La presentación de declaración patrimonial
Enviado por 2014090 • 12 de Diciembre de 2014 • Informe • 490 Palabras (2 Páginas) • 138 Visitas
Según registros de Probidad, actualizados por la Secretaría de Asuntos Jurídicos y Legislativos de la Presidencia de la República, existen a la fecha 90 titulares entrantes que deben cumplir con la obligación legal de presentar la Declaración Jurada de Patrimonio a más tardar el penúltimo día de este mes.
Los funcionarios obligados a presentar declaraciones patrimoniales son los ministros, viceministros, secretarios de la Presidencia, presidentes de autónomas y directores de instituciones públicas. Según confirmó el jefe de la Sección de Probidad, Carlos Rafael Pineda, hay 106 titulares salientes que deben cumplir con la obligación a más tardar el 30 de julio de este mismo año.
Las declaraciones patrimoniales deben incluir los bienes como casas, vehículos, propiedades, terrenos, entre otros del obligado, además de los créditos a favor o en contra tanto del funcionario y los de su cónyuge y de sus hijos, los salarios devengados, rentas obtenidas, acciones y participaciones en sociedades debidamente sustentadas.
Para facilitar la elaboración de dichas declaraciones y la actualización de los informes de los funcionarios obligados, la Sección de Probidad pone a disposición de las personas interesadas el número telefónico 2271-8888 Ext.: 1108, 2010 y 2045; y la dirección de correo electrónico probidad.csj@gmail.com para que puedan asesorarse. También, pueden obtener el instructivo en línea ingresando a la página de Internet de la CSJ.
De no entregar el documento en el tiempo establecido, la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos, en su artículo 17, estipula sanciones que van desde los $11.43 a los $571. La entidad responsable de efectuarla será la CSJ.
Pineda expresó que más que sancionar un posible incumplimiento, exhorta a los funcionarios a presentar su declaración, ya que es parte de su responsabilidad y tiene que ser una muestra de su compromiso con la transparencia y la ética.
“No es tanto la sanción pecuniaria al servidor, sino más bien el compromiso que cada uno de los servidores públicos acepta cuando entra a la administración, que es de ser un funcionario probo, honesto y respetuoso de la legalidad. Se debe tomar esta obligación legal como parte del compromiso a cumplir, además de un acto de transparencia que deben de tener cuando asumen el cargo”, subrayó.
El presidente de la República, a través de la Secretaría de Asuntos Legislativos y Jurídicos, ha girado las instrucciones necesarias para el cumplimiento de esta obligación. El secretario de Participación Ciudadana, Transparencia y Anticorrupción, Marcos Rodríguez, confirmó que la Secretaría que dirige establecerá comunicación con los titulares del Órgano Ejecutivo para el acompañamiento necesario.
El funcionario agregó que intercambiará información con la Sección de Probidad y presentará informes de cumplimiento al presidente
...