Institución Judicial En La República Dominicana
Enviado por nadiarodriguez • 14 de Diciembre de 2011 • 5.442 Palabras (22 Páginas) • 728 Visitas
Introducción
El Sistema Judicial en la República Dominicana, se ha creado específicamente gracias a la Constitución del 6 de noviembre de 1844, proclamada tras la Independencia de la República el 27 de febrero de 1844 y la Ley Orgánica de los Tribunales el 10 de junio de 1845 estableciendo así los órganos del Poder Judicial tales como: Suprema Corte de Justicia, un Tribunal de Apelación para toda la República, Justicia mayores en cada Provincia y Alcaldes Constitucionales.
El Derecho Dominicano, es un conjunto de normas que constituyen el ordenamiento jurídico vigente en la República Dominicana. La sociedad dominicana está representada por un Estado Democrático Repúblicano y Presidencialista en donde están consagrados los tres poderes del estado.
Institución Judicial
Finalidad de la Justicia
En sentido amplio, el justo es el hombre bueno; así usa la palabra la literatura antigua, por ejemplo Platón y la Biblia. En sentido estricto, la justicia es una de las cuatro virtudes cardinales. Se la define como «hábito moral, que inclina a la voluntad a dar a cada cual lo que es suyo». Luego la justicia regula la satisfacción de deberes y derechos. A su vez la “regla” para medir éstos no siempre es la ley de un Estado, lo es también la ley moral natural y, en gran medida, las normas sociales y costumbres.
“Lo suyo” es el objeto de la justicia, en sentido objetivo. No se trata de los deseos, opciones o pretensiones de otros, sino de lo que realmente les pertenece. Por eso la justicia supone el derecho en sentido objetivo, esto es, la existencia de otra persona y sus propiedades. De ahí que sólo metafóricamente quepa la justicia para consigo mismo; en propiedad, la justicia es virtud social.
La justicia y su contrario sólo se dan en las relaciones sociales. A diferencia de las otras virtudes cardinales, sólo con otros se puede ser justo o injusto. De ahí derivan tres características de la acción justa: alteridad, igualdad y deuda. Sólo se obra justamente con relación a otro (alteridad), con quien hay sociedad (igualdad) y a quien es debido algo (deuda).
Alteridad, igualdad y deuda
El concepto de alteridad significa una relación entre dos términos realmente distintos. Pueden ser individuos o “personas morales”. (Se llama “persona moral” o “jurídica” a una entidad capaz de derechos, como las asociaciones, corporaciones, fundaciones, etc.).
La igualdad es la esencia de la justicia. Ésta consiste en lo igual, entre seres iguales. Por eso no cabe relación de justicia, ni de injusticia, con individuos de especies inferiores.
La justicia, referida al medio ambiente o a las especies animales y vegetales, debe entenderse como justicia en relación a otros seres humanos, que tienen y tendrán derecho al medio ambiente y al patrimonio biológico. La pretensión de los llamados “Derechos de los animales”, que el bioeticista australiano Peter Singer propugna, contradice este concepto. Singer pretende modificar la definición de “persona”, según él es persona cualquiera capaz de experimentar placer y dolor, sano, adulto y consciente. Ahora bien, este “nuevo” concepto de persona excluye a muchos humanos (fetos, neonatos, deficientes, malformados, enfermos en coma, etc.), al tiempo que incluye a la mayor parte de mamíferos y aves adultos. Se trata de una noción que está muy lejos de ser tomada en serio por la humanidad en conjunto y que, a mi parecer, sólo se explica por el extremo relativismo de la cultura occidental, dominada por valores económicos y mercantiles, que ponen grandes expectativas en la experimentación farmacológica.
La deuda, supuesta por la justicia, es una deuda pagable, de modo que una vez satisfecha deja de existir y la relación cesa. Pero existen deudas impagables, cuya relación no es de justicia, sino de reconocimiento y gratitud.
El modelo de deuda impagable es la filiación. Se es hijo para siempre, aunque los padres hayan fallecido. El amor, respeto y veneración a los padres es un auténtico deber, que no se salda jamás, como quien paga una deuda. La virtud correspondiente recibe el nombre de piedad. La piedad es la virtud que tributa el reconocimiento y amor debido a quien nos ha dado el ser; por eso, a la piedad filial se suele añadir el amor a la patria y la virtud natural de la religión.
Organización General
El Poder Judicial de la República Dominicana
El Poder Judicial de la Dominicana se ejerce por medio de la Suprema Corte de Justicia y por los demás tribunales del orden judicial, creados por la Constitución y las leyes.
La Suprema Corte de Justicia goza de autonomía administrativa y presupuestaria y está compuesta por 16 jueces designados por el Consejo Nacional de la Magistratura, incluidos su presidente, primer y segundo sustitutos.
El Poder Judicial, cumple la función que constitucionalmente corresponde al Estado, de garantizar por medio de esos órganos especiales llamados tribunales, la protección del Derecho Sustantivo. Por medio de la sentencia judicial se aplica la regla del Derecho Sustantivo a un caso particular (litigio) para asegurar el cumplimiento del Derecho.
La jurisdicción judicial se divide en Civil, que incluye los asuntos comerciales y en Jurisdicción Penal o representativa del Estado.
Entre nosotros, la jurisdicción goza de una verdadera unidad. Así, la jurisdicción civil incluye por extensión la comercial y la jurisdicción penal, que es conferida conjuntamente, a los mismos tribunales.
Esta unidad de jurisdicción judicial, tiene como fundamento la identidad o igualdad de las funciones atribuidas a las tres jurisdicciones.
Los tribunales de justicia dominicanos, han sido organizados por nuestra Constitución política que corresponde a las necesidades judiciales de la República, de acuerdo con su división territorial.
La Constitución vigente del año 2010 establece que el Poder Judicial se ejerce por la Suprema Corte de Justicia y por los demás tribunales creados por la Constitución y las leyes.
¿Que es el Poder Judicial?
El Poder Judicial es, de acuerdo a la Constitución y las leyes, la institución encargada de administrar justicia, a través de sus órganos especiales y jerárquicos llamados tribunales. Su función es asegurar el amparo, protección o tutela de los derechos que se hallan establecidos en las normas o leyes. El conjunto de todos estos tribunales constituye el Poder Judicial.
El sistema de justicia define un sector complejo, con instituciones pertenecientes a los tres poderes tradicionales del Estado, cuyo trabajo
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