Juicio de nulidad responsabilidades administrativas
Enviado por licgpena • 20 de Noviembre de 2017 • Trabajo • 13.009 Palabras (53 Páginas) • 355 Visitas
JAVIER VINICIO RIVAS GONZÁLEZ
VS.
TITULAR DEL ÁREA DE RESPONSABILIDADES
DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN
LA POLICIA FEDERAL PREVENTIVA
H. SALA REGIONAL METROPOLITANA
DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA
FISCAL Y ADMINISTRATIVA
P r e s e n t e.
JAVIER VINICIO RIVAS GONZÁLEZ, por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos el sito en Puebla No. 378-A, Colonia Roma, Delegación Cuauhtémoc, de esta Ciudad, y autorizando para los mismos efectos en mi nombre y representación a la Licenciada Gloria Peña Espinosa, cédula profesional 2461173 y a los CC. José Eduardo Galicia García, Hugo Alejandro Solano Castellanos y Hermelinda Martínez Paredes, ante ese H. Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, con el debido respeto, comparecemos a exponer:
Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 13, 14, 15, 28 fracciones IX y XI y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, vengo a demandar la NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN del veintiuno de febrero de dos mil siete, notificada al suscrito el veintisiete de febrero de dos mil siete y que consta en el expediente administrativo ER-326/2006, emitida por el Titular del Área de Responsabilidades del Órgano de Control Interno en la Policía Federal Preventiva, mediante la cual resolvió el Procedimiento Administrativo Disciplinario iniciado en contra del suscrito y otros servidores públicos, imponiéndome una sanción consistente en inhabilitación por un año para desempeñar algún empleo cargo o comisión en la Administración Pública, ya que supuestamente en mi carácter de integrante de la Policía Federal Preventiva, infringí con mi conducta lo dispuesto por los artículos 8, fracciones I y XXIV de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en relación con lo dispuesto en el artículo 12 fracciones I y IX de la Ley de la Policía Federal Preventiva; y 135, fracción II del Reglamento de la Policía Federal Preventiva, ya que supuestamente convine, que los equipos no instalados quedaran en resguardo de E & E Service S.A. de C.V. hasta que personal de la Coordinación de Servicios Técnicos de la PFP los recibiera instalados y operando, dejando en resguardo de la empresa, 91 equipos (Radios Móviles Analógicos), y que eran propiedad de la Policía Federal Preventiva y debían permanecer a resguardo de la Institución para garantizar un correcto control, manejo y conservación de los bienes, de la misma forma, supuestamente generé un pago indebido al firmar de recibido 64 equipos transreceptores de radiocomunicación para su pago al proveedor, no obstante que no fueron recibidos instalados ni puestos en operación.
De dicha resolución, bajo protesta de decir verdad, tuvo conocimiento el suscrito el pasado veintisiete de febrero del dos mil siete.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, manifiesto lo siguiente:
- Nombre del actor y domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos:
JAVIER VINICIO RIVAS GONZÁLEZ
Puebla 378-A, Colonia Roma,
Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal.
- Resolución que se impugna:
La NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN del veintiuno de febrero de dos mil siete, notificada al suscrito el veintisiete de febrero de dos mil siete y que consta en el expediente administrativo ER-326/2006, emitida por el Titular del Área de Responsabilidades del Órgano de Control Interno en la Policía Federal Preventica, mediante la cual resolvió el Procedimiento Administrativo Disciplinario iniciado en contra del suscrito, imponiéndome una sanción consistente en inhabilitación por un año para desempeñar algún empleo cargo o comisión en la Administración Pública, ya que en mi carácter de integrante de la Policía Federal Preventiva, supuestamente infringí con mi conducta lo dispuesto por los artículos 8, fracciones I y XXIV de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en relación con lo dispuesto en el artículo 12 fracciones I y IX de la Ley de la Policía Federal Preventiva; y 135, fracción II del Reglamento de la Policía Federal Preventiva, ya que supuestamente convine, que los equipos no instalados quedaran en resguardo de E & E Service S.A. de C.V. hasta que personal de la Coordinación de Servicios Técnicos de la PFP los recibiera instalados y operando, dejando en resguardo de la empresa, 91 equipos (Radios Móviles Analógicos), y que eran propiedad de la Policía Federal Preventiva y debían permanecer a resguardo de la Institución para garantizar un correcto control, manejo y conservación de los bienes, de la misma forma, supuestamente generé un pago indebido al firmar de recibido 64 equipos transreceptores de radiocomunicación para su pago al proveedor, no obstante que no fueron recibidos instalados ni puestos en operación.
- Autoridades en contra de las cuales se dirige la presente demanda:
C. Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Policía Federal Preventiva.
- Hechos que dan motivo a la demanda:
La resolución que se impugna viola en mi perjuicio lo establecido por los artículos 6, 13 y 21, fracciones I, II y III de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en virtud de que la resolución que se impugna carece de la debida fundamentación y motivación, toda vez que la Autoridad emisora no valoró conforme a derecho las pruebas aportadas y alegatos vertidos por el suscrito, pretendiendo fundamentar su resolución en preceptos legales no aplicables y en consideraciones carentes de soporte legal alguno, sino únicamente atendiendo a su criterio parcial, sin apego a la normatividad aplicable; además de cometer severas violaciones en contra de las garantías consagradas en los artículos 14 y 16 constitucionales y dejarme en un total estado de indefensión al determinar su sanción en base a que supuestamente convine que los equipos no instalados quedaran en resguardo de E & E Service S.A. de C.V. hasta que personal de la Coordinación de Servicios Técnicos de la PFP los recibiera instalados y operando, dejando en resguardo de la empresa, 91 equipos (Radios Móviles Analógicos), y que eran propiedad de la Policía Federal Preventiva y debían permanecer a resguardo de la Institución para garantizar un correcto control, manejo y conservación de los bienes, de la misma forma, supuestamente generé un pago indebido al firmar de recibido 64 equipos transreceptores de radiocomunicación para su pago al proveedor, no obstante que no fueron recibidos instalados ni puestos en operación; SIN ACREDITAR QUE EL SUSCRITO TUVIERA LAS ATRIBUCIONES, FUNCIONES Y/U OBLIGACIONES DERIVADAS DE CONTRATO, PARA AUTORIZAR EL PAGO DE FACTURAS.
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