PROCEDIMIENTO ESPECIAL INTESTAMENTARIO
Enviado por vero1970 • 26 de Marzo de 2015 • 397 Palabras (2 Páginas) • 445 Visitas
BLANCA GONZALEZ GARCIA
ROSA MARIA GONZALEZ GARCIA
ROMANA GONZALEZ GARCIA
RICARDO GONZALEZ GARCIA
JOSE GONZALEZ GARCIA
JUICIO: PROCEDIMIENTO
ESPECIAL INTESTAMENTARIO
EXPEDIENTE:
SECRETARIA:
C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO
EN EL DISTRITO FEDERAL
PRESENTE
BLANCA GONZALEZ GARCIA, ROSA MARIA GONZALEZ GARCIA, ROMANA GONZALEZ GARCIA, RICARDO GONZALEZ GARCIA y JOSE GONZALEZ GARCIA, por nuestro propio derecho y en nuestro carácter de hijos de los finados RICARDO GONZALEZ ORTIZ y LOURDES GARCIA PATLAN, y señalando como domicilio para oir y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en Avenida Circunvalacion numero 41, Colonia Ampliacion 20 de Noviembre, Delegacion V enustiano Carranza, Distrito Federal, C.P. 15260, y autorizando para que las oigan, reciban documentos y se impongan en autos, a los C.C. Licenciados en Derecho VERONICA FABIOLA RAMIREZ SOSA con cedula profesional numero 4214967, MARIO ALFARO RESENDIZ con cedula profesional número 2797481 y JESUS TORRES HERNANDEZ con cedula profesional número 4077561, expedidas por la Secretaria de Educación Publica a través de la Dirección General de Profesiones, quienes podrán actuar de manera conjunta o separada, ante Usted con el debido respeto comparecemos para exponer:
Que mediante el presente escrito venimos a denunciar el intestado de nuestros finados padres RICARDO GONZALEZ ORTIZ y LOURDES GARCIA PATLAN.
Se funda la presente en los siguientes hechos y consideraciones de derecho.
HECHOS
I.- Según se acredita con copia certificada de las actas de defunción que se anexan a este ocurso, nuestros padres , Señor RICARDO GONZALEZ ORTIZ y la Señora LOURDES GARCIA PATLAN, fallecidos en esta ciudad de México, Distrito Federal el día 02 de marzo de 2006, respectivamente.
II.- El ultimo domicilio de los de cujus estuvo ubicado en Avenida Circunvalación número 41, Colonia Ampliación 20 de Noviembre, Delegacion V enustiano Carranza, Distrito Federal, C.P. 15260, según aparece asentado en las mencionadas actas de defunción que se anexan al presente escrito,
III.- Los hoy finados no otorgaron disposición testamentaria alguna, segun se comprobará mediante los oficios que se girarán a las dependencias correspondientes, esto con el objeto de verificar lo dicho.
IV.- Los suscritos tenemos el carácter DE HIJOS de los hoy finados, tal y como se justifica con las copias certificadas de las actas de nacimiento que se anexan y con las cuales se comprueba la relación con los de cujus y también la mayoría de edad de los suscritos.
V.- Los suscritos tenemos el carácter de únicos herederos respecto de los autores de la sucesión.
...