INCIDENTE INCLUSION DE BIENES HEREDITARIOS
Enviado por LIC.FACIO • 4 de Septiembre de 2014 • 2.218 Palabras (9 Páginas) • 6.000 Visitas
SUCESION TESTAMENTARIA A BIENES
DE MARINA JUAREZ SANABRIA Y/O
MARINA JUAREZ DE LOPEZ
EXPEDIENTE: 575/2011
SECRETARIA: PRIMERA
INCIDENTE DE INCLUSION
DE BIENES HEREDITARIOS
C. JUEZ OCTAVO DE LO FAMILIAR
DE TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO
PRESENTE.
MARIA DEL SOCORRO LOPEZ JUAREZ, por mi propio derecho, en mi carácter de heredera universal y adjudicataria, personalidad que tengo debidamente reconocida y acreditada en autos; señalando como medio de notificación las listas de acuerdos de este H. Juzgado y el Boletín Judicial; designando como mis Abogados Patronos a los Licenciados en Derecho Martha Lidia Gutiérrez López y Juan Manuel Facio Zepeda, quienes cuentan con Números de Cedulas Profesionales: ______________________ respectivamente, autorizando asimismo para los efectos de oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos a los CC. Néstor Eduardo Romero Dorado, Lici Facio Zepeda, y Marco Antonio Muñiz Castolo; ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:
Que por medio del presente escrito, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 4.34 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México, vengo a promover Incidente de Inclusión de Bienes Hereditarios, lo cual efectuó en lo siguientes términos:
PRESTACIONES
I.- Se decrete la Inclusión dentro del caudal hereditario de la Sucesión de mi Señora Madre Marina Juárez Sanabria, el 16.67% (Dieciséis punto Sesenta y Siete por Ciento) de los derechos de propiedad respecto del inmueble conocido como: Fracción de Terreno de los que en se dividió la Ex Hacienda de En Medio, ubicada en términos del Municipio de Tlalnepantla, Estado de México y cuya denominación actual del predio a que se ha hecho referencia, lo es la casa habitación ubicada en: Calle Ignacio López Rayón, Número 17, Colonia Venustiano Carranza, Municipio de Tlalnepantla, Estado de México.
II.- Se decrete adjudicar a favor de la suscrita María del Socorro López Juárez el 16.67% (Dieciséis punto Sesenta y Siete por Ciento) de los derechos que le fueran otorgados a la Sucesión de mi madre Marina Juárez Sanabria por el Juez Primero Familiar de Tlalnepantla, Estado de México, dentro de la sucesión de mi padre Rolando López Martínez; lo anterior tomando en consideración que soy heredera universal, albacea y única adjudicataria dentro de la Sucesión de mi madre.
III.- Se decrete en atención a las anteriores prestaciones, la protocolización de la adjudicación solicitada ante Notario Público, por así establecerlo nuestra Legislación Sustantiva Civil, al tratarse de un bien que así lo amerita, para los efectos legales conducentes.
Las anteriores prestaciones, se solicitan, en atención a las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:
HECHOS
1.- Tramitada que fue la Sucesión Testamentaria en que se actúa, se dicto Sentencia Definitiva a través de la cual se decreto que se adjudicaba a la suscrita los derechos que le pudieran corresponder a mi señora madre Marina Juárez Sanabria, también conocida como Marina Juárez de López, respecto del inmueble ubicado en: Calle Ignacio López Rayón, Número 17, Colonia Venustiano Carranza, Municipio de Tlalnepantla, Estado de México; es decir aunque no se especifica en dicha resolución el porcentaje adjudicado, tomando en consideración que dicho bien, fue adquirido por mi madre en vida de mi señor padre el señor Rolando López Martínez, habiendo estado casados bajo el régimen de sociedad conyugal, entonces solamente se me adjudico el 50% (Cincuenta por Ciento) de los derechos de propiedad sobre dicho inmueble integrante de la masa hereditaria.
2.- Es el caso, en atención a lo anteriormente expuesto en el hecho que antecede, que habiéndose tramitado la Sucesión Intestamentaria a bienes de mi señor padre Rolando López Martínez, ello ante el Juzgado Primero Familiar de Tlalnepantla, Estado de México, Expediente: 578/2011, se dicto Sentencia Definitiva en fecha 8 de Mayo del año en curso, la cual fue aclarada, deviniéndose que se designo como heredera a la Sucesión de mi señora madre Marina Juárez Sanabria, adjudicándosele el 16.67% (Dieciséis punto Sesenta y Siete por ciento) de los derechos que por gananciales de sociedad conyugal le correspondieran a mi padre sobre el inmueble que también fue parte del caudal hereditario en el proceso sucesorio testamentario de mi madre; lo antepuesto tal y como se acredita en términos de las copias certificadas que se anexan al efecto al ocurso de cuenta.
3.- Tomando en consideración que el porcentaje que fue adjudicado a favor de la Sucesión de mi madre Marina Juárez Sanabria dentro del Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de mi padre Rolando López Martínez, tramitado ante el Juez Primero Familiar de Tlalnepantla, Estado de México, no pudo incluirse en el Inventario que fuera formulado en su momento ante su Señoría, y por ende se dejo de tomar en consideración al momento de dictarse sentencia por Usía en el proceso sucesorio de mi señora madre, lo anterior dado que apenas recientemente fue resuelta la sucesión de mi padre, esto es en fecha 08 de mayo del año en curso; es por lo anterior que vengo a solicitar se tenga a bien a través del presente proceso incidental hacer inclusión de dicho porcentaje adjudicado a favor de la Sucesión de Marina Juárez Sanabria, decretando se adjudique a su vez el mismo a favor de la suscrita, ello tomando en consideración lo establecido mediante Sentencia Definitiva emitida por su Señoría, para los efectos legales conducentes.
A efecto de dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 4.34 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México, en este acto a continuación formulo lo concerniente a las Secciones Segunda, Tercera y Cuarta:
INVENTARIO DE BIENES
I.- DINERO EN EFECTIVO.- NO HAY.
II.- ALHAJAS.- NO HAY.
III.- EFECTOS DE COMERCIO O INDUSTRIA.- NO HAY.
IV.- SEMOVIENTES.- NO HAY.
V.- FRUTOS.- NO HAY.
VI.- MUEBLES.- NO HAY.
VII.- CREDITOS.- NO HAY.
VIII.- DOCUMENTOS Y PAPELES DE IMPORTANCIA.- NO HAY.
IX.- BIENES AJENOS QUE TUVIERA EN PODER EN COMODATO EL AUTOR DE LA PRESENTE SUCESION.- NO HAY.
X.- BIENES INMUEBLES:
UNICO.- La masa hereditaria de la sucesión en que se actúa, lo constituye únicamente el inmueble que a continuación se cita, conocido como: Fracción de Terreno de los que en se dividió la Ex Hacienda de En Medio, ubicada en términos del Municipio de Tlalnepantla, Estado de México, con una superficie de 195.00 metros cuadrados; acto jurídico que quedara asentado mediante
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