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Enviado por siuuu204 • 30 de Noviembre de 2022 • Ensayo • 1.443 Palabras (6 Páginas) • 101 Visitas
Respuesta a preguntas de repaso y análisis G-1313
- Define breve y claramente:
- Utilitarismo: Es una acción correcta desde un punto de vista ético si y sólo si el total de utilidades que dicho acto produce es mayor que el total de utilidades producidas por cualquier otro acto que el agente podría haber efectuado en su lugar
- Utilidad: Lo que busca desde un punto de vista ético, sería escoger la política que produjera la mayor utilidad, para que sirva y se aproveche al máximo.
- Bien Intrínseco: Son cosas que son deseables, beneficios que se puedan producir independientemente del beneficio, Así pues, la salud es un bien intrínseco
- Bien Instrumental: El dinero cuanta como tal y es un buen ejemplo, este no pude tener mayor importancia que la vida.
- Necesidad Básica: Son las cosas o características que todos necesitan para poder llevar a cabo un mejor potencial o desarrollo.
- Simples Deseos: Cuando se quiere algo simplemente porque me causa gusto, aunque es un lujo del cual bien podría pasar, este tipo no son necesidades indispensables.
- Utilitarismo Por Reglas: Es limitar el análisis utilitarista a las evaluaciones morales, este debe basarse por reglas, al tratar de determinar si una acción dada es ética o no.
- Derechos: Es algo que todos debemos tener, es lo que se concede o reconoce a un sujeto, los cuales son inherentes a todos nosotros y no discriminan a nadie.
- Derechos Legales: Permite o faculta a la persona para actuar de cierta forma o que exige a otros actuar de ciertas maneras hacia esa persona con un merecimiento.
- Derechos Morales: Son los derechos que todos los seres humanos de cualquier nacionalidad poseen, en el mismo grado simplemente porque somos seres humanos.
- Derechos Negativos: Busca no sufrir coacción por parte de otros, implica que la gente debe estar en libertad de hacer lo que guste con su propio trabajo, se interpretaba el “derecho a la vida” como el derecho negativo a no ser muerto.
- derechos positivos: Son las obligaciones de otros agentes (no siempre está claro de quién) de brindar al titular del derecho lo que necesite para buscar sus intereses con libertad.
- Derechos Contractuales: Son los derechos limitados y las obligaciones correlativas que surgen cuando una persona participa en un acuerdo con otra.
- Imperativo Categórico (Ambas Versiones): Según Kant en la primera formulación, es un principio el cual implica tratar a todas las personas como libres e iguales. Por otra parte según Kant en la segunda formulación, se refiere a “Obra de tal manera que siempre trates a la humanidad, ya sea en tu propia persona o en la de otros, como un fin y nunca solamente como un medio”
- Perspectiva Libertaria De Los Derechos: Las restricciones coercitivas sobre la libertad son inmorales (excepto cuando se necesitan para restringir la coerción) también justifica la libertad para usar la propiedad, la libertad de contratación, el mercado libre y la eliminación de impuestos para los programas de beneficio social
- Justicia Distributiva: Se refiere a la distribución de los beneficios y las cargas de una sociedad de manera equitativa.
- Principio Fundamental (O Formal) De Justicia Distributiva: La primera categoría básica, se ocupa de la distribución equitativa de los beneficios y las cargas de una sociedad.
- Principio Material De Justicia: Distribución justa de los beneficios y las cargas entre las personas.
- Justicia Igualitaria: Consiste en que cada persona debe ser reconocida como igual y autónoma desde un punto de vista imparcial.
- Justicia Capitalista: El enfoque de justicia donde los beneficios deben distribuirse según el valor de la contribución que el individuo hace a una sociedad, una tarea, un grupo o un intercambio.
- Justicia Socialista: Esta se basa en la igualdad de oportunidades y en los derechos humanos, está basado en darle a cada quien lo necesario para alcanzar su máximo potencial.
- Justicia Libertaria: Se refiere al valor de la libertad individual y que respeta la premisa de los derechos individuales como criterio para regir las relaciones humanas
- Justicia Como Equidad: Enfoque de justicia distributiva en el supuesto de qué los conflictos en materia de justicia deben resolverse ideando primero un método justo para escoger los principios bajo los cuales se resolverán los conflictos, los principios escogidos deberán distribuir beneficios y cargas en una sociedad de manera justa.
- Principio De Igual Libertad: Dice que las libertades de cada ciudadano se deben proteger contra la invasión de otros y deben ser iguales a las de los demás. Dichas libertades básicas incluyen el derecho a votar, la libertad de expresión y de conciencia y todos los demás derechos civiles, la libertad para retener propiedades personales y el derecho a no ser arrestado arbitrariamente.
- Principio De Diferencia: En una sociedad productiva habrá desigualdades, pero luego afirma que se deben tomar medidas para mejorar la situación de los miembros más necesitados de la sociedad, como los enfermos y los incapacitados, a menos que tales mejoras representen una carga tan pesada para la sociedad que hagan que todo el mundo, incluidos los necesitados, queden en peor situación que antes.
- Principio De Igualdad De Oportunidad: El cual dice que todo el mundo debe tener la misma oportunidad de calificar para los puestos más privilegiados en las instituciones de la sociedad, asegura que todo el mundo tendrá la misma oportunidad de progresar gracias a sus propias capacidades, esfuerzo y aportaciones.
- “Posición Original”: se define de modo que sus partes escojan principios imparciales que tomen en cuenta los intereses iguales de todo el mundo, y esto, aseguran ellos, es la esencia de la moralidad.
- Justicia Retributiva: Justa imposición de castigos y multas a quienes cometen faltas: un castigo “justo” es aquel que en cierto sentido merece la persona que comete la falta.
- Justicia Compensatoria: La forma justa de compensar a las personas por lo que perdieron cuando otros los perjudicaron: una compensación justa es aquella que en algún sentido es proporcional a la pérdida sufrida por la persona que está siendo compensada.
- Cuidado: El modo de actuar donde la persona pone mucho interés y atención en lo que hace para que esto salga lo mejor posible.
- Ética De Cuidado: aquella que se ocupa de las acciones responsables y de las relaciones morales entre las personas, motivadas por una solicitud, tiene como Fin lograr el cuidado de sus semejantes o del suyo mismo.
- Relación Concreta: En estas se forja un vínculo especial, ya sea económico o ideológico, como en el incidente de Malden Mills, Feuerstein tenía una obligación especial de cuidar a sus trabajadores, precisamente porque eran sus trabajadores.
- Virtud: Capacidad que tiene una persona de producir un efecto positivo mediante una acción o acciones hacia el mismo o hacia un grupo determinado de personas.
- Ética De La Virtud: Aquella que examina las cuestiones morales desde una perspectiva distinta a la ética, ya que ésta se basa en rasgos internos de la persona.
- Un estudiante definió de forma incorrecta el utilitarismo así: “El utilitarismo es la postura de que en tanto una acción me proporcione más beneficios económicos medibles que costos, la acción es moralmente correcta.” Identifica todos los errores que contiene esta definición del utilitarismo.
Esta definición es incorrecta ya que de acuerdo a lo establecido en el libro el utilitarismo es una acción correcta solo si el total de utilidades que un acto produce es mayor que el total de utilidades producidas por cualquier otro acto efectuado.
- En tu opinión, ¿el utilitarismo proporciona una norma más objetiva para determinar lo correcto y lo incorrecto, que los derechos morales? Explica
con detalle tu respuesta. ¿El utilitarismo proporciona una norma más objetiva que los principios de justicia? Explica.
Si porque este busca limitar el análisis de utilidades a las evaluaciones morales, este debe basarse por reglas, al tratar de determinar si una acción dada es ética o no, y nunca debemos preguntamos sí esa acción va a producir o no el máximo de utilidad.
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