La Ley del Notario
Enviado por Rolando Tandapilco • 9 de Julio de 2021 • Ensayo • 430 Palabras (2 Páginas) • 59 Visitas
La Ley del Notario tiene como objetivo regular la actividad de los notarios a través de sus normas legales y garantizar la certeza y seguridad jurídica de los hechos y actos públicos, algunos actos de pre y post protección o contratos documento
Analice el caso planteado y determine si es procedente la inscripción de la escritura pública de compraventa en el registro de la propiedad.
No es adecuado ya que no sigue los procedimientos legales sin requisitos legales de registro. Para proceder a la publicación de esta escritura de compraventa, es imprescindible la presencia del cónyuge respectivo o una justificación del fallecimiento del cónyuge, lo que permitiría disponer libremente de su porcentaje de gananciales
Además, se según el caso no es procedente tomando en cuenta el registrador indico su negativa y para proceder la inscripción de la escritura es necesario estar con el cónyuge del vendedor a ser un bien perteneciente y así realizar la liquidación de la sociedad conyugal justificar el fallecimiento del cónyuge.
Emita su criterio motivado en cuanto a la negativa del registrador de la propiedad en la inscripción de la escritura. Está usted de acuerdo o no en las razones del señor Registrador
La negativa del Registrador constará al final del título cuya inscripción se hubiere solicitado, expresando con precisión y claridad las razones en que se funde. De la negativa del Registrador se podrá recurrir al Juez competente, quien luego de examinar la solicitud del interesado y las causas de la negativa, dictará su resolución, la que será notificada al Registrador en la forma prevista en el Código de Procedimiento Civil. Si la resolución ordena la inscripción, no será susceptible de recurso alguno. Si el Juez negare la inscripción, el interesado podrá interponer el recurso de apelación para ante la Corte Superior correspondiente, de cuya resolución no habrá recurso alguno. En el caso de que la negativa del Registrador se funde en la causal constante en el ordinal segundo de este artículo, el perjudicado podrá acudir al Tribunal Fiscal, el mismo que dictará la resolución correspondiente con el estudio de la petición del interesado y de las razones aducidas por el Registrador. (Indaburu, 2010)
En mi opinión estoy de acuerdo que no continúe con la inscripción de la escritura de actos y compraventa en el registro de la propiedad, para confirmar dicho acto se debe tener en regla y de actualizar información y para evitar inconvenientes en un futuro, para poder realizar los tramites respectivos y poder adquirir los bienes.
Bibliografía
Indaburu, C. Y. (2010). Ley de registro. Obtenido de En uso de las atribuciones de que se halla investido: http://regpropiedadpvm.gob.ec/web/images/pdf/ley_de_registro.pdf
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