Iva En America
Enviado por gaviotandante • 8 de Julio de 2014 • 4.647 Palabras (19 Páginas) • 202 Visitas
IVA
El I.V.A. es el Impuesto al Valor Agregado. Es un impuesto que le paga al Estado cada vez que se compra la mayoría de los productos, y esto es así porque hay determinados bienes y servicios que la ley exime de pagar en alguna o todas las etapas de comercialización. Por ejemplo la edición de libros, los folletos, los diarios, el pan común, la leche sin aditivos, etc. Esto lo dispone el Estado a través de un organismo oficial (A.F.I.P. => Administración Federal de Ingresos Públicos).
Todos los comerciantes y en general todos los trabajadores autónomos (los que trabajan por su cuenta y no en relación de dependencia) tienen asignado un número de C.U.I.T. (clave única de identificación tributaria).
La Base Imponible
es el monto sobre el cual se aplica el porcentaje de impuesto, establecido en la norma legal respectiva, para determinar el gravamen que debe ser pagado. A modo de ejemplo se pueden señalar las siguientes normas legales que se refieren a este tema:
Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, Artículos 14 al 19 que se refieren a la base imponible del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Ley sobre Impuesto a la Renta, Artículos 29 al 33, relativos a la base imponible de este impuesto, para los contribuyentes obligados o puedan llevar, según la Ley, contabilidad fidedigna.
Ley sobre Impuesto de Timbres y Estampillas, Artículos 5 al 8, relativo a las bases imponibles de las operaciones de crédito en dinero y otros actos y contratos.
Hecho imponible.
El hecho imponible, o hecho generador, es el conjunto de circunstancias o de hechos a cuya ocurrencia la ley vincula el conocimiento de la obligación tributaria, y que puede ser un hecho material: pasar mercancías de un país a otro; o un acto jurídico: la celebración de un contrato; el ejercicio de una actividad económica: el comercio, laindustria; o el resultado del ejercicio de esta actividad económica o lucrativa: la obtenciónde una renta.
Definición de hecho imponible según la doctrina. «
Hipótesis legal
condicionantetributaria , que describe hechos ajenos al gusto del Estado , como lo son los impuestos; oser una actividad administrativa , en el caso de las tasas; o en un beneficio derivado de unaactividad o gasto del Estado, en las contribuciones especiales
» .
Es importante aclarar quela hipótesis legal condicionante que denominamos «hecho imponible » debe estar contenidaen la norma, completamente, para así poder conocer con certeza qué tipo de hechos osituaciones generan potenciales obligaciones tributarias, es decir, que el tributo debe estartipificado sustancialmente en la norma.
Definición legal.
Según el Código Orgánico Tributario.
Artículo 36.
El hecho imponible esel presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo y cuya realización origina elnacimiento de la obligación tributaria.
Definición jurisprudencial.
Los hechos imponibles o hechos generadores de los tributos serigen se rigen por las leyes vigentes en el momento u oportunidad en que se producen.Independientemente de la ocasión en que se ejerza la acción fiscalizadora y de que talesleyes hayan sido modificadas o derogadas con posterioridad a la acreencia de los hechosimponibles de que se trate
alícuota
La parte que resulta de dividir una cantidad en un número de partes iguales. Sinónimo de “proporcional”.
debito y crédito
El débito es un término contable que significa un gasto, o el dinero pagado de una cuenta. Para cada cuenta que se carga, a otra se le abona la misma suma. El débito no debe confundirse con la deuda, que es el dinero que pedimos prestado y debemos pagar
El crédito es una operación financiera en la que se pone a nuestra disposición una cantidad de dinero hasta un limite especificado y durante un período de tiempo determinado.
Dentro de la Contabilidad aceptada dentro del (GAAP) Principios Generales Aceptados de Contabilidad, el débito y el crédito se refieren a tipos de cuentas y entradas de cuentas. Entradas del lado izquierdo de una cuenta son débitos (DR), y cuentas con balance del lado izquierdo (de activos y gastos) son cuentas de débito. Entradas del lado derecho de una cuenta son créditos (CR), y son cuentas balanceadas del lado derecho (pasivo, capital, ingresos y utilidad) son cuentas de crédito. Entender lo que son débitos y créditos es algo esencial para la contabilidad y el análisis de las hojas de balance.
Los débitos incrementan las cuentas de débito o decrementan las cuentas de crédito. Por ejemplo, un débito puede mostrar un incremento de activo, a expensas de un incremento en pasivo.
Los créditos incrementan una cuenta de crédito o decrementan una de débito. Por ejemplo, un crédito puede registrar un decremento en un activo, y un aumento en pasivo, o un ingreso o utilidad.
que es exoneraciones
Exoneración: Es la dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria, concedida por el Poder Ejecutivo, en los casos autorizados por la ley.
Es decir, puede ser por 2 años para determinadas áreas y conceptos, donde el Estado requiere beneficiar a ese sector, por un asunto de política fiscal. (Máximo por 5 años según art. 75 COT)
EXONERACIONES DEL ISLR:
Mediante decretos se han otorgado también varias exoneraciones como:
a) Los enriquecimientos obtenidos por las personas naturales y jurídicas domiciliadas o residenciadas en la República Bolivariana de Venezuela, provenientes de los Bonos PDVSA.
b) Las personas naturales y jurídicas domiciliadas en el Estado Vargas. (se exoneran tanto al ISLR como el IVA).
El I.V.A. es el Impuesto al Valor Agregado. Es un impuesto que le paga al Estado cada vez que se compra la mayoría de los productos, y esto es así porque hay determinados bienes y servicios que la ley exime de pagar en alguna o todas las etapas de comercialización. Por ejemplo la edición de libros, los folletos, los diarios, el pan común, la leche sin aditivos, etc. Esto lo dispone el Estado a través de un organismo oficial (A.F.I.P. => Administración Federal de Ingresos Públicos).
Todos los comerciantes y en general todos los trabajadores autónomos (los que trabajan por su cuenta y no en relación de dependencia) tienen asignado un número de C.U.I.T. (clave única de identificación tributaria).
De acuerdo a la ley de I.V.A. los Sujetos que figuran en la misma son:
Responsable Inscripto: son aquellos sujetos que deben presentar mensualmente su Declaración Jurada, ya sea porque se adhiririeron
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