JURISDICCION VOLUNTARIA
Enviado por arca1980 • 14 de Agosto de 2014 • 2.900 Palabras (12 Páginas) • 276 Visitas
JURISDICCIÓN VOLUNTARIA.
CONCEPTO Y RÉGIMEN DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA.
GUILLERMO CABANELLAS en su diccionario dice: "Se consideran actos de
Jurisdicción voluntaria todos aquellos en que sea necesaria o se solicite la
Intervención del juez sin promoverse cuestión alguna entre partes conocidas y
Determinadas... En ellas son hábiles todos los días y horas... Sin necesidad de
Solemnidades son admitidos los documentos que se presenten y las
Justificaciones que se ofrezcan. Apenas se haga oposición por quien tenga
Interés en el asunto, se hará contencioso el expediente, sin alterar la situación
En que estuviesen, al tiempo de ser incoado, los interesados y el objeto de
Aquél; y se sujetará a los trámites del juicio que corresponda.
El juez puede variar las providencias que dicta, sin sujeción a términos ni
Formas establecidas para la jurisdicción contenciosa; salvo tratarse de autos
Definitivos o recurridos. Son materia de esta jurisdicción, entre otras, la
Adopción, el nombramiento de tutores, los depósitos personales, la
Protocolización de testamentos, las informaciones para dispensa de la ley y las
De perpetua memoria, la enajenación de bienes de menores e incapacitados,
Las medidas para administración de los bienes del ausente, las subastas
Judiciales voluntarias... el deslinde y el alojamiento".
También se ha dado en llamar jurisdicción voluntaria al caso en que las partes
Por su propia voluntad deciden someter a la competencia de un juez que
Normalmente no era competente. El proceso de jurisdicción voluntaria tiene
Como objeto hacer constar hechos o realizar actos en que no esté presente la
Controversia entre partes y hayan producido o deban producir efectos jurídicos,
Siempre que no se provoque perjuicio para persona determinada.
Jurisdicción Contenciosa y Jurisdicción Voluntaria
En términos muy generales puede definirse la jurisdicción contenciosa como
Aquella, ante la cual se tramitan los juicios contenciosos o contradictorios.
Existe controversia o contradicción entre las partes; se requiere de un juez y de
Una decisión que la dirima. Hay litigio, contienda, controversia o discusión. La
Jurisdicción contenciosa es la jurisdicción propiamente dicha.
De acuerdo, a la materia, la jurisdicción contenciosa puede ser de varias
Clases: civil, penal, constitucional (el habeas hábeas, el juicio de amparo y el
Proceso de inconstitucionalidad), mercantil, laboral, agraria y de lo contencioso
Administrativo. Existe también jurisdicción contencioso militar, a la que están
Sometidos los miembros de la Fuerza Armada en el servicio activo de los
Delitos y faltas puramente militares que cometan.
Asimismo, hay jurisdicción contenciosa derivada del fuero especial de que
Están investidos los altos funcionarios públicos, cuando para ser juzgados por
Delitos oficiales y comunes que comentan, la Asamblea Legislativa deba
Declarar si hay lugar a formación de causa, Se trata de otro caso en que hay
Función jurisdiccional desde el punto de vista material, no desde el punto de 2
Vista formal, ya que no corresponde a este órgano del Estado la administración
De justicia.
SUJETOS Y OBJETO DE LOS ACTOS DE JURISDICCIÓN
VOLUNTARIA.
Jurisdicción voluntaria, al contrario de lo que ocurre en la jurisdicción
Contenciosa, en la que como se ha dicho, hay controversia entre partes, en la
Jurisdicción voluntaria no existe esa controversia, ni dualidad de partes. Se trata
De actuaciones ante los jueces, para solemnidad de ciertos actos o para el
Pronunciamiento de determinadas resoluciones que los tribunales deben dictar
Doctrinariamente se sostiene que también hay:
- Jurisdicción voluntaria de los árbitros en los juicios de compromiso.
- Jurisdicción voluntaria de los jueces ordinarios, cuando ejercitan su
Jurisdicción interponiendo su autoridad en asuntos en que no hubiere
Contención de partes.
- Jurisdicción voluntaria en el caso de la jurisdicción prorrogada.
Partiendo de lo que esencialmente caracteriza a la jurisdicción voluntaria es la
No contención de partes, apropiadamente puede afirmarse que en el primero de
Los casos no estamos en presencia de este tipo de jurisdicción, pues, en
Definitiva los árbitros, a través del laudo arbitral, resolverán una controversia, la
Que ordinariamente sería resuelta por un juez común, o sea, que sí, hay
Contención de partes. Este punto de vista tiene más relevancia tratándose de
Los árbitros de derecho que proceden como los jueces ordinarios y arreglan sus
Procedimientos, como sus decisiones, a las leyes vigentes en la materia.
Si este tipo de jurisdicción recibe el nombre de voluntaria ha sido calificada así
Tradicionalmente, es porque las partes de mutuo propio, por su propia voluntad,
Deciden someter la controversia a árbitros, a presente o a futuro. Estos, en su
Nombramiento y ejercicio dependen exclusivamente de la voluntad y arbitrio de
Las partes. Puede afirmarse que se trata de una jurisdicción contenciosa
Voluntaria, contenciosa por haber controversia; voluntaria, porque las partes
Deliberadamente sacan su discordia del conocimiento de los jueces ordinarios
Para someterla al conocimiento de árbitros.
El segundo caso de jurisdicción voluntaria a que se ha hecho mención, es el
Que se conoce como jurisdicción voluntaria propiamente dicho. Existe un
Procedimiento judicial, conoce a un juez ordinario y hay una resolución, sin que
Medie conflicto alguno; el juez ordinario ejercita su jurisdicción interponiendo su
Autoridad en asuntos en que no hay contención de partes.
En este tipo de jurisdicción voluntaria se trata de actuaciones ante los jueces,
Para la solemnidad de ciertos actos o para el pronunciamiento de determinadas
Resoluciones, lo de voluntaria desaparece. Si el interesado, para beneficio
Propio o para la protección de sus intereses requiere de esas solemnidades o 3
Resoluciones, necesarias y obligadamente deberá ocurrir al juez, no porque lo
Quiera o no quiera.
Por las anteriores razones se ha dicho que la llamada jurisdicción voluntaria, ni
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