Juicio De Interdicción En Puebla
Enviado por AlbertoHuitron • 21 de Enero de 2014 • 1.458 Palabras (6 Páginas) • 2.364 Visitas
El juicio de interdicción es un proceso civil especial que tiene como fin restringir la capacidad de ejercicio de la persona física mayor de edad declarándola en estado de Interdicción para su propia protección y la de su patrimonio.
Código Civil de Puebla, Artículo 720.- Se llama interdicción al estado jurídico en el que se declara a ciertos incapaces mayores de edad, con el objeto de tutelar su persona y su patrimonio.
1.- El mayor de edad privado de inteligencia por:
A) Locura,
Locura, según el diccionario, significa “privación del
juicio o del uso de la razón”
1.- El mayor de edad privado de inteligencia por:
B)Alcoholismo crónico
1.- El mayor de edad privado de inteligencia por
C) Trastornos mentales aun cuando tenga periodos de lucidez.
2.- El mayor de edad sordomudo, que no sepa
darse a entender por escrito o por intérprete mediante lenguaje mímico, y
3.- El mayor de edad que habitualmente hace uso no
terapéutico de enervantes, estupefacientes, psicotrópicos o de cualquiera otra sustancia que altere la conducta y produzca farmacodependencia.
Artículo 721
1.- El mayor de edad privado de inteligencia por locura,
alcoholismo crónico o cualquiera otro trastorno mental aunque tenga intervalos lúcidos;
2.- El mayor de edad sordomudo, que no sepa darse a entender por escrito o por intérprete mediante lenguaje mímico, y
3.- El mayor de edad que habitualmente hace uso no terapéutico de enervantes, estupefacientes, psicotrópicos o de cualquiera otra sustancia que altere la conducta y produzca farmacodependencia.
Artículo 721
1.- El cónyuge;
2.- Los parientes del presunto incapaz;
3.- El albacea de la sucesión en la que sea heredero.
4.- El Ministerio Público;
5.- Quien fue tutor o curador del presunto incapaz cuando éste era menor de edad .
6.- Los servidores públicos a los que la Ley les imponga el deber de tutelar el interés de los incapacitados.
Art. 722
El Actor y su abogado integran demandan.
Solicitud de
Interdicción
Diagnostico
médico
Actas de Nacimiento, Matrimonio, etc.
1.- Nombre, edad, domicilio, estado civil y actual residencia de la persona cuya interdicción se pida;
2.- Nombre y domicilio del cónyuge y parientes, dentro del tercer grado;
3.- Nombre y domicilio de quienes desempeñaron la tutela y curatela del presunto incapaz anteriormente.
4.- Los hechos en que se funda la solicitud;
5.- Especificación de los bienes propiedad del
incapaz y que deban ser sometidos a vigilancia judicial, y
6.- Indicación del parentesco que tenga el promovente con la persona cuya interdicción se pide.
Artículo 723
1.-Un dictamen escrito por el médico
que hubiere atendido al presunto incapaz y que sustente la solicitud.
Artículo 724
2.-Actas de nacimiento, matrimonio, sentencia anterior de tutela - curatela y demás documentos que prueben la identidad, relación con el presunto incapaz y discapacidad.
1.-Diagnóstico de la enfermedad;
2.- Pronóstico de la misma;
3.- Manifestaciones características del estado actual del incapacitado;
4.- Tratamiento conveniente para procurar la salud del incapaz, y
5.- Si la enfermedad diagnosticada produce estado de incapacidad mental.
Artículo 725
Solicitud de
Interdicción
Diagnostico médico
Actas, etc.
Juez
determina
Admisión
Rechazo
El juzgado emite Acuerdo.
1.Se radica y se forma el expediente
2. Se da Vista al MP
3.Notificación al Actor de la Admisión y
a) requerimiento de la persona nombrada como Tutor P.
b) requerimiento de la persona nombrada como Curador P.
4.Gira oficio al Servicio de Salud y solicitar2 peritos Psiquiatras
3
MP contesta al juez demanda
MP contesta al
SI juez no tener
objeción a la
demanda
NO
3
3 3 3
Servicio de
Salud contesta
y asigna peritos
Psiquiatras
Cita a peritos para reconocimiento del incapaz
Presentación del Tutor Prov.
Aceptación del Tutor Provisional
MP contesta al juez no tener objeción
al Tutor P.
Presentación del Curador Prov.
...