Jurisdicción Voluntaria
Enviado por Gabyreny • 20 de Diciembre de 2013 • 4.231 Palabras (17 Páginas) • 331 Visitas
I N D I C E
I.- JURISDICCIÓN VOLUNTARIA……………………………………….. 2
II.- TIPOS DE JURISDICCIÓN…………………………………………… 3
III.- QUE ES LA JURISDICCIÓN………………………………………… 5
IV.- FUNCIÓN JURISDICCIONAL……………………………………….. 8
V.-FUNCIÓN ADMINISTRATIVA…………………………………………. 10
VI.- DEBE EXISTIR JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
ANTE JUECES O DEBERIA SER ANTE NOTARIOS………………… 11
VII.- BIBLIOGRAFÍA………………………………………………………… 12
JUJRISDICCIÓN VOLUNTARIA
La jurisdicción voluntaria comprende todos los actos en que, por disposición de la ley o por solicitud de los interesados, se requiere la intervención del juez o del Notario Público que aquel designe como su auxiliar quien para ese efecto tendrá las mismas facultades que al juez le confiere la ley sin que se haya promovido ni se promueva cuestión alguna entre partes determinadas, exceptuándose los actos de posesión en los que sólo intervendrá el juez o el auxiliar autorizado, cuando así lo exija la ejecución de una sentencia o en los demás casos en que la ley expresamente lo autorice o disponga.”
La Jurisdicción Voluntaria entraña actos fuera de juicio de mera constatación, demostración de hechos o circunstancias que se caracterizan por no haber controversia entre partes, ya que no es legalmente posible ejercitar acciones respecto de las cuales proceda oponer excepciones por ser un proceso voluntario en el que el órgano jurisdiccional sólo interviene para darle eficacia a la formación o creación de nuevas situaciones de derecho.
Esta Jurisdicción voluntaria es definida como aquella que desarrollan los tribunales de justicia en los casos en que la ley requiera expresamente su intervención, y en que no se promueve contienda alguna entre las partes.
Según Urrutia Salas, el legislador tomó una serie de actividades del Estado en que no había juicio y la entregó a los tribunales de justicia, y esas actividades las denominó "actos judiciales no contenciosos". De ahí, colige este autor, que el legislador sólo ha considerado una especie de actos no contenciosos, los judiciales; pero no ha definido, en general, la jurisdicción no contenciosa, ni ha dicho que ella corresponda únicamente al Poder Judicial.
Los actos no contenciosos son muy numerosos, y cada uno de ellos persigue una finalidad distinta, de manera que no es posible establecer un objetivo único.
Pero, sistematizando la finalidad perseguida por los diversos actos voluntarios, pueden señalarse como finalidades de esta actividad de los tribunales, las siguientes.:
Proteger los intereses de incapaces, velando porque ellos actúen en la vida jurídica con la debida garantía. Ej. nombramiento de tutores y curadores.
Completar la capacidad de ciertas personas, para que puedan actuar eficazmente en la vida jurídica. Ej. autorización judicial para enajenar, cuando se trata de los bienes de ciertos incapaces.
Declarar solemnemente un derecho que le corresponde al interesado. Ej. dación de la posesión efectiva de la herencia. Autentificar determinados actos de particulares. Publicación y protocolización de testamentos; apertura de los mismos.
5) Constituir estados jurídicos nuevos. Ej. adopción en ciertos casos.
6) Evitar fraude a terceros. Ej., insinuación de donaciones.
TIPOS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
I.- Los Actos Voluntarios, en atención a la autoridad ante la cual se ejecutan, se clasifican en:
Actos realizados ante los jueces. Los que reciben el nombre de actos judiciales no contenciosos,
Actos ejecutados ante autoridades judiciales que no son jueces. Por ejemplo, la información sumaria, que se rinde ante el Secretario de la Corte Suprema para obtener el Título de Abogado; también el Pago por Consignación que se realiza ante un receptor.
Actos que se realizan ante autoridades administrativas. Por ejemplo, los que se ejecutan ante el Oficial del Registro Civil.
Actos que se realizan ante autoridades políticas. Por ejemplo, la Inscripción en el Registro Electoral; la obtención de Personalidad Jurídica.
II.- Según su finalidad, los Actos Voluntarios se clasifican en :
Actos destinados a constituir estados jurídicos nuevos. Por ejemplo, Adopción; Emancipación; Reconocimiento de Hijo Natural.
Actos destinados a completar la capacidad de algunas personas para celebrar ciertos actos, y que importan medidas de protección establecidas en favor de los incapaces. Por ejemplo, Habilitación para comparecer en juicio; Nombramiento de Tutores y Curadores.
Actos destinados a realizar ciertas solemnidades prescritas por la ley para entrar al goce de un derecho o para autenticar un acto jurídico válido. Por ejemplo, Inventario Solemne; Posesión Efectiva; Autorización Judicial para gravar.
La Jurisdicción Voluntaria no está encomendada solamente a los órganos titulares de la jurisdicción (los Tribunales), sino a otros funcionarios públicos: Notarios, Registradores, Cónsules y otros encargados de Registros públicos.
Así pues, hay dos tipos de actos o negocios de Jurisdicción Voluntaria: los encomendados a los Jueces, y los encomendados a órganos no judiciales.
La Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 se refiere a los primeros, al decir que «se consideran actos de Jurisdicción Voluntaria, todos aquéllos en que sea necesaria la intervención del Juez, sin estar empeñada, ni promoverse cuestión alguna entre partes conocidas y determinadas» (art. 1.811 LEC). Complemento de esta definición sería la disposición del art. 1817, según el cual «si a la solicitud promovida se hiciera oposición por alguno que tuviera interés en el asunto, se hará contencioso el expediente, sin alterar la situación que tuviere al tiempo de ser incoado, los interesados y lo que fuera objeto de él, y se sujetará a los trámites establecidos para el juicio que corresponda según la cuantía».
En la moderna doctrina procesal, ni la existencia de conflicto de intereses ni la de controversia ó contradicción se considera nota esencial del proceso, ni su ausencia, la nota diferencial de la jurisdicción voluntaria. En ésta, existen actos en que la oposición está implícita y en el proceso, existirá normalmente una contienda entre partes, pero a veces el interés es único ó la contradicción no se da, como en los casos de allanamiento, rebeldía y suele ocurrir
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