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La Reconvención Tema 6


Enviado por   •  26 de Junio de 2014  •  1.768 Palabras (8 Páginas)  •  303 Visitas

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TEMA 6

LA RECONVENCIÓN

RECONVENCIÓN:

Es contra demanda o mutua petición. ¿Cual es la deferencia entre contra demanda con reconvención?, la reconvención, contra demanda, o mutua petición es lo mismo.

CONCEPTO DE RECONVENCIÓN:

Es la pretensión que ejerce el demandado contra el demandante, fundamentándose en el mismo título o en un título diferente, para ser tramitada en el mismo proceso y para ser deducida en la misma sentencia.

No es una defensa: Porque no va destinada a destruir o enervar los efectos jurídicos de la pretensión principal del actor.

Es un ataque: Que se ejerce contra la pretensión principal.

CRITERIO DE LA SALA POLÍICO ADMINISTRATIVA

Sigue el Concepto de “Boet”:

Este autor dice que es la petición que el reo ejerce contra el actor reclamando cualquier cosa, fundamentándose en la misma causa o en una causa diferente, (habla de reo no de demandado).

El título o la causa petendi es:

 La narración de los hechos y sus fundamentos.

 La fundamentación jurídica de la pretensión.

La Reconvención tiene que fundamentarse en un título, sea igual a la demanda principal o sea diferente.

ESTRUCTURA JURÍDICA DE LA RECONVENCIÓN:

Integrada por Tres Elementos:

1) Independiente y Autónoma:

Se trata de una nueva demanda, aunque se tramita en el mismo proceso, tiene vida y autonomía propia.

 Se tiene que promover pruebas.

 Contestarla.

 Seguir el procedimiento, pero acumulada al juicio principal, de aquí que la reconvención y la demanda es lo que se refiere a una acumulación.

 Ningún Juez de la República tiene facultad de oficio o a instancia de parte decidir que la reconvención se tramita por este proceso y que la demanda principal se tramita por otro.

 La independencia surge del hecho de que esa demanda que se introduce por reconvención la puede intentar separadamente ante otro tribunal con la misma competencia.

 La finalidad de ejercer la reconvención es por razones de:

a. Celeridad y economía procesal.

b. Un mismo Juez va a conocer de las dos causas en la misma sentencia.

c. Pueden evitarse sentencias contradictorias.

2) El Objeto: Integrado por los dos sujetos:

Se deben determinar con claridad y precisión, estableciendo los fundamentos.

 Si el objeto es el mismo que el de la pretensión:

- Se expresa tal cual.

 Si el objeto es diferente:

- Tener en cuenta los requisitos del Art. 340 Cpc.

- El profesor considera que aún cuando tenga el mismo

objeto de la pretensión, debe indicarse los requisitos del Art. 340 Cpc, porque siendo una demanda que se tramita en el mismo proceso, debe cumplir los requisitos de la demanda principal, si falta un requisito, se va a decidir en la sentencia.

3) La Estimación de la Cuantía:

La reconvención se tiene que estimar.

FORMA Y OPORTUNIDAD DE INTENTAR LA RECONVENCIÓN:

 Debe ir juntamente con la contestación de la demanda.

 No puede ir en escrito independiente.

 Debe intentarse dentro de los 20 días del lapso de emplazamiento que se tienen para la contestación de la demanda.

 En el mismo escrito de contestación de la demanda, se tiene que incluir la reconvención.

 Debe expresarse de manera clara, precisa de manera que el Juez entienda la petición.

 Si hay termino de distancia tomar en cuenta.

 La Reconvención es una de las causas de suspensión del proceso.

ADMISIBILIDAD E IDNAMISIBILIDAD DE LA RECONVENCIÓN:

IDNAMISIBILIDAD:

Art. 366 Cpc. “El Juez a solicitud de parte y aun de oficio, declarará inadmisible la reconvención si éste versare sobre cuestiones para cuyo conocimiento carezca de competencia por la materia o que deben ventilarse por un procedimiento incompatible con el ordinario”.-

Este Artículo tiene dos elementos:

1. Que el tribunal no sea competente por la materia:

La Competencia por la Materia: Es de orden público, es absoluta, es inderogable, cualquier decisión que surja de un tribunal incompetente por la materia es nula, de nulidad absoluta.

La Incompetencia por la materia:

 Se puede declarar en cualquier estado y grado del proceso.

 No se puede ejercer la reconvención por Ej. Algo que sea del Tribunal de Protección en un Tribunal Civil.

Ejemplos:

1. Indemnización de daños y perjuicios provenientes de un hecho ilícito: Es materia civil, se reconviene el cobro de una letra de cambio en ese proceso, en este caso hay dos competencias la materia civil y la materia mercantil, si el tribunal es competente por lo civil, éste no puede entrar a conocer esa reconvención por el cobro de la letra de cambio, porque esto es materia mercantil, sin embargo hay tribunales que tienen ambas competencias, en ese caso si pueden conocer.

2. Divorcio: Procrearon hijos, como hay buenas relaciones, el esposo le prestó dinero a su ex esposa, ésta nunca le canceló, el esposo le hizo firmar una letra de cambio, firmaron pensiones por manutención, el esposo las pagaba, se las entregaba a su ex esposa, el esposo no le exigía recibo, se intenta la demanda por cobro de bolívares por el préstamo que el esposo le había hecho a su ex esposa, ésta opuso la falta de pago de las pensiones por manutención, en este caso hay incompetencia por la materia, porque el cobro de las pensiones es por el Tribunal de Protección y el cobro de la letras de cambio, es materia mercantil.

2. Que los procedimientos sean incompatibles:

 El Cpc. establece procedimientos incompatibles.

 Hay procedimientos diferentes compatibles.

 Hay procedimientos diferentes que no son incompatibles.

Ejemplos:

1. El procedimiento ordinario y el procedimiento breve:

a) La acción reivindicatoria: Procedimiento ordinario.

b) Los interdictos posesorios: Procedimiento especial, no se pueden reconvenir.

2. El procedimiento de la vía ejecutiva: En la vía

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