LA NORMA JURIDICA
Enviado por HOMERILLO • 19 de Febrero de 2015 • 6.236 Palabras (25 Páginas) • 800 Visitas
Introducción:
Este trabajo de investigación desarrolla la Unidad VII de nuestro programa académico de Introducción al Estudio de las Ciencias Jurídicas, referente a la Teoría de la Norma Jurídica para el efecto, hemos recurrido a diversas fuentes a los efectos de complementar y enriquecer el contenido de este material.
Analizar y comprender este capítulo nos posibilitara captar las nociones elementales de la Ciencia del Derecho. En tal sentido, debemos decir que estudiar y analizar el concepto Norma Jurídica es, en esencia una de las labores cotidiana de todo estudiante de Derecho.
Empezaremos buscando el concepto y la definición de Norma Jurídica para posteriormente adentrarnos a la estructura, las características, la clasificación y los otros conceptos relacionados con la norma jurídica como es, por ejemplo, el de persona y otros que nos ayudara a comprender mejor toda las teorías que han sido formuladas a los largo de la historia buscando esclarecer el verdaderos sentido y alcance de las normas.
INTRODUCCION AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURIDICAS
TRABAJO PRACTICO DE INVESTIGACIÓN
UNIDAD VII
SUMARIO:
NORMA JURIDICA. DEFINICION. ESTRUCTURA. CLASIFICACION. TEORIA DE LA NORMA JURIDICA. SANCIONES.
1. NORMAS JURÍDICAS: definición y características. Estructura de la norma jurídica. Clasificación: diversos criterios propuestos.
2. TEORIA DE LA NORMA JURIDICA: La norma jurídica tiene la estructura de un juicio. Juicios del ser (o enunciados o entitativos) y juicios del debe ser (o imputativos o atributivos o normativos). Origen e importancia de la clasificación anterior. Estructura relacional del juicio implicado en la norma jurídica: ¿categórico, hipotético o disyuntivo?
3. CONCEPTO JURÍDICO FUNDAMENTALES: Noción. Enumeración. Sujeto del derecho Aclaraciones previas. Denominaciones de la persona o sujeto del derecho. Etimología del vocablo “persona”. Definición clásica y su crítica. Que “entes” pueden ser sujetos del derecho. El problema frente al derecho positivo. Definición correcta del sujeto o persona jurídica. Esencia de la personalidad jurídica. Diferencia entre la persona individual y colectiva. Problema de la existencia y realidad de la persona colectiva. Teorías diversas. Hecho jurídico. Deber jurídico. Derecho subjetivo.
4. Transgresión. Sanción. Breve referencia al planteo empirista del problema de los conceptos jurídicos fundamentales.
5. LA SANCIÓN. Concepto – Normas sancionadas y sancionadoras. Clasificación de las sanciones: las sanciones en el derecho positivo paraguayo, sanciones prohibidas por la Constitución Nacional vigente.
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DESARROLLO DEL CONTENIDO:
1. NORMAS JURÍDICAS.
1.1. DEFINICION:
Es aquella que rige la conducta humana en sociedad y su cumplimiento puede exigirse coactivamente y en caso de su inobservancia se aplica la sanción a través de los órganos del estado.
NORMA. Regla de conducta. Precepto. Ley. Criterio o patrón. Práctica. JURIDICA. Regla de conducta cuyo fin es el cumplimiento de un precepto legal. Para Gierke, "la norma jurídica es aquella regla que, según la convicción declarada de una comunidad, debe determinar exteriormente, y de modo incondicionado, la libre voluntad humana".
1.2. CARACTERES:
Imperatividad: exigen e imponen un mandato, no dan exhortaciones ni consejos sino que ordenan pudiendo ser sus órdenes positivas o negativas.
Normas permisivas: son las que remueven temporal o parcialmente una prohibición. Ej: una ley en el art. 1 prohíbe a empresas extranjeras la adquisición de riquezas del subsuelo nacional. Y en el Art. 2 establece que podrían hacerlo solo cuando se constituyan en confeccionarías del estado.
Normas facultativas: otorgan una autorización especial o poder, para realizar ciertas actividades legítimas. Ej: autorización otorgada al locador para desalojar al inquilino en mora.
Normas graciables: conceden favores o auxilios no retributivos a beneficiarios que aprovechan las circunstancias presupuestas. Ej: pensión de amparo para los descendientes de héroes, a la vejez.
Autarquía: se imponen sin consultar a los obligados por ella sin considerar la aceptación o reconocimiento de ellos. Ej: código civil sobre: la ignorancia de la ley
Heterónomas: no han sido dictadas por quienes deben cumplirla sino por un poder superior y anterior a ella. El poder en las costumbres es el pueblo y en las leyes es el estado.
Generales: obliga a todos los destinatarios aun al mismo poder quien la dicto. Tiene dos aspectos:
- Objetivo: la norma debe abarcar el mayor número posible de casos ordinarios y más frecuentes
- Subjetivo: las normas deben referirse a todos o a la mayor parte de los obligados por ella.
Bilaterales: se refiere tanto al número de sujetos que intervienen en la relación jurídica comprendida en la norma, como a la relación de deber y derecho que surge de la misma. La norma jurídica se concibe entre dos o más personas.
Exteriointerioridad: aprecia el aspecto externo de la conducta por encima de su aspecto interno
- buena fe: obrar en forma lícita y sin malicia. Actuar creyendo hacer lo correcto
- dolo: cuando el sujeto hace intencionalmente una actividad ilícita
- culpa: falta de previsión, cuidado o diligencias que causan dañosas consecuencias en el orden civil, penal o administrativo. La omisión involuntaria de lo que debió hacerse o la involuntaria realización que debió evitarse.
La coercibilidad: posibilidad de emplear la fuerza para hacer efectivo el cumplimiento de las normas
Ej. la represión policial a los huelguistas
1.3. ESTRUCTURA DE LA NORMA JURÍDICA:
Se compone de dos partes:
Hipótesis o supuesto jurídico: conjunto de condiciones cuya realización ha de originar una consecuencia determinada (facultades o deberes)
Disposición o consecuencia de derecho: indica el resultado que debe producir el cumplimiento de las condiciones hipotéticamente previstas. La seguridad jurídica se fundamenta en este principio “no hay consecuencia jurídica sin supuesto de hechos”
Las normas jurídicas redactadas en su forma lógica, enuncia: “si ocurre tal hecho, debe producirse tal consecuencia”
1.4. CLASIFICACIÓN: DIVERSOS CRITERIOS PROPUESTOS.
Por referencias a las sanciones: (según Ulpiano):
Leyes perfectas: cuya violación entraña la nulidad absoluta e insanable del acto. Ej: en la disposición del C.C “son absolutamente nulos los
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