excepciones que pudieran aplicarse; todo lo anterior nos permitirá visualizar de una manera clara por qué en nuestra realidad laboral debemos hacer más uso de herramientas de negociación que de procedimientos jurídicos laborales y por qué los abogados laboralistas deben ofrecer, más que acciones legales, respuestas prácticas a sus clientes que les permitan lograr el objetivo de la mejor manera y al menor costo posible.
Todo aquel trabajador que tenga las características requeridas por la legislación, que se encuentra protegido por alguno de los tipos de inamovilidad laboral, no podrá ser: (1) despedido sin justa causa debidamente calificada por el Inspector del Trabajo competente, (2) desmejorado o (3) trasladado de su centro de trabajo.
Al encontrarse en vigencia la inamovilidad laboral por medio del decreto presidencial en los términos expuestos, pareciera entonces quedar suspendida la aplicación de la estabilidad, así como los artículos que se refieren a ésta en la LOTTT, para darle paso a una protección mayor. El efecto práctico de ello es que la inamovilidad deja de ser especial y provisional para convertirse en ordinaria y permanente. En consecuencia, es necesario estar atento a la continuidad del decreto, así como a los términos en los que éste se encontrare redactado, ya que de ello dependerá si existirá o no una continuidad de la inamovilidad.
FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
Cuando un trabajador tenga las características requeridas por la legislación, es decir, que se encuentra protegido por alguno de los tipos de inamovilidad laboral, no podrá ser: despedido sin justa causa, desmejorado o trasladado de su centro de trabajo.
Se entiende por Inamovilidad Laboral, cuando un trabajador tenga las características requeridas por la legislación, es decir, que se encuentra protegido por alguno de los tipos de inamovilidad laboral, no podrá ser: Despedido sin justa causa, desmejorado o trasladado de su centro de trabajo. Se oficializó en la Gaceta Oficial número 39.828, 2012, anunciada por el presidente de la República, Hugo Chávez.
Lo que se busca ahondar más en este tema tan controversial para algunos, se debe conocer la situación del trabajador en caso de despido injustificado y en base a la problemática antes expuesta, se formulan las siguientes interrogantes de este estudio: ¿Cuál es la definición de inamovilidad laboral, su alcance y procedencia?¿Cuál es el procedimiento de despido de un trabajador amparado por el Decreto de Inamovilidad Laboral? ¿Cuáles son los efectos y alcances de la inamovilidad laboral en Venezuela? ¿Cuántos tipos de inamovilidad laboral? Y sus efectos.
No es una novedad entonces que, en Venezuela existan distintos tipos de inamovilidad laboral, en efecto, esa característica de nuestra legislación se ha radicalizado en los últimos 5 años, existiendo en la actualidad 8 tipos de inamovilidad que impiden al patrono prescindir de los servicios de un trabajador que tenga las características indicadas por las normas sin la previa autorización de un Inspector del Trabajo.
OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN
OBJETIVO GENERAL
Desarrollar a profundidad el contenido de la ley Orgánica del Trabajo sobre la inamovilidad Laboral en la actualidad en Venezuela.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
• Analizar la inamovilidad laboral dentro del Estado Venezolano.
• Explicar las ventajas y desventajas de la inamovilidad venezolana.
• Identificar los tipos de inamovilidad laboral y sus efectos en los trabajadores(a) de Venezuela.
JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACION
El tema de moda en los últimos años en Venezuela ha sido la restricción para efectuar despidos, debido a la inamovilidad y la estabilidad. A menudo se emplean indistintamente estos términos, para referirse a la limitación del patrono de dar por terminada una relación de trabajo de forma unilateral, sin caer en cuenta que la naturaleza, finalidad y efectos jurídicos de ambas instituciones son diferentes. En cuanto a la naturaleza, son muchos los autores que las distinguen.
Una de las corrientes restrictivas, señalan que la estabilidad se divide en “estabilidad absoluta” también llamada “inamovilidad” y la “estabilidad relativa” o “impropia”; mientras que otras corrientes de esta índole, diferencian entre estabilidad absoluta, estabilidad relativa e inamovilidad. A pesar de lo anterior, nos referiremos a “Estabilidad” como la protección general que garantiza la permanencia en el empleo,
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