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Incriminacion


Enviado por   •  31 de Octubre de 2012  •  546 Palabras (3 Páginas)  •  522 Visitas

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CAUSAS EXCLUYENTES DE INCRIMINACIÓN

Artículo 12.-

Son causas excluyentes de incriminación:

Código Penal del Estado de Michoacán Página 4 de 102

I. Violar la ley penal por fuerza física irresistible o en cualquier otro caso en que haya ausencia de

voluntad del agente;

(REFORMA PUBLICADA EN EL P.O. EL 3 DE AGOSTO DE 1998)

II. Se actué con el consentimiento del titular del bien jurídico afectado, siempre que se

llenen los siguientes requisitos:

a) Que el bien jurídico sea disponible;

b) Que el titular del bien tenga la capacidad jurídica para disponer libremente del mismo; y,

c) Que el consentimiento sea expreso o tácito y sin que medie algún vicio de voluntad; o bien, que el

hecho se realice en circunstancias tales que permitan fundadamente presumir que, de haberse

consultado al titular, éste hubiese otorgado el mismo;

(REFORMA PUBLICADA EN EL P.O. EL 3 DE AGOSTO DE 1998)

III.- La acción o la omisión se realicen en cumplimiento de un deber jurídico o en ejercicio legítimo de

un derecho, siempre que exista necesidad racional del medio empleado para cumplir el deber o

ejercer el derecho y que éste último no se realice con el solo propósito de perjudicar a otro;

IV. Obrar en defensa de bienes jurídicos propios o ajenos, para superar un estado de peligro actual o

inminente, que no se pueda evitar, derivado de una agresión injusta, siempre que la defensa sea

proporcionada.

Se presumirá que concurren los requisitos de la legítima defensa respecto de aquél que rechazare el

escalamiento o fractura de los cercados, paredes, así como entradas de su casa o departamento

habitado o de sus dependencias, cualquiera que sea el daño causado al agresor.

Igual presunción favorecerá a quien cause cualquier daño a un intruso que sorprendiere en la

habitación u hogar propios, de su familia o de cualquiera otra persona que tenga la obligación de

defender, o en el local, bodegas o áreas comerciales de empresas públicas o privadas, o similares

donde se encuentren bienes propios o respecto de los que tenga la misma obligación, siempre que la

presencia del extraño revele la probabilidad de una agresión;

(REFORMA PUBLICADA EN EL P.O. EL 3 DE AGOSTO DE 1998)

V. Se obre por la necesidad de salvaguardar un bien jurídico propio o ajeno, de un peligro grave, real,

actual o inminente, no ocasionado dolosamente por el agente, lesionando otro bien de menor o igual

valor que el salvaguardado, siempre que la conducta sea proporcionada al peligro éste no sea

evitable por otros medios y el agente no tuviere el deber jurídico de afrontarlo;

VI. Obrar en cumplimiento de un deber legal;

VII. Obrar por obediencia legítima y jerárquica;

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