ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

LAS PERSONAS JURIDICAS CON FINES ECONOMICOS


Enviado por   •  15 de Septiembre de 2015  •  Apuntes  •  449 Palabras (2 Páginas)  •  315 Visitas

Página 1 de 2

LAS PERSONAS JURIDICAS CON FINES ECONOMICOS

Dentro de las asociaciones de personas podemos distinguir dos grandes clases:

  1. Agrupaciones que constituyes personas jurídicas sin finalidad económica (asociaciones, comités y fundaciones)
  2. Personas jurídicas con una finalidad económica, tales como sociedades civiles y mercantiles

  1. Clase de sociedades: civiles y mercantiles

Las sociedades civiles se encontraban comprendidas entre las figuras jurídicas normadas por el código civil, mientras que las sociedades mercantiles, estuvieron reguladas en un primer momento por el código de comercio de 1902 y posteriormente por la ley de sociedades mercantiles

Las sociedades civiles tienen un fin común de carácter económico, el cual debe ser realizado mediante el ejercicio personal de una profesión u otro tipo de actividad

Las sociedades mercantiles son inherentes a su propia naturaleza, motivo por el cual suele utilizar negocios y, en general, en todo tipo de actividad económica

  1. Definición de sociedad:

Una asociación de personas naturales o jurídicas reunidas por un contrato plurilateral, en virtud del cual nace un sujeto de derecho distinto a sus conformantes, con el objeto de que, a través de su actuación colectiva, dicha entelequia provista de personalidad jurídica realice determinadas actividades económicas

  1. Naturaleza jurídica de la sociedad:

Es una institución jurídica privada, se puede analizar desde tres perspectivas diferentes: como empresa, como persona jurídica y como contrato

Como empresa, la sociedad nace de la actividad creadora del empresario, quien organiza los diversos factores de producción que dan lugar a la constitución de una empresa.

Como persona jurídica, toma importancia cuando los legisladores plasman su posición en los dispositivos legales sobre la materia, ya que ellas indicaran las bases normativas.

Teoría del acto constitutivo:

El acto que da origen a un nuevo sujeto de derecho, es un acto constitutivo social unilateral que no se configura como contrato, sino como una nueva categoría de acto jurídico

Teoría del acto complejo:

Para esta corriente doctrinaria el acto que da origen a la sociedad es una declaración por la cual los contratantes pierden sus voluntades individuales para quedar sujetos a la voluntad del ente creado.

Teoría institucionalista:

Se asigna suscriptores del capital social el rol de simples adherentes de las normas legales dictadas por el estado, para regular la sociedad, en la que se privilegia un interés superior: el interés social sobre el interés de los que la formaron

Teoría contractualista:

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb) pdf (41 Kb) docx (12 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com