Interes Publico
Enviado por cateluis • 4 de Marzo de 2013 • 606 Palabras (3 Páginas) • 611 Visitas
Interés público
En el Diccionario jurídico mexicano, del Instituto de Investigaciones Jurídicas nos dice que:
El interés público es: El conjunto de pretensiones relacionadas con las necesidades colectivas de los miembros de una comunidad y protegidas mediante la intervención directa y permanente del Estado.
Este término está compuesto por dos palabras: “interés” y “publico”, por lo que debe de analizarse cada una de las palabras.
Recordemos que interés se refiere al valor o importancia que tiene una cosa para una persona o grupo de personas, lo que implica una estimación valorativa, un provecho, conveniencia o necesidad, ya sea moral o material. CUANDO YA LO TOMA LA AUTORIDAD.
LAS NORMAS POR EJEMPLO DE ABORTO
EL REGLAMENTO DE LA UDG, NO ES LO MISMO QUE EL DE LA AUTONOMA.
Lo público es todo aquello que es o pertenece al pueblo o a las personas en general, pero que no es de titularidad individual.
El interés público, como concepto genérico, se concreta y especifica cuando la Administración actúa en el campo de sus potestades, de manera que toda actuación administrativa tiene un fin, como uno de sus elementos objetivos, que supone la concreción del interés público o general. Lo anterior está plasmado en la Constitución Española cuando declara que «la Administración pública sirve con objetividad los intereses generales».
Orden público
El ‘orden público’ es lo que los griegos llaman una ‘Hendiadys’: un conjunto de palabras que, unidas, significan algo distinto a su significado individual. No solo eso, es un concepto que ha probado ser difícil y problemático en diversas jurisdicciones.
LO QUE ES ‘ORDEN PÚBLICO’
1. Concepto tradicional
En general, por orden público se entiende ‘las nociones más básicas de moralidad y de justicia de un sistema jurídico’. La definición no es académica.
2. Orden público internacional
Existe una corriente de opinión que distingue entre ‘orden público local’ y ‘orden público internacional’. el orden público local versa sobre las nociones más básicas de moralidad y de justicia de una jurisdicción determinada, el orden público internacional es aquél aceptado como tal por la comunidad internacional.
3. Orden público intertemporal
El dinamismo del |orden público hace no solo posible sino probable que varíe en el tiempo. Lo que es orden público en un momento, puede dejar de serlo en otro. Y viceversa.
Lo que no es:
No son normas imperativas.
Como es sabido, el derecho contractual está diseñado para
Contener dos tipos de normas: las dispositivas y las imperativas. Mientras que las primeras admiten pacto en contrario, las segundas no. Constituyen un límite a la libertad contractual. Las primeras son derecho supletorio (ius
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