Impacto juridico y economico del plagio de obras musicales
Enviado por mike2878 • 10 de Julio de 2018 • Ensayo • 859 Palabras (4 Páginas) • 243 Visitas
IMPACTO JURÍDICO Y ECONÓMICO DEL PLAGIO DE OBRAS MUSICALES, DISTRITO NACIONAL 2016-2017.
Antecedentes de Investigación
Justificación de la investigación
Esta investigación se justifica porque se hace necesaria una exploración de este tipo de tema ya que existen pocas o no existen investigación con este tópico.
Mediante esta investigación podremos determinar el impacto jurídico y económico del plagio de obras musicales en el distrito nacional. Además los conceptos de plagio de obras musicales, que se refiere a robarse una idea, a robarse la propiedad sobre un invento que no es nuestro.
Es necesario que se haga esta investigación, porque existen pocos antecedentes en esta universidad acerca del tema de plagio de obras musicales. Y con la misma haremos un aporte a este problemática.
Estado Actual del tema de investigación.
En la actualidad el tema de plagio de obras musicales en el Distrito Nacional, es una cuestión que hay que investigar e indagar a fondo para realizar un aporte significativo del mismo.
En la republica dominicana a Ley 65-00 sobre Derecho de Autor y su reglamento de aplicación, así como la Ley 424-06 protegen los derechos de los autores, al igual que los derechos afines de los artistas intérpretes o ejecutantes, productores de fonogramas y organismos de radiodifusión.
La Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA) es el órgano especializado del Estado, el cual está adscrito al Ministerio de Cultura, responsable de la implementación, a través del Registro Nacional de Derecho de Autor, del registro de las obras, interpretaciones o ejecuciones, producciones, etc., protegidas por la Ley 20-00. Estos registros son públicos y pueden consultarse gratis en la ONDA.
Conceptos y Teorías Asumidos en esta investigación.
Etimológicamente, plagio deriva del verbo latino plagiare que originalmente significaría "usar el esclavo ajeno, y reteniéndolo utilizándolo como si fuera propio ( [1])
Héctor Della Costa ([2]) ilustrándonos sobre el origen de la denominación de plagio, recuerda que “En el rapto o seducción de un esclavo, y a su vez el vocablo alude a la ´plaga´, es decir, a la red, lazo o trampa en que material o figuradamente, se lo hacía caer”.
El nombrado autor recurre a la antigua figura del derecho romano a ejercer el engaño a través del esclavo para compararlo con la estafa y a su vez con el plagio. Sobre tal aspecto, dice que “El símil es más acertado de lo que a primera vista parece porque, además del carácter insidioso que le es propio, y que lo diferencia de las hipótesis normales de hurto y sus variantes, esa insidia o maquinación no recae en la persona damnificada, como el caso de la estafa, sino que actúa directamente sobre el objeto; en efecto, esa maquinación no se dirigía, en el antiguo precedente, a engañar al amo, sino al esclavo mismo, de igual manera que en el plagio autoral ella no incide de modo alguno sobre la voluntad del autor. Así como aquel se verificaba ´nesciente dominio¨, de una forma subrepticia, este tiene lugar ´nesciente auctore´. Y así como las señas visibles de la propiedad del esclavo debían ser cambiadas para aparentar su pertenencia al plagiario, en nuestro caso la obra sufre más o menos hábiles trasmutaciones técnicas que la presentan con visos de originalidad.”
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