Infoirme Y Extracto Profeco
Enviado por brendaosorio • 14 de Diciembre de 2012 • 1.634 Palabras (7 Páginas) • 5.304 Visitas
Procuraduría Federal del Consumidor
Delegación: Tlalnepantla
Expediente: P.F.C.TLA. B3. / 001670-2012
TANIA HERNÁNDEZ CRIOLLO
Vs
JR MUEBLERIA CAZA COLLECTION
C. Procurador Federal del Consumidor
Con sede en Tlalnepantla de Baz
Estado de México.
Presente.-
RAQUEL CASPI ZAGA, en mi calidad propietaria de la negociación que utiliza el nombre comercial “JR MUEBLERÍA CAZA COLLECTION” personalidad que se desprende de la cedula de identificación fiscal clave RFC. CAZR720518JC9 e identificando con el pasaporte numero G02087028 de en términos del 104 de la citada ley señalo como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en y en términos del 104 de la citada ley señalo como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en Vía José López Portillo; numero 105 local 18 Colonia Zacuautitla Municipio de Coacalco Estado de México, Cp. 55700 Ante usted con el debido respeto comparezco para exponer lo siguiente:
Que conforme a la establecido en los artículos 13, 11, 112, 113, y 114 de la Ley Federal del consumidor, vengo por medio del presente ocurso a rendir informe y extracto solicitado en relación a la queja planteada por el C. TANIA HERNÁNDEZ CRIOLLO en los siguientes términos .
H E C H O S
1. Con fecha del 19 de Febrero de dos mil Doce la C. TANIA HERNÁNDEZ CRIOLLO
celebro un contrato de Compra – Venta, Con mi representada teniendo como objeto del acto Una Sala Lugano por un precio total de $ 10,000.00( Diez Mil pesos 00/100 MN) dejando como anticipo la Cantidad de $ 1,000.00 (un mil ochocientos pesos 00/100 MN) como se corrobora con el pedido de venta numero 0311, mismo que obra agregado en el expediente.
2. en este orden de ideas es de considerar que la consumidora realizo dos pagos mas a fin de liquidar el bien materia de queja , el primero el 22 de febrero del año en curso por la cantidad de $ 5,000.00 ( Cinco Mil pesos 00/100 mn) y un segundo pago el 11 de marzo de 2012 por la cantidad de $ 4,000.00 (cuatro Mil pesos 00/100 mn).
3. Continuando en este orden de ideas el día 21 de diciembre de 2011 fue entregado , el objeto materia del contrato como es el comedor “BALI“ , en el domicilio de la consumidora, muebles que fueron recibidos y firmaron la orden de entrega.
4.. Después de la entrega de los muebles el C. TANIA HERNÁNDEZ CRIOLLOse comunico con el empleado de mi representada a efecto de hacer del conocimiento algunos defectos que mostraba el mueble, por lo que se le hizo saber que todos los muebles cuentan con año de garantía en piso, como lo establece la clausula tercera del contrato que se firmo entre as partes, todo esto de acuerdo al artículo ARTÍCULO 77.- Todo bien o servicio que se ofrezca con garantía deberá sujetarse a lo dispuesto por esta ley y a lo pactado entre proveedores y consumidor. Y lo marcado en el art ARTÍCULO 79.- …… El cumplimiento de las garantías deberá realizarse en el domicilio en que haya sido adquirido o contratado el bien o servicio, o en el lugar o lugares que exprese la propia póliza. Ambos preceptos de la Ley Federal de Protección al Consumidor
E X T R A C T O
En este orden de ideas, esta H, Procuraduría en base a las Facultades que le confiere la ley de la materia, resolverá la presente Reclamación en virtud de que no existe vicio alguno del consentimiento, esto como consecuencia de que las partes contratantes expresaron su voluntad en el contrato referido, sin presión, dolo, mala fe, violencia, error o engaño, por lo tanto se encuentran obligadas
...