JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. ASUNTO: CONTESTACIÓN DE DEMANDA
Enviado por claus0806 • 10 de Julio de 2018 • Ensayo • 454 Palabras (2 Páginas) • 273 Visitas
ASUNTO: CONTESTACIÓN DE DEMANDA
JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL
MARIA VICTORIA ESCOBAR
VS
ROSA MARÍA ZEPEDA SÁNCHEZ
NÚMERO DE EXPEDIENTE: 272/2018
JUEZ CIVIL DE CUANTIA MENOR
DE ATLACOMULCO, MÉXICO
PRESENTE:
C. ROSA MARÍA ZEPEDA SÁNCHEZ, con la personalidad debidamente acreditada en los autos del expediente al rubro listado con el debido respeto comparezco para exponer:
Que por medio de este escrito, dentro del término a que se me concede y respecto de lo manifestado por mi contraria en el Juicio Principal al Libro listado en su escrito de objeción de documentos me permito precisar lo siguiente.
Que el ocursante en todo momento a tratado de nublar la buena fe del Jugador ya que en su escrito de demanda y posteriores solo ha manifestado lo que a su conveniencia considera prudente tan es así que en un primer momento fue omiso al respecto de precisar en su demanda que la demandada había realizado pagos parciales por diversas cantidades como se precisa en el escrito de contestación de demanda, circunstancia que reconoce al momento de presentar su escrito de objeción de documentos reconociendo tres pagos parciales por las cantidades a que hace referencia lo cual deja claro que en todo momento ha mentido ante este órgano jurisdiccional argumentando hechos falsos los cuales no adminicula con ninguna prueba que soporte sus manifestaciones.
Ahora bien respecto de su solicitud y toda vez que de igual manera es mi derecho solicito se me expidan copias debidamente certificadas del total del expediente al rubro listado lo anterior es así toda vez que son de mi utilidad para efecto de estar en posibilidades de presentar mi denuncia ante las oficinas de la representación social por el delito de falso testimonio(ante autoridad judicial) basado en el hecho de que La descripción típica del ilícito de falsedad ante autoridad, establece como elemento del delito, que la persona obligada legalmente a conducirse con verdad en un acto ante la autoridad, lo haga falsamente u OCULTANDO LA VERDAD, sin que se requiera como idoneidad de aquél, que la declaración falsa afecte al procedimiento en el que se emite.
Consecuentemente, no deben considerarse para su actualización elementos como la trascendencia, el ánimo de afectar, la amenaza para la certeza del juicio y su influencia en la valoración de elementos probatorios al momento de resolver, así como la posibilidad de obtener un beneficio, pues el tipo penal no requiere elemento alguno de finalidad para su configuración; de ahí que deba considerarse instantáneo.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, A USTED CIUDADANO JUEZ, atentamente pido se sirva:
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