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INTANGIBLES


Enviado por   •  28 de Mayo de 2015  •  380 Palabras (2 Páginas)  •  298 Visitas

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PUNTOS GUIA 14

3.3.1.1

3.3.1.2

OBJETIVO NIC 38

El objetivo de esta norma es prescribir el tratamiento contable de los activos intangibles, que no estén contemplados específicamente en otra NIC. Esta norma exige que las empresas procedan a reconocer un activo intangible si y solo si se cumplen ciertos criterios. La norma también especifica como determinar el valor en libros de los activos intangibles y exige revelar información específica sobre estos activos.

CLASIFICACION EJEMPLO

IDENTIFICABLES Marcas, derechos de autor, derecho de edición, licencias de uso y concesiones.

NO IDENTIFICABLES Gastos de organización, publicidad de lanzamiento.

ADQUIRIDOS Concesión, franquicia.

DESARROLLADOS POR EL PROPIO ENTE Gastos de desarrollo, gastos de organización.

VENCIBLES POR SEPARADO Marcas, concesiones.

NO VENCIBLES POR SEPARADO Gastos de organización, publicidad de lanzamiento.

LIMITADA Patentes, concesiones.

PERPETUA Marca renovable.

REGISTRABLES CONTABLEMENTE Gastos de organización.

NO REGISTRABLES CONTABLEMENTE Llave de negocio autogenerada.

3.3.1.10

El costo de un activo intangible generado internamente, será la suma de los desembolsos incurridos desde el momento en que el elemento cumple las condiciones para su reconocimiento. El párrafo 71 prohíbe la reintegración, en forma de elementos del activo, de los desembolsos reconocidos previamente como gastos.

El costo de un activo intangible generado internamente comprenderá todos los costos directamente atribuibles necesarios para crear, producir y preparar el activo para que pueda operar de la forma prevista por la gerencia.

Son ejemplos de costos atribuibles directamente:

(a) los costos de materiales y servicios utilizados o consumidos en la generación del activo intangible;

(b) los costos de las remuneraciones a los empleados (NIC 19) derivadas de la generación del activo intangible; NIC 38

(c) los honorarios para registrar los derechos legales; y

(d) la amortización de patentes y licencias que se utilizan para generar activos intangibles.

En la NIC 23, se establecen los criterios para el reconocimiento de los costos por intereses como componentes del costo de los activos intangibles generados internamente.

Los siguientes conceptos no son componentes del costo de los activos intangibles generados internamente:

(a) los gastos administrativos, de venta u otros gastos indirectos de carácter general, salvo que su desembolso pueda ser directamente atribuido a la preparación del activo para su uso;

(b) las ineficiencias identificadas y las pérdidas operativas

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