La protección jurídica de los programas informáticos, bases de datos y multimedia
Enviado por Iridian Marin • 25 de Enero de 2021 • Documentos de Investigación • 2.513 Palabras (11 Páginas) • 247 Visitas
Página de
Profesora: | Jessica Nájera Ochoa | |
Asignatura: | Aspectos Legales y Regulatorios | |
Tema: | 2. La protección jurídica de los programas informáticos, bases de datos y multimedia. | |
Carrera: | Maestría Seguridad en Informática | |
© Universidad Internacional de La Rioja, S. A. (UNIR) |
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ACTIVIDAD[pic 3]
Identificar elementos de Protección de una Obra
El alumno deberá seleccionar una obra (justificando por qué la considera como tal) y deberá:
- Señalar sus elementos creativos
- Señalar sus elementos originales
- Indicar qué es lo que se debe proteger
- Identificar "roles" relacionados con su protección
La obra seleccionada debe existir en la actualidad, además de ser tecnológica.
Elementos de evaluación:
- Justificación de ser una obra - 10%
- Elementos creativos - 20%
- Elementos originales - 10%
- Indicar qué es lo que se debe proteger - 30%
- Identificar «roles» relacionados con su protección - 30%
Introducción
En esta actividad se analizará los elementos que necesitan ser protegidos en una obra, que para que llegue a considerarse como tal, debe ser una expresión materializada de una idea.
De acuerdo con los tratados internacionales aplicables en Chile (Departamento de derechos intelectuales Chile, 2021) y la normativa contenida en la Ley Nº 17.336 sobre Propiedad Intelectual (2017, art. 1) , el derecho de autor no considera como objeto de protección a las ideas generales y abstractas, ellas, se considera que son libres y no apropiables.
El punto anterior también lo expresan algunos acuerdos internacionales por ejemplo la Organización Mundial del Comercio, en el Acuerdo sobre los aspectos de los derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el comercio (ADPIC, 1995, Art 9 N° 2) y el Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre derecho de autor (OMPI, 1996, Art. 2), la cual señala expresamente: "La protección del derecho de autor abarcará las expresiones pero no las ideas, procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí."
He mencionado estos acuerdos internacionales ya que las obras relacionadas a los sistemas informáticos son asequibles desde cualquier sector del mundo mediante www, y esto nos obliga a conocer estos tratados, en esta oportunidad mencionaré dos de ellos, a los que Chile está asociado.
Una vez que se ha establecido que es una obra y como se protege la propiedad intelectual de derechos de autor, solo resta establecer los elementos que deben ser protegidos en esa obra, y para ello no existe un respaldo legal al cual aferrarse, pues determinar estos elementos es una tarea basada en lo subjetivo, dependerá de la interpretación de la realidad y perspectiva del profesional que lleva a cabo el análisis, pudiendo encontrar más o menos elementos que necesitan ser protegidos, sin embargo, a la hora de establecer un plan de protección han de priorizarse aquellas amenazas que de verse materializadas impliquen una mayor devaluación de la obra y por el contrario se deben omitir aquellas que implican un mayor costo que beneficio.
Selección de la Obra
La obra seleccionada es “Mega Oficial”, un canal generador de contenidos multimedia, del sitio web YouTube, propiedad de Google INC. Los contenidos del canal Mega oficial están enlazados al sitio web https://www.mega.cl/, un sitio web chileno creado para compartir programación de televisión asíncrona, así como la transmisión en vivo de la señal de televisión abierta MEGA, propiedad de la empresa Mega Media, un holding de comunicaciones del grupo Bethia y Discovery Networks Latin America.
De este modo las transmisiones en vivo de la señal de televisión Mega, puede ser visto a través de un televisor o a través del sitio web https://www.mega.cl/, pero el valor agregado de este sitio web, es que contiene una amplia parrilla programática correspondiente a todo el contenido televisivo que se transmite diariamente, generando un contenido histórico , para que los usuarios puedan acceder y visualizarlo de manera asíncrona, en cualquier momento. Estos contenidos permanecen por largos periodos de tiempo y van desde los noticieros, matinales, programas periodísticos, documentales, teleseries etc.
El punto es que no todo es que no toda la programación de este sitio web es gratuita, pues desde el año 2019 los contenidos más demandados por los usuarios, generalmente de la categoría entretención, aparecieron con la leyenda (Mega Media, 2021) “Contenido solo para miembros, Únete al canal y accede a contenido exclusivo para miembros (como este video) y otros beneficios.” El canal al que se hace referencia se llama “Mega Oficial” del sitio web YouTube, pues al dar click en el enlace de membresía, la página es direccionada a este sitio, donde finalmente se debe pagar una membresía mensual que otorga acceso al contenido restringido del propietario Mega Media, ya sea accediendo al sitio https://www.mega.cl/ o al canal “Mega Oficial” de YouTube.
Imagen 1. Captura de pantalla “Contenido exclusivo para Miembros”
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(Mega Media, 2021)
Imagen 2. Direccionamiento de membresía a canal “Mega Oficial” de YouTube
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(Mega Media & YouTube, 2021)
Imagen 3. Pago de Membresía en YouTube, para visualizar contenido de Mega Media.
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(Mega Media & YouTube, 2021)
Desarrollo
Justificación de ser una obra
La Ley 17.336 Sobre Propiedad Intelectual, (2017, art. 1) del gobierno de chile, indica:
La presente ley protege los derechos que, por el solo hecho de la creación de la obra, adquieren los autores de obras de la inteligencia en los dominios literarios, artísticos y científicos, cualquiera que sea su forma de expresión, y los derechos conexos que ella determina.
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