LEY Nº 16.744, D.S. Nº 40 - TITULO VI – DE LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR DE LOS RIESGOS LABORALES
Enviado por Paulina Carrizo • 26 de Diciembre de 2017 • Apuntes • 843 Palabras (4 Páginas) • 186 Visitas
OBLIGACIÓN DE INFORMAR
(ODI CONDUCTOR)
LEY Nº 16.744, D.S. Nº 40 - TITULO VI – DE LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR DE LOS RIESGOS LABORALES.
Articulo 21.-
Los empleadores tienen la obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la actividad de cada empresa.
Especialmente deben informar a los trabajadores acerca de los elementos, productos y sustancias que deban utilizar en los procesos de producción o en su trabajo, sobre la identificación de los mismos (formula, sinónimo, aspecto y olor), sobre los limites de exposición permisibles de esos productos, acerca de los peligros para la salud y sobre las medidas de control y prevención que deben adoptar para evitar tales riesgos.
Todo riesgo que se detecte o presente en el lugar de trabajo y que no esté identificado en el presente documento, deberá ser analizado por el supervisor, determinando las medidas preventivas y el método correcto de realizar la tarea.
MOTIVO DE LA INDUCCIÓN:
[pic 1][pic 2]
TRABAJADOR NUEVO TAREA NUEVA
[pic 3][pic 4]
TRABAJADOR ANTIGUO REUBICACIÓN DE CARGO
[pic 5]
OTROS (Describa brevemente la causa)
1.- IDENTIFICACIÓN DEL TRABAJADOR
NOMBRE: ________________________________________________________________
RUT : ________________________________________________________________
CARGO: _________________________________________________________________
EMPRESA: _______________________________________________________________
FECHA DE LA INDUCCIÓN: __________________________________________________
2.- ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL BÁSICO
- Lentes de seguridad
- Botín de seguridad
- Guantes de cabritilla
- Chaleco reflectante
3.- RIESGOS PRESENTES
RIESGOS | MEDIDAS PREVENTIVAS |
Colisión, choque y/o volcamiento al conducir a exceso de velocidad. | Respetar las normas de tránsito y velocidades establecidas por la normativa legal vigente. Uso del cinturón de seguridad. |
Colisión, choque y/o volcamiento al conducir con condiciones climáticas adversas (ej. lluvia, neblina, pavimento resbaladizo, camino en mal estado, etc.) | Conducir a la velocidad que asegure el control total del vehículo. Uso del cinturón de seguridad. |
Colisión, choque y/o volcamiento u atropellamiento al conducir hablando por celular o radio. | Usar sistemas manos libres. Si no dispone de manos libres detener el vehículo a un costado del camino. |
Contacto con elementos calientes en la mantención o reparación del vehiculo o intervenciones en el motor. | No intervenir el motor del camión en caliente. Al revisar el nivel de agua saque la tapa paulatinamente y con un trapo. Uso de elementos de protección personal. |
Atropellamiento al no percatarse del movimiento de otros equipos-vehículos. | Respetar zonas de demarcación. Ubicarse en un lugar visible. |
Caídas a distinto nivel durante la limpieza o lavado del vehículo. | Uso de arnés de seguridad. Utilizar equipos de apoyo. |
Golpes por la manipulación de herramientas o elementos usados en la mantención, reparación del vehiculo. | Utilizar herramientas adecuada y en buen estado. Uso de elementos de protección personal. Estar atento al momento del amarre de la carga. Evaluar las condiciones de trabajo. |
Golpes, atrapamiento o aplastamiento al cambiar neumáticos. | Utilizar herramientas y “gatas” adecuadas y en buen estado. Uso de elementos de protección personal. Adoptar una posición segura de trabajo. |
Golpes a personas o equipos en maniobras de retroceso por no tener buena visibilidad. | Mantener operativos los dispositivos de aviso luminoso y/o sonoro de marcha atrás. |
Quemaduras en la piel, producto del sol, durante el viaje o en la descarga. | Utilizar protector solar y ropa adecuada que cubran la piel. |
Colisión, choque y/o volcamiento u atropellamiento al conducir vehículos con fallas mecánicas y/o eléctricas. | Realizar mantenciones preventivas y reparaciones correctivas cuando corresponda. Hacer chequeo preventivo del vehículo. |
Colisión, choque, volcamiento u atropellamiento por conducir en condiciones físicas inadecuadas. | Descansar las horas necesarias para una buena conducción. |
Sobreesfuerzos en el manejo manual de materiales. | Al realizar actividades de levantamiento de cargas, evitar las repeticiones sin intervalos de descanso, asegurarse de doblar las rodillas para recoger cargas del suelo y evitar girar el tronco con cargas en los brazos. Sólo cargar lo máximo permitido (50 kg. Hombre y 20 kg mujeres) |
...