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Intestamentario


Enviado por   •  19 de Marzo de 2015  •  1.171 Palabras (5 Páginas)  •  241 Visitas

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JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO A

BIENES DE EUSTOLIA HERNANDEZ RODRIGUEZ

I N I C I A L.-

C. JUEZ CIVIL Y FAMILIAR EN TURNO

DISTRITO JUDICIAL DE APAN, HGO.

P R E S E N T E .

DEMETRIO LOPEZ ATANASIO, MARIA DE LOS ANGELES, JOSE LUIS, MA. SILVIA, ARTURO, SONIA, Y ARMANDO TODOS DE APELLIDOS LOPEZ HERNANDEZ, EL PRIMERO DE LOS MENCIONADOS EN MI CARÁCTER DE CÓNYUGE SUPÉRSTITE Y LOS SEGUNDOS CON EL CARÁCTER DE HIJOS DEL DE CUJUS, POR NUESTRO PROPIO DERECHO, SEÑALANDO COMO DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, EL UBICADO EN CALLE PRIVADA DE GUILLERMO PRIETO, NÚMERO 19, EN ESTA CIUDAD, AUTORIZANDO PARA TAL EFECTO A LOS LICENCIADOS EDUARDO CASTILLO VALENZUELA., ROBERTO GUILLERMO JUÁREZ APUD Y/O ALBERTO LÓPEZ VARGAS A LA ESTUDIANTE DE DERECHO MA. ESTHER ORTEGA ISLAS CON EL DEBIDO RESPETO COMPARECEMOS ANTE USTED PARA EXPONER:

MEDIANTE EL PRESENTE ESCRITO VENIMOS A DENUNCIAR LA MUERTE SIN TESTAR DE LA SEÑORA EUSTOLIA HERNANDEZ RODRIGUEZ, BASÁNDONOS PARA ELLO EN LOS SIGUIENTES HECHOS Y CONSIDERACIONES DE DERECHO.

H E C H O S

1.- CON FECHA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 DOS MIL OCHO, FALLECIÓ LA SEÑORA EUSTOLIA HERNANDEZ RODRIGUEZ, TAL COMO QUEDA ACREDITADO MEDIANTE LA COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE DEFUNCIÓN EXPEDIDA POR EL C. OFICIAL DEL REGISTRO DEL ESTADO FAMILIAR DEL MUNICIPIO DE TEPEAPULCO, HIDALGO, ACTA NÚMERO 00038 DEL LIBRO NUMERO 1 UNO DE LA OFICIALIA 01 UNO, DE FECHA 20 DE FEBRERO DEL 2007, DOCUMENTO QUE AGREGAMOS A ESTA INSTANCIA.

2.- EN VIDA DE LA AUTORA DE LA SUCESION LA SEÑORA EUSTOLIA HERNANDEZ RODRIGUEZ, SE ENCONTRABA CIVILMENTE CASADO BAJO EL RÉGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL, CON EL SEÑOR DEMETRIO LOPEZ ATANASIO, TAL Y COMO SE ACREDITA CON LA COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE MATRIMONIO QUE A ESTA INSTANCIA SE ACOMPAÑA.

3.- EN EL TIEMPO QUE ESTUVIMOS CASADOS, PROCREAMOS A SEIS HIJOS QUIENES LLEVAN POR NOMBRES MARIA DE LOS ANGELES, JOSE LUIS, MA. SILVIA, ARTURO, SONIA, Y ARMANDO TODOS DE APELLIDOS LOPEZ HERNANDEZ, TAL Y COMO SE ACREDITA CON LAS COPIAS CERTIFICADAS DE NUESTROS ATESTADOS DE NACIMIENTO QUE A ESTA INSTANCIA SE ACOMPAÑAN.

4.- AL FALLECER LA SEÑORA EUSTOLIA HERNANDEZ RODRIGUEZ, NO DEJO OTORGADO TESTAMENTO ALGUNO COMO SE DEMOSTRARA EN SU MOMENTO PROCESAL OPORTUNO, ES POR ELLO QUE INTENTAMOS LA PRESENTE VÍA, Y AL SER LOS PROMOVENTES CÓNYUGE SUPÉRSTITE E HIJOS RESPECTIVAMENTE CON PLENA CAPACIDAD PARA HEREDAR NO EXISTE MOTIVO ALGUNO QUE NOS PRIVE DE TAL DERECHO.

5.- MANIFESTAMOS A SU SEÑORÍA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE NO EXISTEN PERSONA ALGUNA CON IGUAL O MEJOR DERECHO A HEREDAR QUE MIS HIJOS Y LA COMPARECIENTE.

6.- LOS SUSCRITOS JOSE LUIS, ARTURO, MARIA DE LOS ANGELES Y SONIA TODOS DE APELLIDOS LOPEZ HERNANDEZ, DESDE ESTE MOMENTO, VENIMOS EN TÉRMINOS DEL ARTICULO 1634 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO, A REPUDIAR LOS DERECHOS QUE NOS PUDIERAN

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