La ley de la república de Сolombia 1607 de 2012, el impuesto sobre la renta
Enviado por danibo • 19 de Agosto de 2013 • Tesis • 4.370 Palabras (18 Páginas) • 324 Visitas
República de Colombia
líbertod yOrnen
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
2811
Por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 1607 de 2012
EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES MEDIANTE DECRETO 843 DEL 25 DE
ABRIL DE 2013
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las consagradas en los
numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política, y los artículos 20, 26, 27 Y 37
de la Ley 1607 de 2012.
CONSIDERANDO
Que la Ley 1607 de 2012 creó, a partir del 1° de enero de 2013, el impuesto sobre la renta
para la Equidad -CREE, el cual se consagra como el aporte con el que contribuyen las
sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre
la renta, nacionales y extranjeras, en beneficio de los trabajadores, la generación de empleo
y la inversión social.
Que con el fin de facilitar, asegurar y acelerar el recaudo de este impuesto, la Ley 1607 de
2012 estableció que el Gobierno Nacional está facultado para establecer el mecanismo de
retención que considere conveniente, el cual deberá estar fijado antes del 1 de julio de 2013.
Que la Ley 1607 de 2012 dispone que a partir del momento en que el Gobierno Nacional
implemente el mecanismo de retención en la fuente del impuesto sobre la renta para la
equidad -CREE, estarán exoneradas del pago de los aportes parafiscales a favor del Servicio
Nacional del Aprendizaje (SENA) y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), las
sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre
la renta y complementarios y sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la equidad CREE,
y las personas naturales empleadoras correspondientes a los trabajadores que
devenguen, individualmente considerados, menos de diez (10) salarios mínimos mensuales
legales vigentes.
Adicionalmente, a partir del 1 de enero de 2014, la Ley 1607 de 2012 exonera del pago de las
cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud a las sociedades y personas
jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y
complementarios y sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE, y a
las personas naturales empleadoras, por sus trabajadores que devenguen, individualmente
considerados, menos de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Que cumplida la formalidad prevista en el numeral 8° del artículo 8° del Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en relación con el texto del
presente Decreto,
DECRETA
ARTíCULO. 1° CONTRIBUYENTES SUJETOS PASIVOS DEL IMPUESTO SOBRE LA
RENTA PARA LA EQUIDAD-CREE. De conformidad con el artículo 20 de la Ley 1607 de
2012, son sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE, las
I
sociedades, personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la
renta y complementarios y las sociedades y entidades extranjeras contribuyentes
declarantes del impuesto sobre la renta, por sus ingresos de fuente nacional obtenidos
mediante sucursales y establecimientos permanentes.
No son sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE las entidades sin
ánimo de lucro, así como las sociedades declaradas como zonas francas a 31 de Diciembre
de 2012, o aquellas que hubieren radicado la respectiva solicitud ante el Comité
Intersectorial de Zonas Francas, y los usuarios que se hayan calificado o se califiquen a
futuro en éstas que se encuentren sujetos a la tarifa especial del impuesto sobre la renta del
15% establecida en el inciso primero del artículo 240-1 del Estatuto Tributario; así como
quienes no hayan sido previstas en la ley de manera expresa como sujetos pasivos. Estas
continuarán obligadas al pago de los aportes parafiscales y las cotizaciones en los términos
previstos por las disposiciones que rigen la materia, y en consecuencia no les es aplicable lo
dispuesto en el presente decreto.
ARTíCULO 2. RETENCiÓN EN LA FUENTE. De conformidad con lo dispuesto en el artículo
37 de la Ley 1607 de 2012, a partir del 1 de mayo de 2013, para efectos del recaudo y
administración del impuesto sobre la renta para la equidad-CREE, establézcase una
retención en la fuente a título de este impuesto, la cual se liquidará sobre cada pago o abono
en cuenta realizado al contribuyente sujeto pasivo de este tributo, de acuerdo con las
siguientes actividades económicas y a las siguientes tarifas:
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Código I Retención I
actividad
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