La Contabilidad
Enviado por jenniffer02315jy • 29 de Julio de 2014 • 1.207 Palabras (5 Páginas) • 149 Visitas
Introducción
Entendiendo a la Inspectoría del Trabajo como un órgano dependiente del Ministerio del Trabajo, la cual está encargada del manejo de casos relacionados con la materia Laboral; y entendiendo que se hace necesario obtener todos aquellos conocimientos necesarios que nos permitan manejarnos en la práctica en el Derecho Laboral con mayor facilidad. Esto se logra mediante el estudio en la realidad de aquellos entes y/o organismos donde debemos dirigirnos, bien sea ante la Inspectora del Trabajo, los Tribunales Laborales, El Ministerio del Trabajo.
Es de aquí que se desprende la importancia de este trabajo de investigación, porque mediante el mismo podremos adquirir conocimientos y experiencias sobre el manejo de los distintos casos y las determinadas situaciones laborales, que se le presentan comúnmente al trabajador; y en esta medida podremos desenvolvernos mejor en el plano de la realidad.
DESARROLLO
La inspectoría del Trabajo es un órgano dependiente del Ministerio del trabajo y este tiene una sede en cada Estado.
La Inspectoría del Trabajo estará a cargo de un Inspector y este ejercerá su representación, en todos los asuntos de su competencia y debe además cumplir con las instrucciones del Ministerio del Trabajo.
Funciones: Artículo 589 de la Ley Orgánica del Trabajo.
Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la citada Ley y por el reglamento de la jurisdicción territorial que le corresponda.
Acopiar datos para el censo general del trabajo, mediante inscripción y registro de los sindicatos y sus miembros, y mediante el catastro de desempleados en su jurisdicción.
Intervenir en la conciliación y arbitraje, como lo señala la L.O.T.
Otra de las funciones de las inspectorías del trabajo viene determinada por el conocimiento, tramitación legal y desarrollo:
• De los reclamos
• De los despidos masivos
• Del registro de organizaciones sindicales
• Del fuero sindical
• De los conflictos colectivos y la función de la administración del trabajo
• De la negociación de convenciones colectivas de trabajo
• Del referéndum sindical
• De la reunión normativa laboral
• De las sanciones
• De la solvencia laboral
• Del cálculo de prestaciones sociales
• Despido masivo
El despido se considera masivo cuando afecta a un número igual o mayor del 10% de los trabajadores de una empresa que tenga más de 100 trabajadores, o al 20% de una empresa que tenga más de 50 trabajadores, o a 10 trabajadores de la que tenga menos de 50 dentro de un lapso de 3 meses, o aun mayor si las circunstancias le dieran carácter crítico. Este procedimiento se inicia de oficio o mediante denuncia del trabajador presentada por escrito o exposición que se hará constar en acta.
Con respecto al reenganche, cuando un trabajador que goce de fuero sindical sea despedido, trasladado o desmejorado sin llenar las formalidades establecidas en el Art. 453 de la L.O.T, podrá solicitar por ante el inspector del trabajo de la jurisdicción, el reenganche o la reposición a su situación anterior. El trabajador deberá interponer la solicitud
En referencia a la autorización para el despido, traslado o desmejora, cuando un patrono pretenda despedir, traslado o desmejorar en sus condiciones de trabajo, por causas justificadas, a un trabajador investido de furo sindical, deberá solicitar la autorización ante el inspector del trabajo de la jurisdicción donde esté domiciliado el sindicato, o en la jurisdicción correspondiente a la sede de la empresa, en el caso de trabajadores investidos de fueros análogos o similares al fuero sindical. El patrono solicitará la autorización correspondiente ante el inspector del trabajo, en un escrito que deberá contener las menciones y requisitos exigidos por el Art. 49 de la LOPA.
Con respecto al procedimiento para el registro de organizaciones sindicales, es deber del ministerio del trabajo favorecer el desarrollo de las relaciones colectivas, como contenido básico de la libertad sindical, así como el asegurar
...