Inicio De La Vida Fecundacion Y Concepcion
Enviado por stefhanny • 8 de Enero de 2014 • 1.881 Palabras (8 Páginas) • 609 Visitas
UNIVERSIDAD ANDINA
DEL CUSCO
FACULTAD: DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA.
DOCENTE: LIC. NÉSTOR AVENDAÑO U.
CURSO: CIVIL 1 Y DERECHO DE LAS PERSONAS.
TEMA: MONOGRAFÍA SOBRE EL INICIO DE LA VIDA, FECUNDACIÓN Y CONCEPCIÓN.
ALUMNA: GABRIELA FLOREZ CUSSI.
CUSCO – PERÚ
ÍNDICE
1. CLASIFICACIÓN O ETAPAS DE VIDA DEL SER HUMANO…………….2
2. EL INICIO DE LA VIDA……………………………………………..…………. 3
3. FECUNDACIÓN………………………………………………….………………6
4. CONCEBIDO………………………………………………………………………7
5. CONCEPTURUS…………………………………..……………………………9
6. LA PERSONA……………………………………..……………………………10
CLASIFICACIÓN O ETAPAS DE VIDA DEL SER HUMANO
La vida del ser humano podemos clasificarla en dos etapas; la primera es aquella donde éste ser humano ha sido concebido, pero aún no ha nacido, es decir que está en el vientre de la madre, o como dice la teoría de la portiomulieris del derecho romano, en la cual el concebido era considerado con un órgano, parte o porción de la madre.
La segunda es de cuando un ser humano tiene vida y por eso sería sujeto de derechos, este tema es controversial siempre dispuesto como tema de debate, porque, según avanza la ciencia, las variables sobre el inicio de vida van cambiando.
Los avances científicos han logrado varios criterios y a la vez un poco confusos, pero estos avances científicos dicen que no toda unión de gametos es decir el esperma más el óvulo produce la fecundación. Que esta fecundación no es simplemente unión de los gametos, sino es necesario que la unión produzca vida humana.
Que dos gametos se junten no significa necesariamente la existencia de vida humana puede haber de gametos, pero estos aún no constituyen o conforman al ser humano y por lo tanto no existirían derechos.
Por otro lado, la clasificación clásica del ser humano es como sujeto de derecho :
• No nacido -pero que aunque existe no tiene vida propia, por si mismo, depende de a existencia de otro ser que es la madre
• Nacido - fecundado y como persona natural.
EL INICIO DE LA VIDA
Está científicamente comprobado que la vida humana comienza desde la concepción. Desde el momento en que el ovulo es fecundado por el espermatozoide a esto nace un ser distinto de la madre y del padre, con capacidad de desarrollarse por sí mismo.
El proceso de gestación es gradual, continuo y de coherencia interna, en cuanto conduce necesariamente al nacimiento. De allí que ninguna etapa del desarrollo pueda separarse de las demás y contar con autonomía suficiente como para atribuirle el carácter de iniciador de la vida humana. Todos ellos son de resultado de la anterior y como tales presentan un único punto de partida:
• la concepción.
Así que la definición del inicio de la vida se considerara con la noción jurídica de persona como una herramienta en manos del legislador para acomodarla en función de ciertos intereses, tendríamos que tomar en cuenta que la cuestión del inicio de la vida en un código civil excede en mucho el problema de la crio preservación de hecho, hoy la experimentación sobre embriones humanos para la obtención de células estaminales es uno de los grandes problemas jurídicos, que a su vez involucra otros temas como el patentamiento de esas biotecnologías.
Establecer el inicio de la vida en un momento distinto al de la concepción presenta las siguientes consecuencias:
permite la manipulación genética de embriones
Admite la realización de las técnicas de reproducción humana asistida
Permite la experimentación sobre embriones humanos para la obtención de células estaminales
Autoriza aborto de embriones humanos
Crea mercados de gametos e incluso de embriones, con la cosificación de la persona y la inaceptable comercialización del cuerpo humano.
La embriología describe el momento de del gran inicio de la vida humana en la concepción. A partir de la unión del gameto femenino y masculino se inicia la vida humana, totalmente presente y capaz de dirigir su desarrollo hasta el momento de su muerte.
Este dato científico no puede ser desconocido por las leyes, las cuales han de legislar en base a la realidad biológica y ontológica descripta, sin hacer distinciones donde la naturaleza no las hace.
Es cierto que hasta hace algunos años no todas las vidas humanas eran respetadas. Así, algunos países negaron a ciertos grupos de personas como el color de piel o la religión a la que pertenecían.
JUAN ESPINOZA ESPINOZA, sostiene que hay dos criterios para determinar el inicio de la vida humana, a saber:
El de la individualización
El de la concepción
Por lo tanto se afirma que la vida humana es un proceso que comienza con la concepción como mencione antes, para determinar esto es muy necesario delimitar el punto de quiebre que fijara el carácter de licitud de las prácticas de experimentación y crioconservasión.
Para entender dónde empieza la vida veremos algunos ejemplos:
La ley alemana:
protege los embriones y el punto de quiebre es la fusión nuclear :
Considera embrión al ovulo ya fecundado y capaz de desarrollarse a partir de la fusión nuclear.
Las primeras 24 horas siguientes a la fusión nuclear se consideraran susceptibles.
Son células reproductoras desde el ovulo fecundado hasta los óvulos y los espermatozoides del individuo humano.
La pretendida validez del concepto de pre – embrión:
Entre varias opiniones sobre el inicio de la vida, hay que ver si es válido el concepto de pre – embrión:
Como entidad humana antes de los 14 días de vida, en este término no se ha producido la implantación en la pared uterina ni ha aparecido el tubo neural.
Como situación del cigoto en sus estadios primitivos en contraposición con el embrión
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