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Informe Fundamentos De Auditoria Guías De Despacho


Enviado por   •  27 de Febrero de 2014  •  1.856 Palabras (8 Páginas)  •  596 Visitas

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INDICE

> Introducción

> Guías de Despacho

> Análisis de problemas que presenta la estructura actual en una empresa que presta servicios de arriendo de Maquinaria Industrial.

> Elementos de control internos necesarios para el correcto funcionamiento de la empresa.

> Manual de procedimientos para el correcto uso de guías de despacho.

> Funciones del personal en relación al uso de las guías de despacho.

> Conclusión

INTRODUCCION

El presente informe tiene por objetivo analizar de qué forma se tiene control sobre las guías de despacho relacionadas con la construcción. Indicando que elementos de control se deberían aplicar para el adecuado funcionamiento y registro de los documentos.

Para lograr el objetivo final será necesario construir un manual de procedimientos, señalando la forma más adecuada en que se podría llevar a cabo el manejo de estos documentos en la organización, y delimitando funciones del personal relacionados en el proceso. También se definirá lo que es una guía de despacho. Y su importancia en el proceso de una compra y venta.

Guía de despacho

Es el documento que acompaña las mercaderías en el trayecto que existe entre su lugar de venta y el domicilio de quien la adquiere, la emisión obliga en postergar el otorgamiento de la factura y cuando se trasladen bienes que no importan venta.

La guía de despacho no tienen indicación de impuesto por lo tanto no se registra en el libro de ventas o compras, y sirve sólo para verificar la existencia de mercaderías en una empresa cuando se efectúa el inventario, por lo general, la guía de despacho la recepciona el bodeguero de la empresa.

QUE DEBE CONTENER ➢ Nombre y dirección del vendedor. ➢ Numero de RUT del vendedor. ➢ Giro de negocio. ➢ Nombre y Dirección del comprador. ➢ Dirección, es decir, lugar de entrega. ➢ Fecha de envió. ➢ Fecha de entrega. ➢ Detalle completo de la mercadería que se traslada, con indicaciones de unidades, peso, el nombre y las características de la mercadería.

CARACTERÍSTICAS DE LA GUÍA DE DESPACHO

➢ Sirven de testigo y guía para confeccionar las facturas. ➢ Deben estar timbradas con el sello oficial, por el Servicio de Impuestos internos, antes de ser enviadas. ➢ Una guía de despacho puede convertirse en factura siempre y cuando se realice el desglose del IVA, precio neto y total. ➢ En los trabajadores de bienes para su reparación de un lugar a otro del mismo emisor que no importen ➢ venta podrá omitirse el valor unitario, conocer en forma clara y detallada el motivo.

La guía de despacho que debe ser emitida por el vendedor, en el momento de la entrega real o simbólica de las especies, debe cumplir con los requisitos contenidos en el artículo 70, del Decreto Supremo N° 55 de Hacienda, de 1977, y que a continuación se detallan:

1) Contener la fecha, la cual debe corresponder a la del envío de las especies al comprador o del retiro por éste, sin perjuicio del plazo prudencial que transcurra desde el envío o retiro de dichas especies hasta su destino, el cual deberá ser considerado por el Servicio de Impuestos Internos al requerir la guía, según la naturaleza o características del traslado.

2) Contener nombre, dirección y número de Rut del vendedor y del comprador;

3) Deben ser numeradas correlativamente, contener el detalle y precio unitario de las especies enviadas o retiradas y ser timbradas por el SII.

4) Deberá extenderse en cuadruplicado. El original y segunda copia se entregarán al comprador, quien adherirá el original a la factura que posteriormente reciba.

5) El vendedor deberá conservar los duplicados de las guías durante seis años, con indicación del número de la correspondiente factura.

El plazo para facturar una guía de despacho es hasta el decimo día del mes siguiente de efectuadas las operaciones, siempre que se señale como período tributario el que corresponda a la realización de dichas operaciones, según lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Una Guía de Despacho debe emitirse en forma obligatoria cuando se haya optado por postergar el otorgamiento de la factura y cuando se trasladen bienes, independiente de que constituyan o no venta, la que deberá cumplir con los requisitos y características que dispone el Artículo Nº 55 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, en concordancia con el artículo 70 del Reglamento de la Ley Sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Debe emitirse en cuadruplicado, debiendo el original y el triplicado acompañar a los bienes corporales muebles que se trasladan con motivo de una venta, de una convención asimilada a venta, de una prestación de servicios o por causas que no importen ventas.

El duplicado deberá conservarlo en su poder el emisor, con la idea de proceder, posteriormente, a la facturación de la operación, cuando corresponda. Debe cumplir con los mismos requisitos señalados para las facturas. Igualmente, deberá indicarse el nombre completo del prestador de servicio y receptor de los bienes remitidos, cuando se trate de convenciones que no constituyen venta, además del resto de los antecedentes legales exigidos. Al mismo tiempo, deberá entregarse el detalle completo de las especies que se trasladan, con indicación de las unidades, peso o volumen, nombre y características de las especies y valor unitario.

En los traslados de bienes corporales muebles que correspondan a envíos que efectúen los "vendedores" a consignatarios, comisionistas o martilleros, cuando no importen ventas, será obligatorio para los mandantes consignar en las Guías de Despacho un precio unitario de las especies, aproximado al valor real de los bienes de que se trate. Pueden totalizarse, pero no indicar separadamente el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

En los otros traslados que no importen venta, podrá omitirse el valor unitario, pero habrá de consignarse en forma

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