JUICIO SUMARIO
Enviado por ariadnegar • 30 de Abril de 2012 • Informe • 958 Palabras (4 Páginas) • 705 Visitas
JUICIO SUMARIO
El notable aumento en el número de asuntos en el Tribunal Federal de Justicia Fiscal Administrativa, ha originado el retraso en la resolución de los juicios de nulidad respecto de los que tienen competencia.
En este sentido, con el afán de atender los principios constitucionales de justicia pronta, rápida, completa y expedita, un primer paso enfocado a la agilización de los asuntos que conoce el Tribunal se dio con la creación de la Sala especializada en materia de propiedad intelectual a lo que siguiendo la reforma publicada en el Diario Oficial de La Federación el día 12 de junio del 2009 mediante la cual se establecen las bases de la próxima realización de los Juicios en Línea.
Mas recientemente, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el día 10 de Diciembre del 2010, diversas reformas en la ley Orgánica Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y a la Ley Federal de Procedimientos Contenciosos Administrativo, dentro de los cuales adquieren especial atención las relacionadas con la instauración del juicio en la vía sumaria.
Al respecto de acuerdo al texto del articulo 58-2 de La Ley Federal de Procedimientos Contenciosos Administrativo,que ala letra dice:
ARTÍCULO 58-2. Cuando se impugnen resoluciones definitivas cuyo importe no exceda de cinco veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al año al momento de su emisión, procederá el Juicio en la vía Sumaria siempre que se trate de alguna de las resoluciones definitivas
siguientes:
I. Las dictadas por autoridades fiscales federales y organismos fiscales autónomos, por las que se
fije en cantidad líquida un crédito fiscal;
II. Las que únicamente impongan multas o sanciones, pecuniaria o restitutoria, por infracción a las normas administrativas federales;
III. Las que exijan el pago de créditos fiscales, cuando el monto de los exigibles no exceda el importe citado;
IV. Las que requieran el pago de una póliza de fianza o de una garantía que hubiere sido otorgada a favor de la Federación, de organismos fiscales autónomos o de otras entidades paraestatales de aquélla, ó
V. Las recaídas a un recurso administrativo, cuando la recurrida sea alguna de las consideradas en los incisos anteriores y el importe de esta última, no exceda el antes señalado. También procederá el Juicio en la vía Sumaria cuando se impugnen resoluciones definitivas que se dicten en violación a una tesis de jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de inconstitucionalidad de Leyes, o a una jurisprudencia del Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Para determinar la cuantía en los casos de los incisos I), III) y V), sólo se considerará el crédito principal sin accesorios ni actualizaciones. Cuando en un mismo acto se contenga más de una resolución de las mencionadas anteriormente no se acumulará el monto de cada una de ellas para efectos de determinar
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