INCIDENTE DE LIQUIDACION DE BIENES
Enviado por Zule500 • 6 de Noviembre de 2017 • Apuntes • 1.828 Palabras (8 Páginas) • 403 Visitas
XX
VS
XX
LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD.
NÚM. EXP.:XX
C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA
CIVIL DEL PARTIDO JUDICIAL DE TECATE, BAJA CALIFORNIA.
P R E S E N T E.-
XX, mexicano, mayor de edad, por mi propio derecho, señalando como domicilio procesal para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos el ubicado en XX, Zona Centro de esta Ciudad y autorizando para tales efecto en los términos del artículo 46 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado a los CC. XX y a las pasantes de derecho XXindistintamente, ante usted C. Juez con el debido respeto comparezco para exponer lo siguiente:
Estando en tiempo vengo a dar contestación a la demanda que me fue notificada el día dieciocho de septiembre de dos mil diecisiete, que corresponde al expediente arriba indicado, oponiendo desde el momento las siguientes defensas:
EN CUANTO A LAS PRESTACIONES:
- No le asiste la razón en solicitar LA LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD LEGAL, por ser improcedente, tal como quedará plenamente demostrado con los argumentos que en el capítulo de hechos se harán valer en este escrito.
- No le asiste la razón en solicitar el pago de gastos y costas, por el contrario es la parte actora quien debe pagar al suscrito por la tramitación del presente juicio.
Por tal motivo, la promovente en el juicio que hoy se contesta, al expresar una serie de hechos totalmente falsos como se acreditara en su momento procesal oportuno, incurre en falsedad de declaración, ya que existe una Sentencia que ha causado ejecutoria.
En este acto me permito oponer como EXCEPCIÓN LA SIGUIENTE:
- DE COSA JUZGADA.- Que se hace consistir en la Homologación de sentencia en los autos del expediente número XXrelativo a la Sentencia de Divorcio dictada en fecha tres de abril del año dos mil trece, ante la Corte Superior del Estado de California, para el Condado de San Diego, Estados Unidos de Norteamérica, sentencia que disuelve el vínculo matrimonial y la repartición de propiedades.
Asimismo paso a dar contestación a la demanda, en cuanto a los hechos relatados por la parte actora en la presente controversia, me permito exponer lo siguiente:
1.- Se contesta ser CIERTO.
2.- Se contesta ser CIERTO.
3.- Se contesta ser CIERTO.
4.- Se contesta ser parcialmente CIERTO.- Toda vez que es verdad que en referida fecha adquirimos el bien descrito por la actora, lo que desconozco es si efectivamente tiene el valor al que se refiere en el avaluó que elaboró el perito. Pero la actora C. Juez, omite manifestar que también adquirimos otros bienes, mismo que ya fueron liquidados conforme se estableció en la sentencia de divorcio dictada en fecha tres de abril del dos mil trece ante la Corte Superior del Estado de California, para el Condado de San Diego, Estados Unidos de Norteamérica, sentencia que disuelve el vínculo matrimonial y la repartición de propiedades. Misma sentencia que se adjunta al presente en copia certificada en 14 fojas tamaño carta como anexo 1, así como su traducción en 19 fojas tamaño carta como anexo 2.
5.- Se contesta ser CIERTO.
6.- Se contesta ser CIERTO.
7.- Se contesta ser FALSO.- Toda vez que es mentira que el treinta de mayo del dos mil seis como lo refiere mi contraparte, decidiéramos divorciarnos, lo que es verdad es que ya estando en la corte llegamos al acuerdo de divorciarnos en fecha seis de febrero del dos mil trece, fecha en la que se disuelve el vinculo matrimonial, además, es falso su señoría que en dicho juicio no se haya decretado nada sobre los bienes, como se lo hace saber la actora, queriéndolo sorprender, ya que efectivamente en el acta que ofrece no se señala nada al respecto, pero en la sentencia que la misma actora ha homologado se pronuncia sobre la división de propiedades en su anexo correspondiente, donde dice que la demandante esta de acuerdo que la propiedad de XX, México, deberá permanecer como sola propiedad legal del demandado y que el suscrito estoy de acuerdo en recibirla, aparte de otras cuestiones que se resolvieron en dicho juicio, dándole tiempo a la demandante para apelar a dicha resolución y al no hacerlo en el tiempo concedido se dicto sentencia, misma que quedo firme en fecha tres de abril del dos mil trece.
8.- Se contesta ser CIERTO.
9.- Se contesta ser FALSO.- Lo cierto es que desde principios de este año la actora se a acercado a mi domicilio donde los fines de semana convivo con mis hijos y ha entrado a el, con el pretexto de que ahí están nuestros hijos y entre broma y broma me ha dicho que esa también es su casa, pero en una ocasión le dije que no lo era, que ella ya me había cedido los derecho cuando nos divorciamos, a lo ella me respondió que ya se había arrepentido de tal acto y que me iba a demandar aquí en México, que lo que el Juez de California haya dicho no tenia validez, que además por ser mujer no la podían dejar desprotegida y que el suscrito es algo que ya lo debería de saber por que la voy a mantener toda la vida tal como lo ordeno el Juez de California.
...