La demanda еs un acto jurídico
Enviado por nuriachacin • 21 de Enero de 2013 • Informe • 410 Palabras (2 Páginas) • 521 Visitas
PUNTO: INICIO DE PROCESO ORDINARIO (civil)
^ DEMANDA Y REQUISITOS
^ ADMISIÓN
^ EMPLAZAMIENTO
^ CONTESTACIÓN
REQUISITOS DE LA DEMANDA
La demanda debe contener: (artículo 254 del Código de Procedimiento Civil) 1. La designación del tribunal ante quien se entabla; 2. El nombre, domicilio y profesión u oficio del demandante y de las personas que lo representen, y la naturaleza de la representación; 3. El nombre, domicilio y profesión u oficio del demandado; 4. La exposición clara de los hechos y fundamentos de derecho en que se apoya; y 5. La enunciación precisa y clara, consignada en la conclusión de las peticiones que se sometan al fallo del tribunal. Los documentos acompañados a la demanda deberán impugnarse dentro del término de emplazamiento, cualquiera sea su naturaleza. Puede el juez de oficio no dar curso a la demanda que no contenga las indicaciones ordenadas en los tres primeros números, expresando el defecto de que adolece.
DEMANDA
Es el acto inicial del proceso. Es un acto jurídico
procesal, no un derecho.
Es la petición que el actor, dirige al juez para que se
produzca el proceso, y a través de él, satisfaga su pretensión.
“…el procedimiento ordinario comienza con la
interposición de la demanda, que no es más que el acto
procesal mediante el cual la parte actora, ejercita su acción y
hace valer su pretensión. De tal modo, que es a través de la
demanda como el actor materializa su acción, la cual es
dirigida al juez en aras de la tutela del interés colectivo en la
composición de la litis”.
Dr. VICTOR H. PEÑA B.
litis .
(Sala Constitucional DIFERENCIAS
Concebido por el Estado el poder de acudir a los
tribunales (acción), el particular puede reclamar de
otros sujetos cualquier bien de la vida (pretensión)
promoviendo el proceso mediante la demanda.
La acción se ejerce ante los órganos jurisdiccionales
con el fin de obtener el pronunciamiento sobre una
pretensión, la que se deduce en juicio por medio de la
demanda.
en REQUISITOS DE LA
DEMANDA
La presentación de la demanda debe hacerse en forma escrita
y conforme a las reglas del procedimiento ordinario, con algunas
excepciones relativas a la promoción de la prueba instrumental y
la de testigos (Artículo 864 CPC).
El artículo 339 del CPC contempla la exigencia de que la
demanda sea presentada por escrito, en cualquier día y hora ante
el secretario o el juez. Ello descarta la posibilidad de formalizar
demandas mediante diligencia o de forma oral, tomando en
cuenta que una excepción contenida en el CPC, a esta regla, está
prevista en el
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