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Juici0 De Amparo Materia Civil


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2013  •  2.408 Palabras (10 Páginas)  •  688 Visitas

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El 6 y 10 de junio de 2011, se publicaron dos importantes reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que impactan directamente en la administración de justicia federal.

La primera de ellas concierne fundamentalmente al juicio de amparo, institución protectora de los derechos fundamentales por excelencia, el cual se ve robustecido al ampliarse la procedencia del amparo respecto de cualquier norma general, al preverse su procedencia por violaciones a los derechos humanos plasmados en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte; con la introducción de figuras como el amparo adhesivo y los intereses legítimos individual y colectivo; la adopción de nuevos conceptos en torno a la violación de derechos por omisión de las autoridades; la declaratoria general de inconstitucionalidad cuyos alcances y condiciones se determinarán en la ley reglamentaria; la creación de los Plenos de Circuito; y una nueva forma de integrar jurisprudencia “por sustitución”; entre otras.

La segunda, en íntima relación con la anterior, evidencia el reconocimiento de la progresividad de los derechos humanos, mediante la expresión clara del principio pro persona como rector de la interpretación y aplicación de las normas jurídicas, en aquellas que favorezcan y brinden mayor protección a las personas. Así, la ampliación de los derechos que significa la concreción de algunas cláusulas constitucionales, como aquella relativa a los migrantes o a la suspensión de garantías, aunada a la obligación expresa de observar los tratados internacionales firmados por el Estado mexicano, miran hacia la justiciabilidad y eficacia de los derechos que, a la postre, tiende al mejoramiento de las condiciones de vida de la sociedad y al desarrollo de cada persona en lo individual.

Las reformas constitucionales antes referidas generan la impostergable necesidad de profundizar en el estudio de los tratados internacionales en los que se reconocen derechos humanos y en que el Estado mexicano es parte; por lo cual se ha estimado indispensable hacer del conocimiento público un listado enunciativo, no limitativo, de los instrumentos internacionales de esa naturaleza, clasificados por la materia en que inciden.

Con el fin de ejecutar acciones que logren los objetivos de dichas reformas y atenta a su compromiso de contribuir al conocimiento de ordenamiento jurídico que rige la vida nacional y promover la cultura jurídica y de la legalidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación pone a disposición de la sociedad la presente publicación electrónica para brindar un panorama completo de las modificaciones al texto constitucional. La obra se integra por el texto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos vigente, un cuadro comparativo que ofrece la posibilidad de contrastar el texto anterior con el reformado, los procesos de discusión y aprobación de las distintas iniciativas, un apéndice con la relación de los artículos reformados y su cronología de modificaciones, así como los instrumentos internacionales en los que México es parte y se reconocen los derechos humanos.

Resumen:

El presente artículo versa sobre el Juicio de Amparo y las reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 6 y 10 junio del 2011, relativas a la protección de los Derechos Humanos reconocidos en la Constitución y Tratados Internacionales. Atendiendo al derecho a un medio ambiente sano plasmado en artículo 4. Constitucional, como un derecho humano fundamental, se hace énfasis en las citadas reformas, legitimando con ellas al gobernado para ocurrir ante los órganos jurisdiccionales al trámite de la acción de amparo, para que se le proteja y garantice este derecho, y con ello contribuyendo al resguardo del medio ambiente.

Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:

1. Introducción: El Juicio de Amparo en nuestro derecho es una institución de reconocido prestigio, constituye uno de los elementos básicos del legado histórico de nuestro País, siendo una figura clave en el sistema jurídico mexicano. La finalidad del amparo es cuidar, respetar y hacer valer los lineamientos o mandamientos constitucionales en beneficio del gobernado. Fue instituido por primera vez en la Constitución de Yucatán de 1841, considerada entonces como uno de los más grandes adelantos que en materia de Constitucional se haya experimentado en el régimen jurídico mexicano. El autor principal de esta figura jurídica, fue el insigne jurisconsulto, Don Manuel Crescencio García Rejón Y Alcalá, considerado por algunos como el padre del amparo. A través de los años, las reformas constitucionales han sido un medio para actualizar este medio de control constitucional a las necesidades del individuo. Un ejemplo de tal adecuación son las reformas constitucionales del 6 de junio del 2011. Las citadas reformas impactan los artículos 94°, 103°, 104°, 107° de la constitución, y por consecuente la Ley de Amparo. Uno de los diversos objetivos de la citada reforma es tutelar derechos humanos establecidos en la misma constitución y en los tratados internacionales vigentes en los que México sea parte. Además asegurar la protección del agraviado, que aluda ser poseedor de un interés legítimo, la reforma constitucional, amplía la esfera de protección del gobernado incluyendo no solo actos sino omisiones de la autoridad como causales para interponer la acción de amparo.

La protección a los derechos humanos es parte esencial en la reforma constitucional del 10 de junio del 2011. El objetivo de la citada reforma es reconocer estos derechos, que se definen como el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. En México, la protección a los derechos humanos, ha sido sin lugar a dudas un tema controversial y al que no se le prestaba la atención merecida. Esto hasta la reciente reforma constitucional del juicio de amparo y del Titulo Primero, Capítulo I de nuestra constitución referente a la protección integral de estos derechos. Uno de los temas más controversiales dentro de esta reforma sin lugar a dudas será si el derecho a un medio ambiente adecuado, consagrado en el artículo 4° constitucional y Acuerdos Internacionales Ambientales y de Derechos Humanos de los que México es parte, puede ser tutelado como un derecho humano, por medio del juicio de amparo.

El medio ambiente en la actualidad es materia de novedad, y de preocupación mundial. Se cree que la actividad del ser humano ha causado el deterioro ambiental y fenómenos como el cambio climático. Innumerables tratadistas han sostenido concebir el derecho a un medio ambiente sano, como un derecho humano inseparable de la

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