ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

LAS ARTES


Enviado por   •  12 de Mayo de 2015  •  421 Palabras (2 Páginas)  •  196 Visitas

Página 1 de 2

El problema ambiental que hemos detectado en el sector obedece más que todo a los malos hábitos y la falta de conciencia que tienen las personas que aquí, habitan.

Y esta práctica es sancionatoria, si nos basamos en la fuente legal ya que se violan los presentes Artículos:

Artículo 127 de la Constitución que reza en unos de sus extractos: Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí mismo y del mundo futuro.

De igual manera se viola el Decreto 2216, de fecha 23-04-92 el cual dicta la Norma para el Manejo de los desechos Sólidos de Origen Domestico, Comercial, Industrial o de cualquier otra naturaleza que no sean peligrosos.

Artículo 20 de le Ley Orgánica del Ambiente ya que Las que propenden a la acumulación de residuos, basuras, desechos y desperdicios, Se considera una actividad capaz de degradar el ambiente.

Artículo 42. Actividades y objetos degradantes.- El que vierta, arroje, abandone, deposite o infiltre en los suelos o subsuelos, sustancias, productos o materiales no biodegradables, agentes biológicos o bioquímicos, agroquímicos, objetos o desechos sólidos o de cualquier naturaleza, en contravención de las normas técnicas que rigen la materia, que sean capaces de degradarlos o alterarlos nocivamente, será sancionado con arresto de tres (3) meses a un (1) año y multa de trescientos (300) a mil (1.000) días de salario mínimo.

El Articulo 4 Los infractores de las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento ambiental serán sancionados con multas, medidas de seguridad o con penas privativas de la libertad, en los términos que establezcan esta Ley o las demás leyes aplicables.

El artículo 47 de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, promulgada por la Cámara Municipal de Aragua el 14 de diciembre de 2010, estipula que las personas “deberán mantener en forma adecuada la basura que almacenan en su condominio o casa, hasta que los encargados de la recolección la retiren en los días y horarios que le sean señalados. El infractor será sancionado con 10 Unidades Tributarias (UT)

El mismo texto legal, sancionado por el cuerpo edilicio el 5/12/ 2005, refiere, en su precepto 24, que todo el que deseche bolsas de residuos en sitios públicos de modo que pueda afectar la salubridad, será sancionado con 5 Unidades Tributarias.

En el presente informe anexamos las imágenes donde se evidencia la problemática sobre el mal manejo y almacenamiento de los desechos sólidos domésticos y de cualquier otra naturaleza.

“HEMOS DE PROTEGER AL AMBIENTE ASI COMO EL NOS PROTEJE A NOSOTROS”

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com