Investigación Penal
Enviado por leylayan • 11 de Mayo de 2015 • 1.034 Palabras (5 Páginas) • 299 Visitas
Investigación Penal.
El progreso de la criminalidad requiere un trabajo complejo de investigación y actualización de la técnica policial que esté a la par de ese avance, lo que lleva a desarrollar métodos de estudios modernos; es así que surge la Investigación Penal como auxiliar indispensable del derecho penal. El papel que desempeña la observación en la investigación criminalística es fundamental, ya que permite encontrar los indicios o testigos mudos que no mienten, cuyo diligente y adecuado examen hace posible señalar al autor o autores del ilícito penal, así como su reconstrucción. En la escena del crimen se revela la trama del mismo. De igual modo, en la mayoría de los casos existen características e indicios sobre dónde comienza, se desarrolla y finaliza el hecho.
Para una sociedad democrática es tan importante que se sancione al responsable de la comisión de un delito, como el hecho que la comprobación de la responsabilidad penal o la ausencia de ésta, se realice en forma justa que respete los derechos fundamentales del imputado. El término secuestro, etimológicamente hablando, proviene del latín secuestrare que significa “apoderarse de una persona para exigir el rescate, o encerrar a una persona ilegalmente”, otro significado de esta palabra también puede ser “retener indebidamente a una persona o tomar por las armas el mando de un vehículo (avión, barco, etc.) reteniendo a la tripulación y pasajeros, a fin de solicitar como rescate, en ambos casos, una suma de dinero o la concesión de ciertas reivindicaciones.
El secuestro está tipificado en el Código Penal Venezolano, en el encabezamiento del artículo 460, como un delito contra la propiedad. En él una persona es privada de su libertad hasta que cancele una suma de dinero o entregue una prenda. Este es el secuestro clásico. Pero el delito ha ido modificándose con el tiempo para incluir como valor de cambio decisiones de orden político o religioso. Los elementos jurídicos esgrimen que se trata de un delito permanente, es decir, se prolonga por un lapso más o menos largo, que dura a voluntad del sujeto activo. Además, es un delito complejo, porque ofende dos bienes jurídicos: el de la propiedad y el de la libertad; en lo que concierne al bien jurídico de la propiedad, el secuestro propiamente dicho es un delito de peligro. En efecto, para que se consume este delito no es menester que el secuestrador logre su intento, no es preciso que consiga el precio o rescate que ha fijado para restablecer su libertad a la persona secuestrada. En cambio, en lo que toca al bien jurídico de la libertad, es un delito de daño, porque hay una persona efectivamente privada de tal bien jurídico.
Desde el Derecho Romano se hacia la distinción entre hurto y robo, solo en atención a la violencia contra las personas. Esta modalidad es considerada mucho más grave porque se ve en ella, además de una lesión contra la propiedad, un ataque a la persona. Este punto de vista lo sostienen varios penalistas, que señalan al robo, además de su autonomía, la característica
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