Justificativos Jurídicos
Enviado por Compatriotismo • 16 de Mayo de 2012 • 5.985 Palabras (24 Páginas) • 684 Visitas
Necesito y requiero de información relacionado con temas legales y jurídicos. Documentos, Jurisprudencias, Sentencias y Leyes recientes
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, consta de 350 artículos, comprendidos en 9 títulos. Tiene un preámbulo, una parte dogmática y otra parte orgánica. Es un conjuntos de normas, principios y disposiciones que acuerda un Estado como parte de la convivencia social
1. EL DERECHO NATURAL
2. El derecho natural
3. La declaración universal de los derechos del hombre
4. La declaración universal de los derechos del hombre y el derecho natural
5. La declaración universal de los derechos del hombre deriva del principio de igualdad
6. Las facultades que confieren las declaraciones de derechos
7. Los derechos subjetivos negativos que confieren las declaraciones de derechos
8. Conclusión
INTRODUCCIÓN
El tema a desarrollar en el presente trabajo es la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y el Derecho Natural, pero antes de iniciar con su estudio, analizaremos de manera separada cada uno de estos conceptos.
Primeramente, comenzaremos con una breve introducción acerca del Derecho Natural, pues para comprender porqué se relaciona con los Derechos del Hombre es necesario averiguar en que consiste esta disciplina. Así, veremos que el Derecho Natural es aquel inherente a la persona humana, aquel emana de la naturaleza misma del hombre, y que por esta razón no es creado por los órganos de Estado, según lo sostienen los iusnaturalistas, quienes además lo consideran anterior y superior a las leyes estatales, las cuales lo reconocen y protegen. Es decir, que este Derecho se encuentra formado por normas que rigen a todos los hombres por su simple calidad de ser humano, por su pertenencia a la raza humana.
Ahora bien, también en este trabajo se proporciona un preámbulo acerca de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de Diciembre de 1948, en Francia, analizando someramente los treinta artículos que la conforman.
Después de la Segunda Guerra Mundial (1939-1945) la comunidad internacional consideraba que era necesario un documento reconocido en el ámbito universal para proteger al hombre, al ser humano, en su calidad de persona; así la Declaración Universal de los Derechos del Hombre fue concebida precisamente para este propósito: La protección
de los derechos de todos los hombres del planeta, sin hacer ninguna distinción entre ellos por la raza, el idioma, la religión, etc.
Este documento tiene un gran prestigio a nivel mundial, ha inspirado a muchos tratados en materia de Derechos Humanos, y su principal objetivo es el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales.
Por lo que se refiere al nexo que existe entre el Derecho Natural y la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, ésta establece aquellos derechos que le deben ser reconocidos al hombre para que alcance su respetabilidad como persona y su desarrollo dentro de la comunidad; y tales derechos son inherentes al individuo, al ser humano, son superiores y anteriores a las leyes estatales, por lo tanto los derechos humanos son los derechos naturales del hombre, pues como se verá en este trabajo, el Derecho Natural es el fundamento ideológico de la Declaración Universal.
Los derechos consignados en la Declaración Universal pertenecen a todas las personas, sin importar su sexo, edad, posición social, creencia religión, etc., son inherentes a la idea de dignidad del hombre, por lo tanto no pueden perderse ni transferirse por propia voluntad.
Y por último, en este trabajo analizaremos los derechos que otorga la Declaración Universal, positivos y negativos, la obligación que tiene el Estados en relación con los mismos, y cómo se encuentran redactados y establecidos en ese documento mundial, que a pesar de tener cerca de 54 años de haberse aprobado continúa siendo un ejemplo para los demás instrumentos internacionales de la materia.
1. EL DERECHO NATURAL.
La expresión Derecho Natural hace referencia a una corriente de pensamiento jurídico presente por más de 25 siglos. Su idea fundamental es la tesis de la existencia de un Derecho anterior a cualquier norma jurídica positiva, es decir, de origen humano, denominado precisamente Derecho Natural.
El concepto de Derecho Natural está unido a otros conceptos jurídicos tales como Derechos Humanos, naturaleza humana, valores jurídicos, justicia y bien común. Más que una tesis, constituye un sistema de pensamiento que ha sido compartido por múltiples juristas o filósofos, incluso con planteamientos diversos y hasta contradictorios.
Cuando se habla de Derecho Natural, se hace alusión al derecho propio o inherente a la naturaleza humana, que no es creado deliberadamente por un órgano gubernamental, sino que está constituido por criterios y principios rectores de la conducta humana, que los partidarios de esta corriente consideran como eternos e inmutables; además no está representado por un conjunto unitario y sistemático de normas, que exista en algún lugar concreto y cuya validez todos reconozcan. "Se formula en postulados ideales, absolutos y universales, que tienen la pretensión de ser intrínsecamente válidos, o sea que valen por sí mismos. Para los iusnaturalistas es un derecho modelo, que busca la auténtica justicia".
Para su validez, el Derecho Natural, no requiere ser producto de un determinado procedimiento previamente establecido para la creación de normas jurídicas. El Derecho Natural es esencial a la naturaleza humana, y no creación del hombre.
Es precisamente natural, porque se funda en la naturaleza; pero ésta ha sido considerada desde diferentes enfoques. Para unos está fundada en la naturaleza divina. Para otros, se inspira en los dictados o mandamientos de la divinidad. En otra de sus versiones está el Derecho Natural apoyado y basado concretamente en principios de la Iglesia Católica. Para otros, está de acuerdo con la naturaleza humana; el hombre refleja su propia naturaleza en ese derecho para que sus normas tengan suprema calidad humana.
El Derecho Natural pretende ser el original, genuino, correcto y desde luego, vigente de modo absoluto. Lo significativo, es que se trata de una concepción que requiere destacar básicamente la realización de los valores humanos. Es una acepción axiológica, que no requiere atender sólo a las formas, sino más bien a los contenidos valiosos y por ello siempre se le contrapone al Derecho Positivo, que sólo es formalmente válido por la razón de ser elaborado, aplicado y reconocido por el Estado, en el que impera el arbitrio de sus órganos de poder o gobierno
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