Introduccion al derecho jurídico
Enviado por konstanzachacana • 6 de Agosto de 2018 • Resumen • 3.422 Palabras (14 Páginas) • 155 Visitas
Normas y actos jurídicos
Normas: Prescripciones de conducta. Surgen para mantener el orden. Tienen por función evitar o resolver conflictos y proveer de ciertos medios para hacer posible la cooperación social.
- Normas se deben ajustar al ordenamiento
- La discriminación está prohibida si es arbitraria
A) Particularidades de las normas jurídicas (Características)
- Finalidad: Mantener el orden y la paz social.
- Imperatividad: Se nos imponen, no estamos en condiciones de decidir si las acatamos o no, en ese sentido son un mandato.
- Heteronomía: Se nos imponen desde una voluntad exterior, no surgen desde nosotros como normas.
- Alteridad o Bilateralidad: Rige la conducta de los seres imperados no de manera individual, sino en relación con los otros en su dimensión social.
- Abstractas: No se refieren a casos concretos, sino a casos tipo. Hipótesis abstracta, se concreta cuando se produce la situación que señala la norma.
- Generalidad: Se aplica a todos y todas quienes se encuentren en la situación que prevé.
- Coercibilidad: La posibilidad cierta de hacerlas cumplir por la fuerza cuando el o los sujetos imperados se resisten a ella.
- Carácter Estatal: Normas jurídicas emanan de un órgano del Estado.
B) Clasificación de las normas jurídicas
- Según si pueden ser sustituidas o no por las personas a quienes rigen:
* Normas de orden público: Envuelven predominantemente un interés colectivo, por lo que la relación jurídica a la que se refieren no pueden ser alteradas por la voluntad de las partes.
*Normas de orden privado: Las partes, en sus relaciones, pueden modificar o sustituir enteramente por otras normas elaboradas por ellas mismas, pues envuelven interés exclusivamente para los sujetos de la relación.
- Según sean dictadas para una totalidad o determinada clase de personas, cosas o relaciones jurídicas.
*Normas de derecho común: Dictadas para la totalidad de cosas, personas o relaciones jurídicas, por ejemplo, el Derecho Civíl.
*Normas de derecho especial: Dictadas para una determinada clase de personas, cosas o relaciones jurídicas, en razón de ofrecer peculiaridades que exigen apartarla de la disciplina general de las normas comunes. Ej. Derecho Comercial. - Según el mandato que contengan
*Normas imperativas: Son las que mandan a hacer algo.
*Normas prohibitivas: Son normas que ordenan a no hacer algo.
*Normas permisivas: Permiten hacer o no hacer algo. - Según su función
*Normas superlativas o integradoras: Suplen los vacíos del contenido de las declaraciones de la voluntad de las partes o autores de un acto jurídico.
*Normas interpretativas o explicativas: Sirven de reglas para la interpretación de las normas jurídicas o de los actos jurídicos - Según el tiempo de duración de las normas
*Normas permanentes: Las que no tienen predeterminada su vigencia, por que se establecen para llenar necesidades permanentes y, por ende, rigen hasta que otra norma posterior no las prive de vigencia mediante la derogación.
*Normas transitorias: Son las que tienen duración puramente temporal, ya sea para satisfacer una necesidad circunstancial o para facilitar el paso de la antigua legislación a la nueva. - Según su alcance
*Normas de derecho general o común: Son las que rigen en todo el territorio
*Normas de derecho particular o local: Son las que imperan solo en una parte determinada del territorio nacional - Según su sanción
*Normas perfectas: Dotadas de una sanción. Más bien, posee un acto y una sanción.
*Normas imperfectas: Desprovistas de toda sanción
*Normas menos perfectas: Normas las cuales están desprovistas de un acto y una sanción. Son meramente actos administrativos. - Según su ámbito de aplicación
*Normas rígidas o de derecho estricto: Solo pueden aplicarse a los supuestos que contemplan y no a otros por análogos o parecidos que fueran.
*Normas elásticas o de derecho flexible: Aquellas cuya aplicación puede extenderse a otros casos o supuestos por ellas contempladas, parecidos o análogos porque responden al espíritu de la norma y nada se opone a su aplicación extensiva o analógica, a ambas o, al menos, a la primara.
- Según sus características
*Normas sustantivas o materiales: Tienen una finalidad propia y subsisten por si, fijando la regla de conducta y las facultades y deberes de cada cual.
*Normas adjetivas o formales: Poseen una existencia dependiente y subordinada, pues solo tienden a facilitar los medios para que se cumpla la regla establecida, garantizando el respeto a las facultades y deberes atribuidos por las normas sustitutivas.
Orden jerárquico de las normas
- Normas constitucionales: Conjunto de principios y normas o reglas fundamentales del Estado que fijan las atribuciones de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. Son los más estables ya que su derogación o modificación requieren un quórum más elevado.
- Leyes interpretativas de la constitución: Tienen por objeto determinar el sentido y alcance de un determinado precepto constitucional. Se recurre a ellas para evitar una eventual reforma constitucional.
- Leyes orgánicas constitucionales: Fijan la organización y el funcionamiento de los poderes públicos, de ciertos servicios e institución del mismo carácter y regular otras materias consideradas de especial importancia.
- Leyes de quórum calificado: Leyes sometidas al proceso común de gestación o formación de la ley, pero cuya aprobación, modificación o derogación requiere de un quorum especial.
- Leyes ordinarias: Son las normas restantes que regulan aspectos de la vida social que la constitución define como materia de leyes. Para ser aprobadas, modificadas o derogadas, se requiere de la concurrencia de la mayoría de los diputados y senadores asistentes a la sesión.
- Decretos con fuerza de ley: Son normas dictadas por el Presidente de la República sobre materias propias de la ley, en virtud de una autorización que le confiere el Congreso Nacional para ello, la que no puede exceder de un año y debe expresar las materias sobre las cuales versa la delegación.
- Decretos Leyes: Normas dictadas por el Presidente de la República sobre materias propias de la ley, sin autorización alguna del Congreso Nacional.
- Decretos, reglamentos, ordenanzas e instrucciones: Normas y/o principios los cuales pueden ser creados por entes como municipalidades en el caso de las ordenanzas.B) Sanción
- La pena: Pérdida o menoscabo de derechos personales que el Estado causa al sujeto que ha violado un deber jurídico y se traduce en la suspensión de la libertad por un menor o mayor tiempo.
- Ejecución forzada: Empleo de medios compulsivos contra el o la violadora de la norma, para lograr el mismo resultado que se hubiera obtenido si el o ella la hubiese cumplido espontáneamente.
- Indemnización: Compensación con el cual se repara un daño causado a otro.
Nulidad de los actos jurídicos: Consiste en la ineficacia de los actos cuando no reúne un requisito que exija la ley para su existencia o validez.
Hechos jurídicos
- Hay hechos humanos y hechos de la naturaleza
- Ambos son sucesos
- Ambos pueden tener consecuencias jurídicas o pueden no tenerlas
- Los que producen consecuencias jurídicas se llaman hechos jurídicos.
- Debemos entender que hay derechos jurídicos simples y hechos jurídicos complejos.
- Los hechos jurídicos simples constan de un hecho único, por ejemplo el nacimiento.
- Los hechos jurídicos complejos están formados de varios hechos simples.
- Los hechos jurídicos humanos son los hechos realizados por los hombres y las mujeres, por lo general en forma voluntaria y a los cuales el ordenamiento jurídico atribuye o reconoce consecuencias o efectos jurídicos.
CUADERNO:
Hecho: Acontecimiento que genera un cambio de conducta puede provenir de la naturaleza o de la conducta humana. Ambas pueden ser, con consecuencia jurídica o sin consecuencia jurídica.
Naturales: Lluvia, terremoto
Conducta humana: Nacimiento, entre otros.
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