Codigo Civil Republica Dominicana
Enviado por negrita52 • 27 de Noviembre de 2012 • 4.627 Palabras (19 Páginas) • 621 Visitas
Selección de Definiciones de Deontologia Juridica
1.- Autoritarismo.
Autoritarismo es, en términos generales, una modalidad del ejercicio de la autoridad en las relaciones sociales, por parte de alguno o algunos de sus miembros, en la cual se extreman la ausencia de consenso, originando un orden social opresivo y carente de libertad para otra parte de los miembros del grupo social.
En ciencia política el autoritarismo se refiere a "la doctrina política que aboga por el principio del gobierno absoluto:absolutismo, autocracia, despotismo, dictadura, totalitarismo."1El término se utiliza para calificar a organizaciones o estadosque pretenden conservar y gestionar el poder político mediante mecanismos que se encuentren en abierta contradicción con la libertad.
En un sentido estrictamente técnico, es la forma política en la que el Estado, es decir, el conjunto de instituciones que ostentan el poder político en una delimitación territorial sobre un conjunto de ciudadanos, se identifica con un partido político, cuya función sería servir de nexo entre el poder político y el ciudadano.
2.- Chicana.
no es otra cosa que una triquiñuela, un enredo, un em-buste, dentro de los procedimientos judiciales con el fin de dilatar, complicar y confundir la administración de justicia.En el concepto público la chicana es la cosa más condenable por losabogados. Por otro lado, varias disposiciones legales, en todo el mundo, pre-scriben sanciones a los abogados chicaneros y condenan la prácti
3.- Conciencia.
a conciencia (del latín conscientia 'conocimiento compartido', pero diferente de consciencia, ser conscientes de ello) se define en general como el conocimiento que un ser tiene de sí mismo y de su entorno1, se refiere a la moral o bien a la recepción normal de los estímulos del interior y el exterior.Conscientĭa significa, literalmente, «con conocimiento»
Conciencia se refiere al saber de sí mismo, al conocimiento que el espíritu humano tiene de su propia existencia, estados o actos. Conciencia se aplica a lo ético, a los juicios sobre el bien y el mal de nuestras acciones. Una persona cloroformizada recobra la conciencia al cesar los efectos del anestésico. Una persona "de conciencia recta" no comete actos socialmente reprobables.
4.- Conducta.
onducta está relacionada a la modalidad que tiene una persona para comportarse en diversos ámbitos de su vida.
Esto quiere decir que el término puede emplearse como sinónimo de comportamiento, ya que se refiere a las acciones que desarrolla un sujeto frente a los estímulos que recibe y a los vínculos que establece con su entorno.
Generalmente, se entiende por conducta la respuesta del organismo considerado como un todo: apretar una palanca, mantener una conversación, proferir enunciados, resolver un problema, atender a una explicación, realizar un contacto sexual; es decir, respuestas al medio en las que intervienen varias partes del organismo y que adquieren unidad y sentido por su inclusión en un fin.
5.- Control Emocional.
las emociones sirven para establecer nuestra posición con respecto a nuestro entorno, y nos impulsan hacia ciertas personas, objetos, acciones, ideas y nos alejan de otros. Las emociones actúan también como depósito de influencias innatas y aprendidas, y poseen ciertas características invariables y otras que muestran cierta variación entre individuos, grupos y culturas
6.- Control Interno en la Administración Pública.
El Control Interno Administrativo es el conjunto de principios, fundamentos, reglas, acciones, mecanismos, instrumentos y procedimientos que ordenados entre sí y unidos a las personas que conforman una organización pública, se constituyen en un medio para lograr el cumplimiento de su función administrativa, sus objetivos y la finalidad que persigue, generándole capacidad de respuesta ante los diferentes públicos o grupos de interés que debe atender.
Son las políticas y procedimientos (controles internos) adoptados por una Entidad y orientados al logro de los objetivos institucionales, a fin de asegurar que funcione de manera ordenada y eficiente, incluyendo la adhesión a las políticas de administración, la salvaguarda de activos, la prevención y detección de fraude y error, la precisión e integridad de los registros contables y la oportuna preparación de información financiera confiable. El Sistema de Control Interno se extiende más allá de los asuntos relacionados directamente con las funciones del sistema de contabilidad.
7.- Corrupción
orrupción es la acción y efecto de corromper (depravar, echar a perder, sobornar
alguien, pervertir, dañar)
La corrupción, por lo tanto, puede tratarse de una depravación moral o simbólica.
la corrupción es la práctica que consiste en hacer abuso de poder, de funciones o de medios para sacar un provecho económico o de otra índole. Se entiende como corrupción política al mal uso del poder público para obtener una ventaja ilegítima:
l tráfico de influencias, el soborno, la extorsión y el fraude son algunas de las prácticas de corrupción, que se ven reflejadas en acciones como entregar dinero a un funcionario público para ganar una licitación o pagar una dádiva o coima para evitar una clausura.
A la corrupción se encadenan otros delitos, ya que el corrupto suele incurrir en la práctica para permitir o solicitar algo ilegal.
9.- Cohecho
El cohecho es un delito que consiste en que una autoridad o funcionario público acepte o solicite un soborno a cambio de ejecutar un acto injusto, ya sea este último constitutivo o no de delito
Dicha actuación es una manifestación de un abuso de autoridad y es delictiva. Está condenada por el Derecho penal, que busca la protección tanto del ciudadano como de la propia Administración. Además, es un delito independiente, lo cual implica que si como contraprestación al soborno el funcionario comete un acto delictivo, se le condenaría por ambos
Pero el cohecho no lo comete únicamente el funcionario, sino también aquel que ofrece el soborno
10.- Delito
El delito, en sentido dogmático, es definido como una conducta, acción u omisión típica (descrita por la ley), antijurídica (contraria a Derecho) y culpable a la que corresponde una sanción denominada pena con condiciones objetivas de punibilidad. Supone una conducta infraccional del Derecho penal, es decir, una acción u omisión tipificada y penada por la ley.
En sentido legal,
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