Información Aquí Contenida, Señala Las Diferencias Y Semejanzas Entre La Ley Del Instituto Mexicano Del Seguro Social Y La Ley Del Instituto Y Servicios Sociales Para Los Trabajadores Del Estado
Enviado por verofesa • 29 de Junio de 2013 • 560 Palabras (3 Páginas) • 810 Visitas
INSTITUTOS SEMEJANZAS DIFERENCIAS
MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Los trabajadores inscritos al IMSS y al ISSSTE están protegidos por un Régimen obligatorio y otro Voluntario, cuyas características más significativas son:
* Seguro Social, los Seguros de:
Enfermedades y Maternidad
Riesgos de Trabajo
Invalidez y Vida
Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
Guarderías y Prestaciones Sociales
ISSSTE, Seguros de:
Salud
Riesgos de Trabajo
Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
Invalidez y Vida
Prestaciones y servicios de:
préstamos: hipotecarios y financiamiento en general para vivienda
personales ordinarios, especiales, para adquisición de bienes de consumo duradero y extraordinarios para damnificados por desastres naturales
servicios sociales y culturales
En ambos regímenes se otorgan prestaciones similares, únicamente cambian los nombres de los Seguros, es decir, el Seguro de Salud con que cuentan los trabajadores al servicio del Estado protege las mismas contingencias que el de
Enfermedades y Maternidad de los inscritos en el IMSS y, por otro lado, las prestaciones y servicios comprendidos en el Régimen Obligatorio del ISSSTE son parecidos a los beneficios del Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales con que cuentan los trabajadores inscritos en el Seguro Social.
Al igual que los trabajadores afiliados al IMSS, los inscritos en el ISSSTE tienen derecho a contar con una cuenta individual operada por una Administradora de Fondos para el Retiro.
Tanto los trabajadores afiliados al ISSSTE como al IMSS tienen derecho a contratar un Seguro de Sobrevivencia con cargo al saldo de su cuenta individual a favor de sus beneficiarios.
Al igual que los trabajadores inscritos al IMSS, los afiliados al ISSSTE tienen derecho a recibir una ayuda por desempleo con cargo a la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez de su cuenta individual.
Al igual que para efectos del Seguro Social, los trabajadores al servicio del Estado deberán tener 65 años de edad y 25 años de cotización reconocidos ante el ISSSTE a efecto de que puedan solicitar y recibir su pensión por vejez.
Los beneficios en dinero y especie proporcionados por el IMSS e ISSSTE a los familiares de sus derechohabientes tras la muerte de éstos son similares, siempre y cuando el fallecido hubiese cotizado 150 semanas en el primer caso y tres años o más en el segundo. Para efectos del IMSS el salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.
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