INFILTRACION CLASE RESPONSABILIDAD
Enviado por Nicolás Gómez • 1 de Mayo de 2018 • Informe • 603 Palabras (3 Páginas) • 84 Visitas
Introducción:
La responsabilidad es tan antigua como la historia humana, uno de los mayores avances de la responsabilidad es la “ley del talión” (tal cual) ojo por ojo, diente por diente.
En el código Hammurabi ya se hablaba de proporcionalidad entre el delito y la pena.
Es la obligación de indemnizar daños injustificadamente causados o padecidos.
El daño resarcible se convierte en fuente de obligación, genera vinculo prestacional.
Elementos de la responsabilidad civil.
- Culpa (desde la antigüedad) – creo riego – genero actividad peligrosa (actualmente)
- Daño
- Relación de causalidad
Culpa en administrativo se llama falla del servicio. Pero, también existe
Teoría del riesgo, o
Daño especial
En la falla del servicio si se mira la culpa, es culpabilistica, que es régimen subjetivo (mira es la conducta, el actuar de la administración).
En teoría del riesgo o daño espacial no existe culpa (cable eléctricos, automotores, armas de dotación, actividad peligrosa) es la actividad lo que se analiza, ósea régimen objetivo
Fundamento del deber de responder o reparar
- Daño
- Imputación (relación de causalidad) (daño - hecho dañino - autor)
- Fundamento del deber de reparar
Daño especial: el hecho dañino es lícito conforme a derecho pero rompe el principio de las cargas públicas. La limitación del acceso a la justicia derivada de la aplicación de tratados internacionales debidamente acoplados a nuestro país (ej. Tratado de Viena: inmunidad diplomática, limita la aplicación de justicia en nuestro país si el delito lo comete un agente diplomático investido de inmunidad).
DAÑO
Definición: es toda lesión a los intereses lícitos de una persona, trátese de derechos pecuniarios o no pecuniarios, de derechos individuales o colectivos, que se presenta como lesión definitiva de un derecho o como alteración de su goce pacífico y que, gracias a la posibilidad de accionar judicialmente, es objeto de reparación si los otros elementos de la responsabilidad se encuentran reunidos.
- Lesión a un interés lícito o un interés jurídicamente protegido.
Resolución 56/83 de 2001 de Naciones Unidas
Sentencia T 629/2010 (Sentencia de trabajadoras sexuales).
Una situación puede ser lícita durante un tiempo e ilícita durante otro tiempo. Puede haber rubros lícitos y rubros ilícitos.
- Tiene que haber vocación indemnizable de la lesión del derecho (la existencia del daño supone obligatoriamente repararlo)
- Incluye los derechos colectivos
- Alteración del goce pacifico
- Amenaza de lesión definitiva
Es lo que ocurre entre el goce pacífico y la lesión definitiva Amenaza[pic 1]
Daño inminente es igual al perjuicio irremediable en la tutela
- Concepción amplia de lo que es reparación
Indemnización no es solo pecuniaria
Elementos del daño
- Personal: Debe ser licito, debe reclamar el perjudicado (titular del daño) legitimación en la causa por activa.[pic 2]
Titularidad
Legalidad
Teoría de la confianza legítima: Este principio de confianza legítima otorga al administrado el poder de exigir la protección de sus esperanzas jurídicas legítimas, cuando habiendo razones objetivas para creer en la estabilidad de la situación jurídica prexistente, su cambio brusco, sin dar el tiempo y los medios necesarios para hacer frente a la nueva situación produce un alteración grave en las condiciones económicas del demandante.
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